LeyesReglamento Penitenciario 2010
Preguntas del Reglamento Penitenciario en los exámenes de 2010
Las 51 preguntas oficiales sobre Reglamento Penitenciario de 3 exámenes celebrados en 2010, con la respuesta de la plantilla y la justificación de cada una.
Justificaciones revisadas con el texto vigente (BOE-A-1996-3307): sus reformas.
2010 en cifras
Qué se preguntó del Reglamento Penitenciario en 2010
Oposiciones: Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.
- 51preguntas oficiales del Reglamento Penitenciario
- 3exámenes
- 51·0·0estatales · autonómicas · locales
- Art. 15el más preguntado (2 veces); le siguen el 19, el 24 y el 41
Preguntas oficiales de 2010
Las preguntas, examen por examen
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201051 preguntas · 3 exámenes
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Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias · 2010
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Pregunta 7Cuál de las siguientes no es una obligación del funcionario de ingresos y salidas, a tenor de las previsiones del artículo 319 del Reglamento Penitenciario de 1981:
- Entregar a los ingresos la cartilla de información general.
- Recoger y custodiar en el departamento, durante el tiempo de permanencia del interno en el centro, las ropas, objetos, valores y alhajas cuya posesión no esté autorizada a los internos. · Respuesta correcta
- Efectuar el registro personal de los internos que salgan del establecimiento.
- Retirar a los ingresados las ropas que no estén convenientemente limpias entregándoles las que facilite la Administración.
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El artículo 319.2 del RP de 1981 (vigente con rango de resolución del centro directivo por la disposición transitoria 3.ª del RP de 1996) manda «Recoger a los ingresados el dinero, alhajas y valores, y custodiarlos hasta que haga su entrega al Administrador» (letra c) y solo custodiar en la Unidad «las ropas, maletas y objetos cuya posesión no se autorice» (letra d). Por eso los valores y alhajas no se guardan en el departamento durante toda la estancia. Las demás opciones son obligaciones de las letras k), b) y f).
Artículo: RP81 art. 319.2 · RP 1981 vigente. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista. Texto del RP 1981 consultado en BOE-A-1981-14095.
Pregunta 35En relación con la asistencia sanitaria prestada a los internos, indique cuál de las siguientes afirmaciones es correcta:
- Los Establecimientos Penitenciarios contarán con un equipo sanitario de atención primaria que estará integrado, al menos, por un médico general, un psiquiatra y un diplomado en enfermería.
- La intervención médico-sanitaria requiere, en todo caso, el consentimiento del paciente.
- Los internos no pueden ser, en ningún caso, objeto de investigaciones médicas.
- Los internos pueden solicitar a su costa servicios médicos privados ajenos a Instituciones Penitenciarias. · Respuesta correcta
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El artículo 212.3 del Reglamento Penitenciario dispone que «Los internos podrán solicitar a su costa servicios médicos privados de profesionales ajenos a Instituciones Penitenciarias». La A es falsa porque el equipo de atención primaria lo integran «un médico general, un diplomado en enfermería y un auxiliar de enfermería», y el psiquiatra acude solo «de forma periódica» (art. 209.1.1).
Artículos: 212.3, 209.1.1 · Título IX · Prestaciones. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Pregunta 36El acuerdo de traslado a otro Establecimiento de un detenido por aplicación de medidas de protección personal dispuestas en el artículo 75.2 del Reglamento Penitenciario, se comunicará:
- A la Autoridad Judicial de que dependa. · Respuesta correcta
- Al Juez de Vigilancia Penitenciaria.
- Al Centro Directivo.
- No procede aplicación de este precepto por la situación procesal del interno.
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El artículo 75.4 del Reglamento Penitenciario establece que «Los acuerdos de traslado se comunicarán, en el caso de los detenidos y presos, a la Autoridad judicial de que dependan y, en el caso de los penados, al Juez de Vigilancia correspondiente». Al tratarse de un detenido, la comunicación va a la autoridad judicial de la que depende.
Artículos: 75.2, 75.3, 75.4 · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Pregunta 37Los medios materiales coercitivos estarán depositados:
- En los distintos departamentos, según sus características.
- En armario de seguridad controlado por el Subdirector de Seguridad.
- En el lugar o lugares que el Director entienda idóneos. · Respuesta correcta
- En Jefatura de Servicios.
