LeyesRecursos Humanos AGE Reglamento de Régimen Disciplinario

Reglamento de Régimen Disciplinario: preguntas oficiales de examen

Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado..

Vigente, pero desplazado en lo que se oponga a los arts. 93-98 TREBEP (básicos): tipificación de faltas muy graves (art. 95.2 TREBEP), clases de sanciones (art. 96) y plazos de prescripción (art. 97). Sigue aplicándose en la AGE para la tipificación de faltas graves y leves y el procedimiento. · última modificación: 20 de enero de 1992 · BOE-A-1986-1216

Qué regula

Reglamento de Régimen Disciplinario en las oposiciones

Reglamento que tipifica las faltas graves y leves, las sanciones, la extinción de la responsabilidad y el procedimiento disciplinario (incoación, instructor, pliego de cargos, prueba, propuesta y resolución) de los funcionarios de la AGE. En examen se combina siempre con el Título VII del TREBEP, que prevalece en faltas muy graves, sanciones y prescripción.

  • 36preguntas oficiales
  • 28exámenes de 10 oposiciones
  • 2005–2025años de convocatorias
  • Art. 7el más preguntado (8 veces)

Cómo está organizada

  • TITULO I. Régimen Disciplinario
  • CAPITULO I. Disposiciones generales (arts. 1–4)
  • CAPITULO II. Faltas disciplinarias (arts. 5–8)
  • CAPITULO III. Personas responsables (arts. 9–13)
  • CAPITULO IV. Sanciones disciplinarias (arts. 14–18)
  • CAPITULO V. Extinción de la responsabilidad disciplinaria (arts. 19–22)
  • TITULO II. Tramitación
  • CAPITULO I. Disposiciones generales (arts. 23–24)
  • CAPITULO II. Ordenación (arts. 25–26)
  • CAPITULO III. Iniciación (arts. 27–33)
  • CAPITULO IV. Desarrollo (arts. 34–44)
  • CAPITULO V. Terminación (arts. 45–51)

Lo que más cae en el examen

arts. 5-8
Las faltas pueden ser muy graves (art. 6, hoy art. 95.2 TREBEP), graves (art. 7) y leves (art. 8).
art. 7.1.l) y m)
Son faltas graves, entre otras, el incumplimiento injustificado de la jornada que acumulado suponga un mínimo de 10 horas al mes y la tercera falta injustificada de asistencia en un periodo de 3 meses cuando las dos anteriores fueron sancionadas como leves.
art. 14 (y art. 96 TREBEP)
Sanciones: separación del servicio, suspensión de funciones, traslado con cambio de residencia y apercibimiento (el TREBEP añade el demérito y el traslado sin cambio de residencia).
art. 16
Suspensión de funciones por falta muy grave: no superior a 6 años ni inferior a 3; por falta grave: no superior a 3 años. Traslado con cambio de residencia: no se puede obtener destino en la localidad de origen en 3 años (falta muy grave) o 1 año (falta grave).
arts. 35, 36, 37, 41, 42, 43 y 45
Tramitación: pliego de cargos en plazo no superior a 1 mes desde la incoación; 10 días para contestarlo; 1 mes para la práctica de pruebas; vista del expediente 10 días; propuesta de resolución en 10 días y 10 días de alegaciones; resolución en 10 días (salvo separación del servicio).
art. 49
La sanción se ejecuta en el plazo máximo de 1 mes salvo que la resolución fije otro.
art. 19.1
La responsabilidad disciplinaria se extingue por cumplimiento de la sanción, muerte, prescripción de la falta o de la sanción, indulto y amnistía.

Preguntas oficiales

Las preguntas de Reglamento de Régimen Disciplinario, año a año

La respuesta correcta va marcada. Pulsa «Ver la justificación» para leer por qué, con el artículo exacto.

20254 preguntas · 4 exámenes

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EstatalMinisterio del Interior · SGIPOEP 2025

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias · 2025

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  1. Pregunta 55De acuerdo con el Real Decreto 33/1986, de lo de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los funcionarios de la Administración del Estado, incurrirán en responsabilidad los/las funcionarios/as públicos/as que encubrieren las faltas disciplinarias:

    1. Consumadas o no y siempre que de los actos se derive daño grave a la Administración o los ciudadanos.
    2. Consumadas muy graves y graves, cuando de dicho acto se deriven graves daños para la Administración o los ciudadanos. · Respuesta correcta
    3. Consumadas graves y menos graves, cuando de dicho acto se deriven graves daños para la Administración o los ciudadanos.
    4. Consumadas muy graves, graves y leves, cuando de dicho acto se deriven graves daños para la Administración o los ciudadanos.
    Ver la justificación

    El artículo 13 del RD 33/1986 dispone que «incurrirán en responsabilidad los funcionarios que encubrieren las faltas consumadas muy graves y graves cuando de dicho acto se deriven graves daños para la Administración o los ciudadanos». La opción B lo reproduce. A extiende la responsabilidad a faltas no consumadas y C y D incluyen faltas «menos graves» o leves.

    Artículo: 13. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

EstatalMinisterio del Interior · SGIPOEP 2024-2025 · acceso libre

Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias · 2025

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  1. Pregunta 2En virtud de lo establecido en el Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los funcionarios de la Administración del Estado, indique si es posible sancionar a un/a funcionario/a en prácticas con tres días de suspensión firme de funciones por la comisión de una falta grave:

    1. Sí. · Respuesta correcta
    2. Sí, pero el cumplimiento de la sanción se deberá hacer efectivo tras su nombramiento como funcionario/a de carrera.
    3. No, pero se le podrá declarar no apto/a en el periodo de prácticas.
    4. No, ya que esta sanción no está contemplada para este tipo de faltas.
    Ver la justificación

    El artículo 2 del RD 33/1986 somete a los funcionarios en prácticas a lo dispuesto en el Reglamento «en la medida que les sea de aplicación». Según los artículos 14 y 16, la suspensión de funciones puede imponerse por faltas graves, sin exceder de tres años. Por tanto, sí cabe sancionarlos con tres días de suspensión firme (opción A).

    Artículos: 2, 14, 16. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    Primer ejercicio del 08/02/2026 (Resolución de 29 de octubre de 2025). Plantilla correctora definitiva.