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El artículo 72.4 del Reglamento Penitenciario dispone que «Los medios materiales coercitivos serán depositados en aquel lugar o lugares que el Director entienda idóneos, y su cuantía y estado se reflejará en libro oficial».
Artículo: 72.4 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Pregunta 39Conforme a lo dispuesto en el artículo 94 del Reglamento Penitenciario, el número de internos que de forma conjunta podrán realizar actividades en grupo será:
- El establecido por el Consejo de Dirección, previo informe de la Junta de Tratamiento, con un mínimo de cinco internos. · Respuesta correcta
- El establecido por el Consejo de Dirección, previo informe de la Junta de Tratamiento, con un máximo de cinco internos.
- El de dos internos como máximo, pudiéndose aumentar a cinco para la ejecución de actividades programadas.
- El establecido por el Director, dependiendo de las modalidades de vida, con un máximo de cinco internos.
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La norma 2.ª del artículo 94 del Reglamento Penitenciario, sobre la modalidad de vida en módulos o centros cerrados, dispone que «El número de internos que, de forma conjunta, podrán realizar actividades en grupo, será establecido por el Consejo de Dirección, previo informe de la Junta de Tratamiento, con un mínimo de cinco internos».
Artículo: 94.2 · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Pregunta 40Según el artículo 103.7 del Reglamento Penitenciario, la propuesta de clasificación inicial formulada por la Junta de Tratamiento tendrá consideración de resolución de clasificación inicial a todos los efectos:
- En caso de clasificaciones en segundo grado de tratamiento con condenas inferiores a cinco años.
- En caso de condenas de hasta un año, adoptado el acuerdo de forma unánime por la Junta de Tratamiento, excepto que la propuesta sea de clasificación en primer grado de tratamiento. · Respuesta correcta
- En caso de condenas de hasta un año, adoptado el acuerdo de forma unánime por la Junta de Tratamiento, excepto que la propuesta sea de clasificación en primer o tercer grado de tratamiento.
- En caso de condenas de hasta cinco años, adoptado el acuerdo de forma unánime por la Junta de Tratamiento.
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El artículo 103.7 del Reglamento Penitenciario dispone que «Cuando se trate de penados con condenas de hasta un año, la propuesta de clasificación inicial formulada por la Junta de Tratamiento, adoptada por acuerdo unánime de sus miembros, tendrá la consideración de resolución de clasificación inicial a todos los efectos, salvo cuando se haya propuesto la clasificación en primer grado de tratamiento». La excepción solo alcanza al primer grado.
Artículo: 103.7 · Título IV · Separación y clasificación. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Pregunta 41El seguimiento con aprovechamiento de actividades educativas y formativas por parte de los internos se estimulará mediante:
- Beneficios penitenciarios y recompensas. · Respuesta correcta
- Recompensas, exclusivamente.
- Beneficios penitenciarios, exclusivamente.
- Certificaciones acreditativas que no contendrán indicación alguna del lugar de su obtención.
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El artículo 119.1 del Reglamento Penitenciario establece que «El seguimiento con aprovechamiento de las actividades educativas y formativas [...] se estimulará mediante los beneficios penitenciarios y recompensas que procedan». Las certificaciones del apartado 2 se expiden a solicitud del interno, pero no son el estímulo que prevé la norma.
Artículos: 119.1, 119.2 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Pregunta 43Un interno preventivo con aplicación de las previsiones del artículo 10 de la Ley Orgánica General Penitenciaria:
- No puede disfrutar permisos de salida, en ningún caso.
- Puede disfrutar permisos extraordinarios cuando lo autorice de forma expresa el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
- Podrá disfrutar permisos de salida extraordinarios, previa aprobación de la autoridad judicial correspondiente. · Respuesta correcta
- Podrá disfrutar permisos de salida extraordinarios por motivos urgentes, autorizados por el Director y dando cuenta a la autoridad judicial correspondiente.
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El artículo 159 del Reglamento Penitenciario permite conceder permisos de salida a los preventivos «previa aprobación, en cada caso, de la Autoridad judicial correspondiente», y el artículo 161.3 exige «en todo caso, la autorización expresa de la Autoridad judicial a cuya disposición se encuentre el interno». La autoridad competente es la judicial de la que depende el preventivo, no el Juez de Vigilancia ni el Director.
Artículos: 159, 161.3 · Título VI · Permisos de salida. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Pregunta 44La cuantía del indulto particular para beneficiar a un penado que puede solicitar la Junta de Tratamiento del Juez de Vigilancia es de:
- Cuatro meses por cada año de cumplimiento en el que se hayan acreditado las circunstancias exigidas reglamentariamente.
- Hasta un máximo de cuatro meses por cada año de cumplimiento en el que se hayan acreditado las circunstancias exigidas reglamentariamente.
- Un mínimo de cuatro meses por cada año de cumplimiento en el que se hayan acreditado las circunstancias exigidas reglamentariamente.
- La que aconsejen las circunstancias. · Respuesta correcta
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El artículo 206.1 del Reglamento Penitenciario dispone que la Junta de Tratamiento, previa propuesta del Equipo Técnico, «podrá solicitar del Juez de Vigilancia Penitenciaria la tramitación de un indulto particular, en la cuantía que aconsejen las circunstancias». La norma no fija ninguna cuantía por año de cumplimiento.
Artículo: 206.1 · Título VIII · Libertad condicional y beneficios. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista.
Pregunta 46El régimen disciplinario de los reclusos no se aplicará a hechos cometidos:
- Por un preso durante un permiso extraordinario con custodia por fallecimiento de un familiar.
- Por un preso ingresado, para observación e informe, en una unidad psiquiátrica penitenciaria. · Respuesta correcta
- Por una interna en una unidad de madres, que dio a luz hace seis meses.
- Por un penado ingresado en enfermería convaleciente de una enfermedad grave.
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El artículo 188.4 del Reglamento Penitenciario, referido a los establecimientos o unidades psiquiátricas, dispone que «Las disposiciones de régimen disciplinario contenidas en este Reglamento no serán de aplicación a los pacientes internados en estas instituciones». Las demás situaciones pueden limitar la ejecución de ciertas sanciones (art. 254), pero no excluyen el régimen disciplinario.
Artículo: 188.4 · Título VII · Formas especiales de ejecución. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Pregunta 48En relación a la eficacia de los acuerdos de los órganos colegiados de un Centro Penitenciario, señale la afirmación cierta:
- Son inmediatamente ejecutivos, salvo que se interponga recurso.
- Su eficacia, a excepción de los de la Comisión Disciplinaria, quedará demorada hasta que se produzca la aprobación del Director. · Respuesta correcta
- Su eficacia, en todo caso, queda demorada hasta que se produzca la aprobación del Director.
- Si el Director considerase que conculcan el Reglamento Penitenciario o alguna Circular, los declarará nulos.
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El artículo 266.1 del Reglamento Penitenciario dispone que «La eficacia de los acuerdos de los órganos colegiados del Establecimiento, con la excepción de los adoptados por la Comisión Disciplinaria, quedará demorada hasta que se produzca la aprobación por el Director del Centro». Si el Director los valora negativamente, no los anula: «continuarán sin producir efectos hasta la aprobación superior, en su caso, del Centro Directivo».
Artículo: 266.1 · Título XI · Organización de los centros. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista.
Pregunta 50De acuerdo con el artículo 305 del Reglamento Penitenciario de 1981, vigente a tenor de la Disposición Transitoria tercera del Reglamento Penitenciario de 1996, el funcionario de las unidades de servicio de acceso, deberá:
- Identificar individualmente o constatar numéricamente el contingente de internos, con anotación de la hora en que se produce el movimiento de los mismos.
- Identificar a toda persona que haya de entrar en el establecimiento, comprobando la oportunidad o autorización para hacerlo. · Respuesta correcta
- Confeccionar la relación de personas que soliciten comunicar, comprobando que reúnan los requisitos establecidos o, en su caso, que han sido autorizados por el Director.
- Hacerse cargo de los internos que ingresen, previa comprobación de la documentación de que sea portadora la Fuerza Pública.
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El artículo 305.3.b) del RP de 1981, que sigue vigente con rango de resolución del centro directivo por la disposición transitoria 3.ª del RP de 1996, encarga al funcionario de la Unidad de acceso «Identificar a toda persona que haya de entrar en el establecimiento, comprobando la oportunidad o autorización para hacerlo». La A es función del funcionario de rastrillo (art. 307.2.d) y la D, del de ingresos y salidas (art. 319.2.a).
Artículo: RP81 art. 305.3.b · RP 1981 vigente. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista. Texto del RP 1981 consultado en BOE-A-1981-14095.