EstatalMinisterio del Interior · SGIPOEP 2025 · acceso libre

Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias (Juristas) · 2025

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  1. Pregunta 68De acuerdo con el Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, será competente para ordenar la incoación de expediente disciplinario a los/as funcionarios/as de la Administración del Estado:

    1. El/la Ministro/a del Departamento donde esté destinado el/la funcionario/a.
    2. El/la Subsecretario/a del Departamento en que esté destinado el/la funcionario/a, en todo caso. · Respuesta correcta
    3. Los/as Directores/as Generales con la autorización del/la Subsecretario/a del Departamento.
    4. El/la Delegado/a del Gobierno con la autorización del/la Subsecretario/a del Departamento.
    Ver la justificación

    El artículo 29.1 del RD 33/1986 dispone: «Será competente para ordenar la incoación del expediente disciplinario, el Subsecretario del Departamento en que esté destinado el funcionario, en todo caso». Los Directores generales y los Delegados del Gobierno también pueden acordarla respecto de su personal o ámbito territorial, pero sin necesidad de autorización del Subsecretario.

    Artículo: 29.1. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

AutonómicaComunidad Autónoma de la Región de MurciaOrden de 17/06/2024 (BORM 21/06/2024), código BGX00P23 – ejercicio único 22/11/2025

Cuerpo de Gestión Administrativa de la Administración Pública Regional de Murcia (A2) – promoción interna sobre el mismo puesto · 2025

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  1. Pregunta 71El procedimiento disciplinario de los funcionarios, según el artículo 27 del R.D. 33/1986 se iniciará siempre de oficio:

    1. Bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior.
    2. Por moción razonada de los subordinados o denuncia.
    3. Las respuestas a) y b) son correctas.
    4. Todas las respuestas anteriores son falsas. · Respuesta correcta
    Ver la justificación

    El artículo 27 del RD 33/1986 dispone: «El procedimiento se iniciará siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, moción razonada de los subordinados o denuncia». El tribunal mantuvo la opción D. Consideró que las opciones A a C solo recogen las vías de impulso y omiten «el elemento esencial del inicio “por acuerdo del órgano competente”», que no puede darse por sobreentendido.

    Artículo: 27. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la AGE (Real Decreto 33/1986, BOE-A-1986-1216). En la CARM se aplica de forma supletoria. La respuesta oficial es discutible, porque la opción C reproduce las cuatro vías del artículo 27, pero el tribunal desestimó las reclamaciones (anuncio de 17/02/2026). Plantilla de respuestas del tribunal; el anuncio de reclamaciones de 17/02/2026 (https://empleopublico.carm.es/publicaciones/38663.pdf) solo anuló las preguntas 22, 28, 74 y 107 (ninguna de este banco).

20244 preguntas · 4 exámenes

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EstatalAdministración General del Estado · INAP (Comisión Permanente de Selección)OEP 2023 y 2024 (Resolución de 9-7-2024) · ejercicio único, 14-12-2024 · modelo A · segunda parte, supuesto I

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (ingreso libre) · 2024

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  1. Pregunta 9A la luz de la normativa aplicable en materia de régimen disciplinario, Dña. Estela sabe que en el caso de que se iniciara un procedimiento disciplinario contra ella, el Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podría o debería nombrar un instructor o instructora del mismo, y que debería ser, en dicho caso, una persona funcionaria perteneciente a un cuerpo o escala del subgrupo:

    1. C1.
    2. A2 en todo caso.
    3. A1 o A2. · Respuesta correcta
    4. Solo se exige que sea funcionario público.
    Ver la justificación

    El artículo 30 del RD 33/1986 exige que el instructor sea «un funcionario público perteneciente a un cuerpo o escala de igual o superior grupo al del inculpado». Dña. Estela pertenece al Cuerpo de Gestión (A2), así que el instructor debe ser del subgrupo A1 o A2.

    Artículo: 30. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    Supuesto: Dña. Estela Sánchez, del Cuerpo de Gestión (A2), ocupa en comisión de servicios desde hace un año un puesto de Jefa de Servicio N26 en la Subsecretaría del MAPA y se plantea cambiar de puesto, promocionar o dejar la Administración. El enunciado remite a los hechos del caso práctico.

EstatalAdministración General del Estado · INAP (Comisión Permanente de Selección)Promoción interna · OEP 2021-2024 (Resolución de 9-7-2024) · ejercicio único (diciembre de 2024) · modelo A · segunda parte, supuesto I (reserva)

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (promoción interna) · 2024

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  1. Pregunta 1A la luz de la normativa aplicable en materia de régimen disciplinario, Dña. Estela sabe que en el caso de que se iniciara un procedimiento disciplinario contra ella, el Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podría o debería nombrar un instructor o instructora del mismo, y que debería ser, en dicho caso, una persona funcionaria perteneciente a un cuerpo o escala del subgrupo:

    1. C1
    2. A2 en todo caso.
    3. A1 o A2. · Respuesta correcta
    4. Solo se exige que sea funcionario público.
    Ver la justificación

    El instructor debe ser un funcionario de un cuerpo o escala de igual o superior grupo al del inculpado (art. 30 RD 33/1986). Siendo la inculpada del subgrupo A2, el instructor debe pertenecer al A1 o al A2.

    Artículo: 30. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    Pregunta coincidente, con otra numeración, con el supuesto del examen de ingreso libre del Cuerpo General Administrativo de la misma convocatoria. Supuesto: Dña. Estela Sánchez, del Cuerpo de Gestión (A2), ocupa en comisión de servicios un puesto de Jefa de Servicio N26 en el MAPA y se plantea su futuro profesional. El enunciado remite a los hechos del caso práctico.

EstatalMinisterio del Interior · SGIPOEP 2022-2023-2024 · acceso libre

Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias (Juristas) · 2024

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  1. Pregunta 13El artículo 16 del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, que aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, señala que los funcionarios sancionados con traslado con cambio de residencia, no podrán obtener nuevo destino por ningún procedimiento en la localidad desde la que fueron trasladados:

    1. Durante dos años, independientemente de la gravedad de la falta.
    2. Durante dos años, cuando hubiere sido impuesta por falta muy grave, y uno cuando hubiere correspondido a la comisión de una falta grave.
    3. Durante tres años, cuando hubiere sido impuesta por falta muy grave, y uno cuando hubiere correspondido a la comisión de una falta grave. · Respuesta correcta
    4. Durante tres años, cuando hubiere sido impuesta por falta muy grave, y dos cuando hubiere correspondido a la comisión de una falta grave.
    Ver la justificación

    El artículo 16 del RD 33/1986 establece que los funcionarios sancionados con traslado con cambio de residencia no podrán obtener nuevo destino en la localidad desde la que fueron trasladados «durante tres años, cuando hubiere sido impuesta por falta muy grave, y durante uno cuando hubiere correspondido a la comisión de una falta grave», plazo que se computa desde que se efectuó el traslado.