Pregunta 51Cuando el Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo gestiona el servicio de cocina mediante la fórmula de taller productivo, la provisión de víveres para elaborar los racionados se efectuará bajo la responsabilidad del:
- Administrador.
- Servicio Médico.
- El Jefe de la Oficina de Administración.
- Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo. · Respuesta correcta
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El artículo 300.3 del Reglamento Penitenciario dispone que «En el supuesto de que el Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias gestione el servicio de cocina mediante la fórmula de taller productivo, la provisión de víveres para elaborar los racionados se efectuará bajo la responsabilidad del citado organismo». Ese organismo es el que hoy se denomina Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
Artículo: 300.3 · Título XII · Régimen económico-administrativo. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista.
Pregunta 80Conforme al artículo 305 del Reglamento Penitenciario de 1981, vigente a tenor de la Disposición Transitoria tercera del Reglamento Penitenciario de 1996, controlar la entrada de vehículos al interior del Establecimiento es competencia del funcionario asignado a la unidad denominada:
- Rastrillos.
- Accesos. · Respuesta correcta
- Ingresos y salidas.
- Portones.
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El artículo 305 del RP de 1981 considera «unidades de acceso la puerta principal y cualquier otra entrada de personas o vehículos al interior del establecimiento» (apartado 1). Su apartado 3.d) atribuye al funcionario encargado de la Unidad de acceso «Controlar las entradas y salidas de vehículos, anotando la matrícula y la identidad del conductor, y comprobar su contenido».
Artículos: RP81 art. 305.1, RP81 art. 305.3.d · RP 1981 vigente. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista. Texto del RP 1981 consultado en BOE-A-1981-14095.
Pregunta 87El sistema de protección de que gozan los internos en el ordenamiento penitenciario, prevé que:
- Los internos tienen derecho a dirigir quejas al Defensor del Pueblo, que no podrán ser objeto de censura de ningún tipo. · Respuesta correcta
- Los internos deberán formular las quejas dirigidas al Juez de Vigilancia Penitenciaria, en todo caso, a través de la Dirección del Centro, quien las remitirá sin dilación en un plazo máximo de tres días.
- Las resoluciones dictadas por los Jueces de Vigilancia Penitenciaria resolutorias de recursos interpuestos por los internos contra acuerdos adoptados por órganos colegiados de la Administración Penitenciaria no son recurribles ante la Audiencia Provincial correspondiente.
- Las peticiones y quejas que presenten los internos ante la Administración Penitenciaria deberán ser formuladas ante el Director del Centro o quién legalmente le sustituya.
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El artículo 53.4 del Reglamento Penitenciario dispone que «los internos podrán dirigir peticiones y quejas al Defensor del Pueblo, que no podrán ser objeto de censura de ningún tipo». La B es falsa porque el art. 54.1 permite formularlas «directamente» ante el Juez de Vigilancia, y la D, porque el art. 53.2 admite presentarlas también ante el funcionario encargado de la dependencia o ante el Jefe de Servicios.
Artículos: 53.2, 53.4, 54.1 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista.
Pregunta 89En relación con las prestaciones de la Administración Penitenciaria y, concretamente, con la sección de higiene y alimentación del Reglamento Penitenciario, indique cuál de las siguientes afirmaciones es correcta:
- Los Establecimientos Penitenciarios podrán contar con un servicio de lavandería al que accederán todos los internos.
- Como regla general, por razones higiénicas, no se autorizará la presencia de animales en las celdas, salvo autorización expresa del Director.
- No se permitirá la entrada de alimentos perecederos por aquellos conductos que pudieran alterar sus características y comprometer la salud de los consumidores. · Respuesta correcta
- Corresponderá a los servicios de mantenimiento el seguimiento y evaluación de las campañas de desinsectación y desratización que se efectúen en cada Establecimiento.
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El artículo 223 del Reglamento Penitenciario dispone que «Por razones de salud pública no se permitirá la entrada de alimentos perecederos por aquellos conductos que pudieran alterar sus características y comprometer la salud de los consumidores». La A falla porque «En todos los Establecimientos penitenciarios se contará con un servicio de lavandería» (art. 224); la B, porque los animales no se autorizan «en ningún caso, en las celdas» (art. 225.2), y la D, porque el seguimiento corresponde «a los servicios sanitarios» (art. 225.1).
Artículos: 223, 224, 225 · Título IX · Prestaciones. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista.