    Artículo: 16. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

EstatalMinisterio del Interior · SGIPOEP 2022-2023-2024 · acceso libre

Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias (Psicólogos) · 2024

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  1. Pregunta 55El artículo 16 del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, que aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, señala que los funcionarios sancionados con traslado con cambio de residencia, no podrán obtener nuevo destino por ningún procedimiento en la localidad desde la que fueron trasladados:

    1. Durante dos años, independientemente de la gravedad de la falta.
    2. Durante dos años, cuando hubiere sido impuesta por falta muy grave, y uno cuando hubiere correspondido a la comisión de una falta grave.
    3. Durante tres años, cuando hubiere sido impuesta por falta muy grave, y uno cuando hubiere correspondido a la comisión de una falta grave. · Respuesta correcta
    4. Durante tres años, cuando hubiere sido impuesta por falta muy grave, y dos cuando hubiere correspondido a la comisión de una falta grave.
    Ver la justificación

    El artículo 16 del RD 33/1986 establece que los funcionarios sancionados con traslado con cambio de residencia no podrán obtener nuevo destino en la localidad desde la que fueron trasladados «durante tres años, cuando hubiere sido impuesta por falta muy grave, y durante uno cuando hubiere correspondido a la comisión de una falta grave», plazo que se computa desde que se efectuó el traslado.

    Artículo: 16. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    Primer ejercicio celebrado el 16/02/2025 (Resolución de 4 de noviembre de 2024, BOE 18/11/2024). Pregunta idéntica a la n.º 13 del cuestionario de Juristas IIPP (OEP 2022-2023-2024 · acceso libre).

202310 preguntas · 8 exámenes

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EstatalAdministración General del Estado · INAP (Comisión Permanente de Selección)OEP 2020, 2021 y 2022 (Resolución de 20-1-2023) · primer ejercicio, 16-9-2023 · primera parte

Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado (ingreso libre) · 2023

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  1. Pregunta 73¿Cuál de los siguientes conceptos NO tiene el carácter de sanción disciplinaria, de conformidad con el Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado?

    1. Suspensión de funciones.
    2. Apercibimiento.
    3. Deducción proporcional de retribuciones. · Respuesta correcta
    4. Traslado con cambio de residencia.
    Ver la justificación

    El artículo 14 del RD 33/1986 enumera como sanciones la separación del servicio, la suspensión de funciones, el traslado con cambio de residencia y el apercibimiento (la letra d quedó derogada). La deducción proporcional de retribuciones no es sanción: según el artículo 30.1 del TREBEP no tiene carácter sancionador.

    Artículo: 14. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

EstatalAdministración General del Estado · INAP (Comisión Permanente de Selección)Promoción interna · OEP 2020-2022 (Resolución de 20-1-2023) · primer ejercicio (2023) · primera parte

Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado (promoción interna) · 2023

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  1. Pregunta 74¿Cuál de los siguientes conceptos NO tiene el carácter de sanción disciplinaria, de conformidad con el Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado?

    1. Suspensión de funciones.
    2. Apercibimiento.
    3. Deducción proporcional de retribuciones. · Respuesta correcta
    4. Traslado con cambio de residencia.
    Ver la justificación

    Las sanciones del artículo 14 del RD 33/1986 son la separación del servicio, la suspensión de funciones, el traslado con cambio de residencia y el apercibimiento. La deducción proporcional de retribuciones no es sanción (art. 30.1 TREBEP).

    Artículo: 14. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

EstatalMinisterio del Interior · SGIPOEP 2023 · acceso libre · primer ejercicio (3-3-2024), modelo B

Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias · 2023

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  1. Pregunta 10Según lo establecido en el articulado del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios Civiles del Estado, es una falta grave:

    1. La publicación o utilización indebida de secretos oficiales así declarados por Ley o clasificados como tales.
    2. El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo. · Respuesta correcta
    3. La tolerancia de los/las superiores respecto de la comisión de cualquier tipo de falta de sus subordinados/as.
    4. El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando suponga mantenimiento de una situación de incompatibilidad.
    Ver la justificación

    El artículo 7.1.b) del RD 33/1986 tipifica como falta grave «el abuso de autoridad en el ejercicio del cargo» (opción B). La publicación o utilización indebida de secretos oficiales es falta muy grave (art. 6.e). La tolerancia de los superiores solo es grave respecto de faltas muy graves o graves (7.1.d), no de cualquier falta. El incumplimiento en materia de incompatibilidades que suponga mantener una situación de incompatibilidad es muy grave (art. 6.h), ya que el 7.1.k) solo castiga como grave el que no la mantiene.

    Artículos: 6, 7.1. Sin plantilla oficial: respuesta resuelta por Esfera con el texto legal.

    Plantilla oficial no localizada; respuesta resuelta con el texto legal vigente en la fecha del examen (coincide con el vigente hoy).

EstatalMinisterio del Interior · SGIPOEP 2023 · promoción interna · ejercicio único, primera parte (3-3-2024)

Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias · 2023

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  1. Pregunta 64Notificada la incoación del procedimiento sancionador a la persona interesada y presentadas recusaciones por la misma, la autoridad que acordó el nombramiento del Instructor/a y, en su caso, del secretario/a, tiene un plazo para resolver de:

    1. 10 días.
    2. 1 mes.
    3. 3 días. · Respuesta correcta
    4. 15 días.
    Ver la justificación

    El artículo 32.3 del RD 33/1986 dispone que la abstención y la recusación del instructor y del secretario «se plantearán ante la Autoridad que acordó el nombramiento, quien deberá resolver en el término de tres días» (opción C).

    Artículo: 32.3. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    Numeración según el cuadernillo para funcionarios del Cuerpo de Ayudantes (Anexo I de la plantilla); el Anexo II da la misma letra para ese número.