Pregunta 90Al ingreso de un detenido en un Establecimiento Penitenciario mediante orden de detención procedente de la Policía Judicial, no es preciso que conste en la misma:
- Datos identificativos de las diligencias de investigación. · Respuesta correcta
- Delito imputado.
- Que se halla a disposición judicial.
- Hora y día de vencimiento del plazo máximo de detención.
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El artículo 15.2 del Reglamento Penitenciario exige que en la orden de detención de la Policía Judicial consten «a) Datos identificativos del detenido. b) Delito imputado. c) Que se halla a disposición judicial. d) Hora y día de vencimiento del plazo máximo de detención». Los datos de identificación de las diligencias de investigación solo se exigen cuando la detención la acuerda el Ministerio Fiscal (art. 15.3).
Artículos: 15.2, 15.3 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista.
Pregunta 91La aplicación de medios coercitivos sobre un interno detenido se comunicará:
- Al Consejo de Dirección.
- Al Centro Directivo.
- Al la Autoridad Judicial de quien dependa.
- Al Juez de Vigilancia. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 72.3 del Reglamento Penitenciario dispone que «El Director comunicará inmediatamente al Juez de Vigilancia la adopción y cese de los medios coercitivos, con expresión detallada de los hechos que hubieran dado lugar a dicha utilización». El precepto no distingue según la situación procesal del interno.
Artículo: 72.3 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista. La plantilla oficial marca la D pese a tratarse de un detenido; el art. 72.3 no distingue según la situación procesal.
Pregunta 92La revisión de los acuerdos de aplicación de las previsiones del artículo 10 de la Ley Orgánica General Penitenciaria a un interno preventivo:
- No podrá demorarse más de tres meses. · Respuesta correcta
- Con carácter general se realizará a los tres meses, salvo que las circunstancias que sirvieron de fundamento para su aplicación no lo aconsejen.
- Se realizará a los seis meses.
- Se realizará una vez transcurridos tres meses desde su aplicación.
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El artículo 98 del Reglamento Penitenciario, sobre los detenidos y presos en régimen cerrado, dispone en su apartado 2 que «En todo caso, la revisión del acuerdo a que se refiere el artículo anterior, no podrá demorarse más de tres meses, previa emisión de los preceptivos informes».
Artículo: 98.2 · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Pregunta 93¿Puede acordar el Centro Directivo el traslado de un penado a un establecimiento de régimen cerrado aunque no se haya producido resolución de clasificación en primer grado?:
- No, en ningún caso.
- Sí, previa aprobación del Juez de Vigilancia Penitenciaria en casos de altercados graves tales como un motín.
- Sí, únicamente si media un motín.
- Sí, en determinados supuestos tasados por el Reglamento Penitenciario, dando cuenta inmediatamente al Juez de Vigilancia Penitenciaria. · Respuesta correcta
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El artículo 95.3 del Reglamento Penitenciario dispone que «Mediando motín, agresión física con arma u objeto peligroso, toma de rehenes o intento violento de evasión, el traslado del penado a un Establecimiento de régimen cerrado podrá acordarse por el Centro Directivo, aunque no se haya producido resolución clasificatoria en primer grado [...] dando cuenta inmediatamente del traslado al Juez de Vigilancia». Son supuestos tasados, no solo el motín, y no hace falta aprobación judicial previa.
Artículo: 95.3 · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista.
Pregunta 94Todas las resoluciones de clasificación o progresión a tercer grado adoptadas por el Centro Directivo se notificarán, junto con el informe de la Junta de Tratamiento:
- Al Ministerio Fiscal dentro de las veinticuatro horas siguientes a la fecha de su adopción.
- Al Juez de Vigilancia dentro de las veinticuatro horas siguientes a la fecha de su adopción.
- Al Ministerio Fiscal dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de su adopción. · Respuesta correcta
- Al Juez de Vigilancia dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de su adopción.
Ver la justificación
El artículo 107 del Reglamento Penitenciario dispone que «Todas las resoluciones de clasificación o progresión a tercer grado adoptadas por el Centro Directivo [...] se notificarán, junto con el informe de la Junta de Tratamiento, al Ministerio Fiscal dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de su adopción».
Artículo: 107 · Título IV · Separación y clasificación. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista.
Pregunta 95Las medidas regimentales del artículo 117 del Reglamento Penitenciario para la ejecución de programas especializados de tratamiento se refieren:
- A internos en primer y segundo grado de tratamiento.