EstatalMinisterio del Interior · SGIPConvocatoria de 2023 (Resolución de 30-11-2023, BOE 9-12-2023) · primer ejercicio (15-2-2024), especialidades de Medicina Familiar y Comunitaria y Medicina Interna

Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria · 2023

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  1. Pregunta 8El Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado fija las sanciones que podrán imponerse. Señale la opción CORRECTA:

    1. Separación del servicio
    2. Suspensión de funciones
    3. Apercibimiento
    4. Todas las opciones son correctas · Respuesta correcta
    Ver la justificación

    El artículo 14 del RD 33/1986 dispone que podrán imponerse las siguientes sanciones: «a) Separación del servicio. b) Suspensión de funciones. c) Traslado con cambio de residencia... e) Apercibimiento» (la letra d fue derogada por la Ley 31/1991). Las tres sanciones citadas están en el Reglamento, y el artículo 96.1 del TREBEP recoge también la separación, la suspensión firme de funciones y el apercibimiento.

    Artículo: 14. Sin plantilla oficial: respuesta resuelta por Esfera con el texto legal.

    Plantilla oficial no localizada (no figura en la página de exámenes de la SGIP); respuesta resuelta con el texto legal vigente en la fecha del examen. La misma pregunta, con el mismo número, figura en el cuadernillo de Psiquiatría: https://www.institucionpenitenciaria.es/documents/20126/72836/1%C2%BA%20EXAMEN%20PSIQUIATR%C3%8DA.pdf

EstatalAdministración General del Estado · INAP (Comisión Permanente de Selección)OEP 2021 y 2022 (Resolución de 20-1-2023) · llamamiento extraordinario del ejercicio único, octubre de 2023 · segunda parte, supuesto II

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (ingreso libre) · 2023

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  1. Pregunta 2Por la falta de abuso de autoridad en el ejercicio de su cargo podría sancionarse al funcionario con la separación del servicio.

    1. No.
    2. Si. · Respuesta correcta
    3. Sólo si tuviera ya una sanción por más de una falta.
    4. Sí, si hubiera sido sancionado por una falta de cualquier tipo en los seis meses anteriores.
    Ver la justificación

    La plantilla definitiva da por correcta la opción b («Sí»). Sin embargo, el abuso de autoridad en el ejercicio del cargo está tipificado como falta grave (art. 7.1.b RD 33/1986) y no figura entre las muy graves del artículo 95.2 del TREBEP, y la separación del servicio solo puede imponerse por faltas muy graves (art. 15 RD 33/1986; art. 96.1.a TREBEP).

    Artículos: 7.1.b, 15. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    Respuesta oficial discutible: con la normativa citada, la separación del servicio no procede por una falta grave. Se mantiene el índice de la plantilla definitiva. Supuesto: expediente disciplinario a un funcionario por abuso de autoridad; Luisa C. (Cuerpo General Administrativo desde 11-3-2021, nivel 15) tiene su primer hijo en enero de 2023 y pide excedencia por cuidado de hijos desde el 1-7-2023; Miguel Dorá es funcionario del Cuerpo General Administrativo desde el 22-5-2022 sin vinculación previa. El enunciado remite a los hechos del caso práctico.

EstatalAdministración General del Estado · INAP (Comisión Permanente de Selección)OEP 2021 y 2022 (Resolución de 20-1-2023) · llamamiento extraordinario del ejercicio único, octubre de 2023 · segunda parte, supuesto I

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (ingreso libre) · 2023

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  1. Pregunta 16Si Antonio Mir, hubiera incumplido los plazos del procedimiento en materia de incompatibilidades, pero sin que esto hubiera supuesto el mantenimiento de una situación de incompatibilidad ¿habría cometido alguna falta disciplinaria?

    1. No, es un mero error fomal subsanables en cualquier momento.
    2. Sí, esta tipificada como una falta leve.
    3. Sí, esta tipificada como una falta grave. · Respuesta correcta
    4. No, al no haber supuesto el mantenimiento de una situación de incompatibilidad no constituye ninguna falta.
    Ver la justificación

    El artículo 7.1.k) del RD 33/1986 tipifica como falta grave «el incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no suponga mantenimiento de una situación de incompatibilidad». Si dio lugar a una situación de incompatibilidad sería muy grave (art. 95.2.n TREBEP).

    Artículo: 7.1.k. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    Supuesto: María Ibáñez (Cuerpo de Gestión, 10 años de antigüedad) cambia de domicilio sin cambio de residencia; Antonio Mir es diputado autonómico retribuido desde noviembre de 2022 (servicios especiales); Julia Garrés fue sancionada por falta leve en febrero por una ausencia injustificada y vuelve a faltar el 14 de abril. El enunciado remite a los hechos del caso práctico.

  2. Pregunta 17¿Con la última falta de asistencia injustificada, en qué tipo de falta ha incurrido Julia Garrés?:

    1. En falta leve. · Respuesta correcta
    2. En falta grave.
    3. En falta muy grave.
    4. En ninguna, solo si acumula una tercera ausencia injustificada incurrirá en una falta de nuevo.
    Ver la justificación

    El artículo 8.b) del RD 33/1986 considera falta leve «la falta de asistencia injustificada de un día». Solo sería grave la tercera falta injustificada en un periodo de tres meses cuando las dos anteriores hubieran sido sancionadas como leves (art. 7.1.m). Con una sola falta anterior sancionada, la ausencia del 14 de abril es falta leve (a).

    Artículos: 8.b, 7.1.m. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    Supuesto: María Ibáñez (Cuerpo de Gestión, 10 años de antigüedad) cambia de domicilio sin cambio de residencia; Antonio Mir es diputado autonómico retribuido desde noviembre de 2022 (servicios especiales); Julia Garrés fue sancionada por falta leve en febrero por una ausencia injustificada y vuelve a faltar el 14 de abril. El enunciado remite a los hechos del caso práctico.

EstatalMinisterio del Interior · SGIPOEP 2023 · acceso libre · primer ejercicio (3-3-2024)

Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias (Juristas) · 2023

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  1. Pregunta 74Según lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, la sanción de suspensión de funciones:

    1. No podrá ser inferior a dos años ni superior a cinco por falta muy grave.
    2. Por falta grave no excederá de cuatro años.
    3. No podrá ser superior a cinco años ni inferior a dos por falta grave.
    4. Por falta muy grave no podrá ser superior a seis años ni inferior a tres. · Respuesta correcta
    Ver la justificación

    El artículo 16 del RD 33/1986 dispone que «la sanción de suspensión de funciones impuesta por comisión de falta muy grave, no podrá ser superior a seis años ni inferior a tres. Si se impone por falta grave, no excederá de tres años».

    Artículo: 16. Sin plantilla oficial: respuesta resuelta por Esfera con el texto legal.

    Plantilla oficial no localizada en la página de exámenes de la SGIP; respuesta resuelta con el texto legal vigente a la fecha del examen.

  2. Pregunta 83Conforme al artículo 7 del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, es una falta grave:

    1. La incorrección con superiores, compañeros o subordinados.
    2. La notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas.
    3. Intervenir en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna de las causas de abstención legalmente señaladas. · Respuesta correcta
    4. El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades.
    Ver la justificación

    El artículo 7.1.g) del RD 33/1986 tipifica como falta grave «intervenir en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna de las causas de abstención legalmente señaladas». La incorrección con superiores o compañeros es leve (art. 8.c), la notoria falta de rendimiento con inhibición era muy grave (art. 6) y el incumplimiento de las normas de incompatibilidades que genera incompatibilidad es muy grave (art. 95.2.n TREBEP).

    Artículos: 7.1.g, 8.c. Sin plantilla oficial: respuesta resuelta por Esfera con el texto legal.

    Plantilla oficial no localizada en la página de exámenes de la SGIP; respuesta resuelta con el texto legal vigente a la fecha del examen.

20225 preguntas · 3 exámenes

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EstatalMinisterio del Interior · SGIPOEP 2021-2022

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias · 2022

Cuestionario oficialPlantilla de respuestasGratis para la comunidad Esfera: te pedimos registrarte o entrar

  1. Pregunta 8Con carácter general, la competencia para imponer a los/as funcionarios/as de Instituciones Penitenciarias sanciones por la comisión de faltas graves o muy graves corresponde a:

    1. La persona titular del Ministerio del Interior.
    2. La persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad.
    3. La persona titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
    4. La persona titular de la Subsecretaría del Ministerio del Interior. · Respuesta correcta
    Ver la justificación

    El artículo 47 del RD 33/1986 reserva la separación del servicio al Consejo de Ministros (47.1) y atribuye las demás sanciones por faltas graves y muy graves a «los Ministros y Secretarios de Estado del Departamento en el que esté destinado el funcionario, o los Subsecretarios por delegación de éstos» (47.2). En el Ministerio del Interior esa potestad está delegada en la Subsecretaría, por lo que, con carácter general, la competencia corresponde a la persona titular de la Subsecretaría del Ministerio del Interior (D).

    Artículo: 47. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    La respuesta oficial se apoya en el art. 47.2 RD 33/1986 y en la delegación de competencias del Ministro del Interior en la Subsecretaría (Orden INT de delegación de competencias). La separación del servicio sigue correspondiendo al Consejo de Ministros.

EstatalMinisterio del Interior · SGIPOEP 2021-2022 · promoción interna · ejercicio único, primera parte (12-3-2023)

Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias · 2022

Cuestionario oficialGratis para la comunidad Esfera: te pedimos registrarte o entrar

  1. Pregunta 49Según artículo 7 del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado (en adelante, RRD), NO es falta grave:

    1. La grave perturbación del servicio.
    2. No guardar el debido sigilo respecto a los asuntos que se conozcan por razón del cargo, cuando causen perjuicio a la Administración o se utilice en provecho propio.
    3. Falta de asistencia injustificada de un día. · Respuesta correcta
    4. Atentado grave a la dignidad de los funcionarios o de la Administración.
    Ver la justificación

    La falta de asistencia injustificada de un día es falta leve según el artículo 8.b) del RD 33/1986 (opción C). La grave perturbación del servicio, no guardar el debido sigilo cuando cause perjuicio o se utilice en provecho propio y el atentado grave a la dignidad de los funcionarios o de la Administración son faltas graves del artículo 7.1 (letras n, j y ñ).

    Artículos: 7, 8.b. Sin plantilla oficial: respuesta resuelta por Esfera con el texto legal.

    Plantilla oficial no localizada; respuesta resuelta con el texto legal vigente en la fecha del examen (coincide con el vigente hoy).

  2. Pregunta 50A tenor de lo dispuesto en el artículo 27 y siguientes del RRD, en relación al procedimiento disciplinario, señale la respuesta INCORRECTA:

    1. Si el procedimiento se inicia como consecuencia de denuncia, podrá comunicarse dicho acuerdo al firmante de la misma. · Respuesta correcta
    2. El órgano competente para incoar el procedimiento podrá acordar previamente la realización de una información reservada.
    3. El instructor/a deberá ser un funcionario/a público perteneciente a un cuerpo o escala de igual o superior grupo al del inculpado/a.
    4. Cuando la complejidad o trascendencia de los hechos a investigar así lo exija, se procederá al nombramiento de Secretario/a.
    Ver la justificación

    La opción incorrecta es la A: el artículo 27 del RD 33/1986 dispone que, de iniciarse el procedimiento por denuncia, «deberá comunicarse dicho acuerdo al firmante de la misma» (es obligatorio, no potestativo). Las demás son literales: la información reservada previa (art. 28), el instructor de igual o superior grupo (art. 30) y el nombramiento de secretario cuando la complejidad o trascendencia de los hechos lo exija (art. 30).

    Artículos: 27, 28, 30. Sin plantilla oficial: respuesta resuelta por Esfera con el texto legal.

    Plantilla oficial no localizada; respuesta resuelta con el texto legal vigente en la fecha del examen (coincide con el vigente hoy).

  3. Pregunta 52Según el artículo 37 y siguientes del RRD, en relación a la práctica de la prueba en el procedimiento disciplinario, señale la respuesta INCORRECTA:

    1. El Instructor/a podrá denegar la admisión y práctica de las pruebas para averiguar cuestiones que considere innecesarias, debiendo motivar la denegación.
    2. Contra la resolución de denegación de prueba no cabe recurso del inculpado/a.
    3. La intervención del Instructor/a en todas las pruebas practicadas puede ser suplida por el Secretario/a. · Respuesta correcta
    4. Para la práctica de las pruebas propuestas, así como para la de las de oficio cuando se estime oportuno, se notificará al funcionario/a el lugar, fecha y hora en que deberán realizarse.
    Ver la justificación

    La opción incorrecta es la C: el artículo 40 del RD 33/1986 dispone que «la intervención del Instructor en todas y cada una de las pruebas practicadas es esencial y no puede ser suplida por la del Secretario». La A y la B reproducen el artículo 37.2 (denegación motivada de pruebas sin recurso) y la D el artículo 39 (notificación del lugar, fecha y hora).