- A internos en segundo y tercer grado de tratamiento.
- A internos en tercer grado de tratamiento, con carácter general.
- A internos en segundo grado de tratamiento, exclusivamente. · Respuesta correcta
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El artículo 117 del Reglamento Penitenciario se titula «Medidas regimentales para la ejecución de programas especializados para penados clasificados en segundo grado», y su apartado 1 lo aplica a «Los internos clasificados en segundo grado de tratamiento que presenten un perfil de baja peligrosidad social y no ofrezcan riesgos de quebrantamiento de condena».
Artículo: 117.1 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Pregunta 97Cuando, antes del disfrute de un permiso de salida ordinario o extraordinario de un interno, se produzcan hechos que modifiquen las circunstancias que propiciaron su concesión, podrá:
- Suspenderse motivadamente de forma provisional por el Director, poniéndose en conocimiento de la Autoridad administrativa o judicial competente para que resuelva lo que proceda. · Respuesta correcta
- Suspenderse motivadamente de forma provisional por la Junta de Tratamiento, poniéndose en conocimiento de la Autoridad administrativa o judicial competente para que resuelva lo que proceda.
- Revocarse motivadamente por el Director, informando de las medidas adoptadas al Juez de Vigilancia Penitenciaria.
- Revocarse motivadamente por la Junta de Tratamiento, informando de las medidas adoptadas al Juez de Vigilancia Penitenciaria.
Ver la justificación
El artículo 157.1 del Reglamento Penitenciario dispone que, cuando antes de iniciarse el permiso se produzcan hechos que modifiquen las circunstancias de su concesión, «la Dirección podrá suspender motivadamente con carácter provisional el permiso, poniéndose en conocimiento de la Autoridad administrativa o judicial competente la suspensión para que resuelva lo que proceda».
Artículo: 157.1 · Título VI · Permisos de salida. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista.
Pregunta 100Cuando en la fase de resolución del expediente sancionador, la Comisión Disciplinaria constatara una calificación errónea de la conducta y ello implicara la imposición de una sanción por falta más grave que la que se hubiere imputado en el pliego de cargos:
- Se nombrará un nuevo instructor que formule cargos acordes con el pronunciamiento de la Comisión Disciplinaria.
- Ordenará al instructor la formulación de un nuevo pliego de cargos con la calificación determinada por la Comisión Disciplinaria. · Respuesta correcta
- Se pondrá de manifiesto el expediente al infractor para que proponga nuevas pruebas.
- El instructor se limitará a formular nueva propuesta de resolución, sin más trámites.
Ver la justificación
El artículo 247.d) del Reglamento Penitenciario dispone que, si la Comisión Disciplinaria constatare una calificación errónea que implicase una sanción por falta más grave, «ordenará al Instructor la formulación de un nuevo pliego de cargos con la calificación determinada por la Comisión Disciplinaria, concediéndose al interno el trámite previsto en el artículo 244.4».
Artículo: 247.d · Título X · Régimen disciplinario y recompensas. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista.
Pregunta 102En relación al régimen jurídico de los órganos colegiados de un centro penitenciario, una de las siguientes afirmaciones no es cierta:
- Los votos de sus miembros son indelegables.
- Sus miembros no podrán abstenerse en las votaciones.
- En caso de ausencia del Secretario, su sustitución se realizará por designación del Presidente entre los funcionarios destinados en el establecimiento.
- En caso de ausencia del Secretario, su sustitución se realizará por designación del Director, entre los funcionarios destinados en el establecimiento. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 269.1.2.ª del Reglamento Penitenciario dispone que «La sustitución del Secretario se realizará por designación del Presidente entre los funcionarios destinados en el Establecimiento», y no por designación del Director. Las opciones A y B son ciertas: los votos «tienen carácter personal e indelegable» (art. 267.4) y los miembros «no podrán abstenerse en las votaciones» (art. 267.3).
Artículos: 267.3, 267.4, 269.1 · Título XI · Organización de los centros. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista.
Pregunta 104¿Con qué rango normativo se mantiene vigente el contenido de los artículos 277 a 324, 328 a 332 y 334 a 343 del Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 1201/1981 de 8 de mayo, conforme establece la Disposición Transitoria tercera del Reglamento Penitenciario vigente?:
- Real Decreto.
- Orden Ministerial.