    Artículos: 37, 39, 40. Sin plantilla oficial: respuesta resuelta por Esfera con el texto legal.

    Plantilla oficial no localizada; respuesta resuelta con el texto legal vigente en la fecha del examen (coincide con el vigente hoy).

EstatalAdministración General del Estado · INAP (Comisión Permanente de Selección)Promoción interna · OEP 2019 · ejercicio único, llamamiento extraordinario (2022) · primera parte

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (promoción interna) · 2022

Cuestionario oficialPlantilla de respuestasGratis para la comunidad Esfera: te pedimos registrarte o entrar

  1. Pregunta 31El Real Decreto 33/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, regula la extinción de la responsabilidad disciplinaria en los siguientes términos:

    1. La prescripción de las faltas se interrumpirá por la incoación del expediente disciplinario que deberá ser debidamente registrada. · Respuesta correcta
    2. Las faltas muy graves prescribirán a los dos años.
    3. La pérdida de la condición de funcionario extingue el procedimiento sancionador y la posible responsabilidad civil que le pueda ser exigida.
    4. Las sanciones impuestas por faltas graves prescribirán a los seis años.
    Ver la justificación

    El artículo 20.2 del RD 33/1986 dispone que «la prescripción se interrumpirá por la iniciación del procedimiento, a cuyo efecto la resolución de incoación del expediente disciplinario deberá ser debidamente registrada». Los plazos de prescripción de ese Real Decreto han sido desplazados por el artículo 97 del TREBEP (muy graves, tres años), pero no los de las opciones b y d, que son erróneas en todo caso.

    Artículo: 20.2. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

20213 preguntas · 3 exámenes

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EstatalAdministración General del Estado · INAP (Comisión Permanente de Selección)OEP 2019 · primer ejercicio, 6-11-2021 · primera parte

Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado (ingreso libre) · 2021

Cuestionario oficialPlantilla de respuestasGratis para la comunidad Esfera: te pedimos registrarte o entrar

  1. Pregunta 76De acuerdo con el artículo 7 del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, la tolerancia de los superiores respecto de la comisión de faltas muy graves o graves de sus subordinados, es una falta:

    1. Muy grave.
    2. Grave. · Respuesta correcta
    3. Leve.
    4. Muy grave si las faltas cometidas son muy graves y grave si son graves.
    Ver la justificación

    El artículo 7.1.d) del RD 33/1986 tipifica como falta grave «la tolerancia de los superiores respecto de la comisión de faltas muy graves o graves de sus subordinados».

    Artículo: 7.1.d. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

EstatalAdministración General del Estado · INAP (Comisión Permanente de Selección)OEP 2019 · primer ejercicio, llamamiento extraordinario, 3-12-2021 · primera parte

Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado (ingreso libre) · 2021

Cuestionario oficialPlantilla de respuestasGratis para la comunidad Esfera: te pedimos registrarte o entrar

  1. Pregunta 76¿Quiénes NO tienen competencias para la imposición a los funcionarios de estas sanciones disciplinarias?

    1. El Ministro de la Presidencia, respecto al incumplimiento de las normas de incompatibilidades.
    2. El Ministro del Departamento donde esté destinado el funcionario, para el traslado con cambio de domicilio.
    3. El Consejo de Ministros, respecto a la suspensión de funciones. · Respuesta correcta
    4. El Subsecretario, respeto al apercibimiento.
    Ver la justificación

    Según el artículo 47 del RD 33/1986, el Consejo de Ministros solo impone la separación del servicio. La suspensión de funciones y el traslado con cambio de residencia corresponden a los Ministros y Secretarios de Estado (o a los Subsecretarios por delegación) y el apercibimiento al Subsecretario, entre otros. Por eso la opción c es la que NO recoge una competencia real.

    Artículo: 47. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

EstatalMinisterio del Interior · SGIPOEP 2021 (Resolución de 6-10-2021) · primer ejercicio (10-2-2022)

Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria · 2021

Cuestionario oficialGratis para la comunidad Esfera: te pedimos registrarte o entrar

  1. Pregunta 8Conforme a lo establecido en el Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, por razón de las faltas, ¿qué sanciones podrán imponerse?:

    1. Separación del servicio.
    2. Suspensión de funciones.
    3. Apercibimiento.
    4. Todas las opciones anteriores son correctas. · Respuesta correcta
    Ver la justificación

    El artículo 14 del RD 33/1986 dispone que «por razón de las faltas a que se refiere este Reglamento, podrán imponerse las siguientes sanciones: a) Separación del servicio. b) Suspensión de funciones. c) Traslado con cambio de residencia... e) Apercibimiento» (la letra d fue derogada por la Ley 31/1991). Las tres sanciones de las opciones están previstas.

    Artículo: 14. Sin plantilla oficial: respuesta resuelta por Esfera con el texto legal.

    Plantilla oficial no localizada (no figura en la página de exámenes de la SGIP); respuesta resuelta con el texto legal vigente en la fecha del examen. La misma pregunta, con el mismo número, figura en el cuadernillo de Psiquiatría: https://www.institucionpenitenciaria.es/documents/20126/72836/EXAMEN%20PSIQUIATR%C3%8DA

20201 pregunta · 1 examen

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EstatalMinisterio del Interior · SGIPOEP 2020 · acceso libre · primer ejercicio (24-10-2021)

Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias · 2020

Cuestionario oficialPlantilla de respuestasGratis para la comunidad Esfera: te pedimos registrarte o entrar

  1. Pregunta 76Según lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, es una falta disciplinaria grave:

    1. La notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas.
    2. El abandono de servicio.
    3. La falta de obediencia debida a los superiores y autoridades. · Respuesta correcta
    4. La incorrección con el público, superiores, compañeros o subordinados.
    Ver la justificación

    El artículo 7.1.a) del RD 33/1986 tipifica como falta grave «la falta de obediencia debida a los superiores y autoridades» (opción C). La notoria falta de rendimiento que comporte inhibición y el abandono de servicio son faltas muy graves (art. 6), y la incorrección con el público, superiores, compañeros o subordinados es falta leve (art. 8.c).