- Resolución del Centro Directivo de la Administración Penitenciaria. · Respuesta correcta
- Reglamento Penitenciario.
Ver la justificación
La disposición transitoria tercera del Real Decreto 190/1996 dispone que el contenido de esos artículos del Reglamento de 1981 «se mantendrá vigente, con rango de resolución del centro directivo de la Administración penitenciaria correspondiente, en lo que no se oponga a lo establecido en el Reglamento Penitenciario».
Artículo: disp. transitoria 3.ª · Disposiciones. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista.
Pregunta 115Según el artículo 129 del Reglamento Penitenciario, la autorización para la tenencia y uso de ordenador personal por parte de los internos podrá retirarse:
- De modo individualizado por el Consejo de Dirección. · Respuesta correcta
- De modo individualizado por la Junta de Tratamiento.
- Por el Centro Directivo.
- De modo general por las normas de régimen interior aprobadas por el Consejo de Dirección.
Ver la justificación
El artículo 129.3 del Reglamento Penitenciario dispone que «El Consejo de Dirección podrá retirar la autorización concedida cuando existan fundadas sospechas de que se está haciendo un mal uso de la misma o cuando la autorización no se corresponda con una necesidad real del interno». Es una decisión individual del Consejo de Dirección.
Artículo: 129.3 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario tomado de la reproducción escaneada publicada por prisionesformacion.com; plantilla correctora oficial del Tribunal (18-10-2010, con sello) vista. El RD 268/2022 modificó solo el apartado 2 del art. 129; el apartado 3 no ha cambiado.
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias · 2010
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Pregunta 1Supuesto práctico (servicio interior): presta servicio en un centro penitenciario y se le asigna servicio en distintas unidades en las que se le plantean situaciones sobre las que debe indicar cuál sería su forma de proceder. Presta servicio en el departamento de aislamiento en el que se encuentra interno preso incomunicado judicialmente. Le plantean diversas cuestiones: su preocupación porque su familia no conoce ni su situación ni su paradero; que no ha sido visto por ningún profesional del establecimiento, deseando ser visitado por un médico y por el cura del centro; y la posibilidad de disponer de algunas revistas para entretenerse. ¿Cuál sería su respuesta?:
- Que tiene derecho a ser visitado por el médico forense pero no por ningún profesional del centro; que no le puede entregar revista alguna mientras dure su situación y el Director no reciba autorización expresa del Juzgado; y que no puede comunicar su situación y lugar de prisión a su familia aunque, solicitándolo, lo haría el Centro.
- Que tiene derecho a ser atendido por el médico del centro aunque no por el cura: que salvo que el Director solicite y reciba autorización del Juzgado no puede entregarle revista alguna; y que no tiene derecho ni a comunicar él, ni a que se comunique por el centro penitenciario a su familia ni su situación ni el lugar en el que se encuentra. · Respuesta correcta
- Que tiene derecho a ser atendido por el médico aunque no por otros profesionales del centro; le entrega unas revistas si examinado su contenido en nada ponen en peligro el fin de su incomunicación; y le indica que no tiene derecho a comunicar a su familia su situación y lugar de ingreso, aunque sí debe hacerlo el Centro si así lo solicita.
- Que a no ser por motivos urgentes, hasta que no se levante la incomunicación, no puede ser visitado por ningún profesional del Centro; que no puede entregarle prensa escrita salvo que el Director lo solicite del Juzgado y éste le autorice a ello; y que no puede comunicar a su familia ni el lugar ni la situación en la que se encuentra.
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El artículo 19.1 del Reglamento Penitenciario dispone que el preso incomunicado «será reconocido por el Médico y atendido exclusivamente por los funcionarios encargados de aquél. Únicamente podrá comunicar con las personas que tengan expresa autorización del Juez». El apartado 2 añade que, si la orden no dice nada, «el Director del establecimiento penitenciario recabará la autorización del Juez de Instrucción para que el interno incomunicado pueda disponer de [...] prensa escrita». El derecho a comunicar el ingreso a la familia (art. 41.3) no opera mientras dure la incomunicación judicial (art. 41.1).
Artículos: 19.1, 19.2, 41.1, 41.3 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 1, pregunta 1. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com. Lo relativo a no informar a la familia deriva también de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (incomunicación, art. 527).