    Artículo: 7.1.a. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

20101 pregunta · 1 examen

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EstatalMinisterio del Interior · SGIPOrden INT/1637/2010 (BOE 21-6-2010) · primer ejercicio, segunda parte

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias · 2010

Cuestionario oficialPlantilla de respuestasGratis para la comunidad Esfera: te pedimos registrarte o entrar

  1. Pregunta 10Referidas al procedimiento disciplinario de los funcionarios de la Administración del Estado, indique cuál de las siguientes afirmaciones no es cierta:

    1. La intervención del instructor en la práctica de algunas pruebas puede ser suplida por el secretario. · Respuesta correcta
    2. La recusación del instructor se plantea ante el órgano que acordó el nombramiento, que resolverá en tres días.
    3. Si se inicia el procedimiento a consecuencia de denuncia, el acuerdo se deberá comunicar al firmante de la misma.
    4. Las sanciones impuestas por faltas leves prescriben al año.
    Ver la justificación

    La afirmación falsa es la a: el art. 40 del RD 33/1986 dispone que «La intervención del Instructor en todas y cada una de las pruebas practicadas es esencial y no puede ser suplida por la del Secretario». Las demás son correctas: la recusación se plantea ante la autoridad que acordó el nombramiento, que resuelve en tres días (art. 32.3); si el procedimiento se inicia por denuncia, el acuerdo se comunica al firmante (art. 27); y las sanciones por faltas leves prescriben al año (art. 97 EBEP/TREBEP, que prevalece sobre el plazo de un mes del art. 21 del RD 33/1986).

    Artículos: 40, 32.3, 27, 21. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    Cuestionario (cuaderno de examen, reproducción de prisionesformacion.com) transcrito de las imágenes de página porque el PDF usa una fuente con codificación alterada; número de pregunta del cuestionario original. Plantilla correctora del Tribunal (18-10-2010) verificada.

20092 preguntas · 1 examen

Descargar gratis una muestra de 30 preguntas de 2009

EstatalMinisterio del Interior · SGIPOrden INT/1432/2009 (BOE 3-6-2009) · segundo ejercicio, primera parte (4-10-2009)

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias · 2009

Cuestionario oficialPlantilla de respuestasGratis para la comunidad Esfera: te pedimos registrarte o entrar

  1. Pregunta 9¿En qué momento procesal debe proponer el instructor el mantenimiento o levantamiento de la medida de suspensión provisional si ésta se hubiera producido?

    1. Una vez tomada declaración al funcionario inculpado.
    2. Inmediatamente antes de dar vista del expediente al inculpado.
    3. En el plazo de 10 días desde la incoación del procedimiento.
    4. En el momento de elaborar el pliego de cargos. · Respuesta correcta
    Ver la justificación

    El art. 35.2 del RD 33/1986 establece: «El Instructor deberá proponer en el momento de elaborar el pliego de cargos, a la vista del resultado de las actuaciones practicadas, el mantenimiento o levantamiento de la medida de suspensión provisional que, en su caso, se hubiera adoptado». Sigue vigente.

    Artículo: 35.2. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    Cuestionario tomado de la reproducción publicada por prisionesformacion.com; número de pregunta del cuestionario original. Plantilla correctora del Tribunal (con sello) verificada.

  2. Pregunta 98¿Cuánto tiempo tiene que transcurrir para que un funcionario que es sancionado con traslado con cambio de residencia pueda obtener nuevo destino en la localidad desde la que fue trasladado?

    1. Cinco años.
    2. Seis años.
    3. Dos años cuando es por falta muy grave y un año cuando es por falta grave.
    4. Tres años cuando es por falta muy grave y un año cuando es por falta grave. · Respuesta correcta
    Ver la justificación

    El art. 16 del RD 33/1986 dispone que los funcionarios sancionados con traslado con cambio de residencia «no podrán obtener nuevo destino por ningún procedimiento en la localidad desde la que fueron trasladados, durante tres años, cuando hubiere sido impuesta por falta muy grave, y durante uno cuando hubiere correspondido a la comisión de una falta grave». Sigue vigente en la AGE.

    Artículo: 16. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

    Cuestionario tomado de la reproducción publicada por prisionesformacion.com; número de pregunta del cuestionario original. Plantilla correctora del Tribunal (con sello) verificada.

20072 preguntas · 1 examen

Descargar gratis una muestra de 30 preguntas de 2007

EstatalMinisterio del Interior · SGIPOrden INT/1580/2007 (BOE 5-6-2007) · segundo ejercicio, primera parte (30-9-2007)

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias · 2007

  1. Pregunta 12En un expediente disciplinario contra un funcionario, la resolución motivada por la que el Instructor deniega la admisión y práctica de pruebas propuestas por el inculpado por considerarlas innecesarias:

    1. Es recurrible en alzada ante el órgano que acordó la incoación.
    2. Es recurrible en reposición ante el Instructor y en alzada ante quien ordenó la incoación.
    3. Contra la misma no cabe recurso. · Respuesta correcta
    4. Es recurrible ante la jurisdicción contenciosa, previo recurso potestativo de reposición ante el órgano que acordó la incoación del expediente.
    Ver la justificación

    El artículo 37.2 del Reglamento de Régimen Disciplinario (RD 33/1986) dispone que el Instructor «podrá denegar la admisión y práctica de las pruebas para averiguar cuestiones que considere innecesarias, debiendo motivar la denegación, sin que contra esta resolución quepa recurso del inculpado». Por tanto no cabe recurso (C). El precepto sigue vigente.

    Artículo: 37.2. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

  2. Pregunta 80En un expediente disciplinario contra un funcionario, si se inicia como consecuencia de denuncia:

    1. Los expedientes disciplinarios se inician siempre de oficio, sin que haya que realizar notificación alguna al firmante de la denuncia.
    2. Deberá comunicarse al firmante de la denuncia el acuerdo de inicio y notificarle la resolución del mismo. · Respuesta correcta
    3. Deberá comunicarse al firmante de la denuncia el inicio del mismo pero no la resolución por no ser parte en el procedimiento.
    4. Deberá notificársele sólo la resolución pero no comunicarle el inicio.
    Ver la justificación

    El artículo 27 del RD 33/1986 dispone que, «de iniciarse el procedimiento como consecuencia de denuncia, deberá comunicarse dicho acuerdo al firmante de la misma», y el artículo 48.3 añade que «si el procedimiento se inició como consecuencia de denuncia, la resolución deberá ser notificada al firmante de la misma». Hay que comunicar el inicio y notificar la resolución (B).

    Artículos: 27, 48.3. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.

20062 preguntas · 1 examen

Descargar gratis una muestra de 30 preguntas de 2006

EstatalMinisterio del Interior · DGIPConvocatoria 2006 · primer ejercicio

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias · 2006

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  1. Pregunta 18¿Cuál de las siguientes faltas de las cometidas por los funcionarios es considerada como muy grave?

    1. El abuso de autoridad en el ejercicio de su cargo.
    2. La obstaculización al ejercicio de las libertades públicas y de los derechos sindicales. · Respuesta correcta
    3. La grave desconsideración con los superiores.
    4. Intervenir en un procedimiento cuando concurran causas de abstención.
    Ver la justificación

    En 2006, la obstaculización al ejercicio de las libertades públicas y derechos sindicales era falta muy grave según el art. 31.1 de la Ley 30/1984 y el art. 6.i) del RD 33/1986. El abuso de autoridad, la grave desconsideración con los superiores y la intervención en un procedimiento concurriendo causa de abstención eran faltas graves (art. 7). Hoy se tipifica igualmente como muy grave en el art. 95.2.k) del TREBEP: «La obstaculización al ejercicio de las libertades públicas y derechos sindicales».

    Artículo: 6.i. Sin plantilla oficial: respuesta resuelta por Esfera con el texto legal.

    Plantilla oficial no localizada: la clave usada es la publicada por prisionesformacion.com (transcripción de academia, sin sello del Tribunal). Cuestionario tomado de la reproducción publicada por prisionesformacion.com; número de pregunta del cuestionario original.

  2. Pregunta 19De que plazo dispone el instructor de un procedimiento sancionador del RD 33/86 para formular el correspondiente pliego de cargos:

    1. De diez días a partir de la incoación del procedimiento.
    2. Tiene un plazo máximo de cinco días desde que consta la declaración del presunto inculpado.
    3. Dispone de un plazo máximo de un mes desde que se incoa el procedimiento. · Respuesta correcta
    4. El plazo máximo es de quince días desde que se le designa instructor del procedimiento.
    Ver la justificación

    El art. 35.1 del RD 33/1986 dispone: «A la vista de las actuaciones practicadas y en un plazo no superior a un mes, contados a partir de la incoación del procedimiento, el Instructor formulará el correspondiente pliego de cargos». El precepto sigue vigente en la AGE.

    Artículo: 35.1. Sin plantilla oficial: respuesta resuelta por Esfera con el texto legal.

    Plantilla oficial no localizada: la clave usada es la publicada por prisionesformacion.com (transcripción de academia, sin sello del Tribunal). Cuestionario tomado de la reproducción publicada por prisionesformacion.com; número de pregunta del cuestionario original.

20052 preguntas · 1 examen

Descargar gratis una muestra de 30 preguntas de 2005

EstatalMinisterio del Interior · DGIPConvocatoria 2005 · primer ejercicio

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias · 2005

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  1. Pregunta 24Norma reformadaSeñalar cual de las siguientes alternativas es la correcta:

    1. Las faltas leves cometidas por los funcionarios de la Administración del Estado prescribirán a los dos meses.
    2. Las faltas graves cometidas por los funcionarios de la Administración del Estado prescribirán al año.
    3. Las sanciones impuestas a los funcionarios de la Administración General del Estado por la comisión de faltas leves prescribirán a los dos meses.
    4. Las faltas muy graves cometidas por los funcionarios de la Administración del Estado prescribirán a los seis años. · Respuesta correcta

    Hoy: Según el art. 97 TREBEP, las faltas muy graves prescriben a los tres años, las graves a los dos y las leves a los seis meses, y las sanciones leves al año. Ninguna de las cuatro opciones es correcta hoy.

    Ver la justificación

    En 2005 el art. 20.1 del RD 33/1986 establecía que «Las faltas muy graves prescribirán a los seis años, las graves a los dos años y las leves al mes», y el art. 21.1 fijaba los mismos plazos para las sanciones. Por eso era correcta la d. Desde el EBEP rige el art. 97 del TREBEP: «Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año».

    Artículo: 20.1. Sin plantilla oficial: respuesta resuelta por Esfera con el texto legal.

    Plantilla oficial no localizada: la clave usada es la publicada por prisionesformacion.com (transcripción de academia, sin sello del Tribunal). Cuestionario tomado de la reproducción publicada por prisionesformacion.com; número de pregunta del cuestionario original.

  2. Pregunta 29Norma reformadaDe conformidad con el artículo 47 del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de énero, el órgano competente para la imposición de sanciones disciplinarias derivadas de la comisión de las faltas en materia de incompatibilidades previstas en el artículo 6 h) y artículo 7 k) del Reglamento indicado, en relación con las actividades desarrolladas en diferentes Ministerios, es:

    1. El Ministro de Administraciones Públicas.
    2. El Secretario General para la Administración Pública
    3. El Ministro de la Presidencia. · Respuesta correcta
    4. El Subsecretario de la Presidencia.

    Hoy: El art. 47.2 conserva la mención literal al «Ministro de la Presidencia», aunque la función pública corresponde hoy al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública; el Ministerio de Administraciones Públicas (opción A) ya no existe.

    Ver la justificación

    El artículo 47.2, párrafo segundo, del RD 33/1986 dispone literalmente: «Si la sanción se impone por la comisión de las faltas en materia de incompatibilidades previstas en el artículo 6, apartado h) y artículo 7, apartado k), en relación con las actividades desarrolladas en diferentes Ministerios la competencia corresponderá al Ministro de la Presidencia». Como la pregunta se formula «de conformidad con el artículo 47» y no hay plantilla oficial, se toma la opción literal (C). La clave de academia marcaba la A (Ministro de Administraciones Públicas), atendiendo a que en 2005 la función pública estaba atribuida al MAP.

    Artículo: 47.2. Sin plantilla oficial: respuesta resuelta por Esfera con el texto legal.

    Sin plantilla oficial: resuelta con el texto literal del art. 47.2 RD 33/1986 (opción C). La clave publicada por prisionesformacion.com (transcripción de academia, sin sello del Tribunal) marca la A. Cuestionario tomado de la reproducción publicada por prisionesformacion.com; número de pregunta del cuestionario original.

Enunciados y respuestas de los cuestionarios y plantillas publicados por cada órgano convocante (enlazados en cada examen). Justificaciones de Esfera Oposiciones sobre el texto consolidado (BOE-A-1986-1216).

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