Pregunta 2Supuesto práctico (servicio interior): presta servicio en un centro penitenciario y se le asigna servicio en distintas unidades en las que se le plantean situaciones sobre las que debe indicar cuál sería su forma de proceder. Viene prestando servicio como funcionario de vigilancia en un departamento en el que se encuentran destinados internos de máxima confianza. Uno de los internos le solicita que por carecer de dinero en su peculio le autorice recibir una llamada telefónica del exterior, desde un número al que tiene autorizado llamar y realizada por una persona con la que está autorizado a comunicar.
- Le responde que en ningún caso puede recibir llamadas del exterior.
- Le autoriza la llamada, previa comprobación de los datos que le facilita el interno que tiene autorizado llamar a ese número y a comunicar con la persona indicada.
- Le responde que ha de solicitarlo del Director, y que existen ayudas para solventar casos como el suyo, siempre que cuente con un informe social favorable. · Respuesta correcta
- Le responde que dicha llamada tiene que autorizarla el Jefe de Servicios.
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El artículo 47.5 del Reglamento Penitenciario dispone que «Salvo casos excepcionales, libremente apreciados por el Director del establecimiento, no se permitirán llamadas desde el exterior a los internos». Por eso la llamada no la puede autorizar el funcionario ni el Jefe de Servicios, pero tampoco está prohibida «en ningún caso». Es el Director quien decide (art. 47.2 y 47.3).
Artículos: 47.2, 47.3, 47.5 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 1, pregunta 2. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com. La mención a las ayudas para internos sin recursos procede de la Orden INT/3688/2007, no del Reglamento.
Pregunta 3Supuesto práctico (servicio interior): presta servicio en un centro penitenciario y se le asigna servicio en distintas unidades en las que se le plantean situaciones sobre las que debe indicar cuál sería su forma de proceder. Prestando servicio en un departamento de internos de máxima confianza, la familia del interno encargado del economato general, a la que conoce y le une amistad desde hace tiempo por razón de vecindad, le pide que le lleve un paquete con ropa de invierno, por no poder acercarse al centro en horario establecido por razones de trabajo.
- Les indica que para que usted pueda entregárselo, debe contar con autorización escrita del interno.
- Previo el adecuado registro sobre la ropa para garantizar que no esconde nada prohibido, se la entrega al interno al entrar de servicio.
- Les indica que está prohibido meter a los internos ropa de invierno puesto que el centro se la facilita.
- Se lo recoge y lo entrega en el departamento de paquetes del centro en el horario que a tal fin haya fijado el Consejo de Dirección. · Respuesta correcta
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El artículo 50.1 del Reglamento Penitenciario establece que «En todos los Establecimientos existirá una dependencia para la recogida, control y registro de los paquetes destinados a los internos [...]. El Consejo de Dirección acordará los días y horas de recepción y recogida de paquetes». El paquete tiene que pasar por esa dependencia y su registro (art. 50.3), así que el funcionario no puede entregarlo directamente al interno. Además, la ropa no está prohibida: el art. 50.5 no la computa en el peso máximo.
Artículos: 50.1, 50.3, 50.5 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 1, pregunta 3. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com. Ojo: el art. 50.2 exige que los paquetes se entreguen «personalmente» en la dependencia; la plantilla da por buena la entrega a través del funcionario.
Pregunta 4Supuesto práctico (servicio interior): presta servicio en un centro penitenciario y se le asigna servicio en distintas unidades en las que se le plantean situaciones sobre las que debe indicar cuál sería su forma de proceder. Presta servicio en la unidad de información al exterior y se presenta una persona que se identifica y acredita como tutor de un interno, solicitando se le informe sobre si éste ha seguido el ramadán.
- Contacta con el educador que corresponde al interno y le facilita la información.
- Le indica que es necesario poder especial y bastante del interno en el que conste expresamente su consentimiento para facilitarle esta información. · Respuesta correcta
- Le indica que la única forma de conseguir ese dato es que se lo facilite el propio interno.
- Le indica que necesita consentimiento expreso y escrito del interno para obtener de la Dirección la información solicitada.
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Seguir el ramadán revela convicciones religiosas, que son un dato especialmente protegido según el artículo 8.1 del Reglamento Penitenciario. Su apartado 2 dispone que «Cuando se soliciten de la Administración Penitenciaria este tipo de datos especialmente protegidos por medio de representante del recluso, deberá exigirse, en todo caso, poder especial y bastante otorgado por el mismo en el que conste expresamente su consentimiento». Como quien pide el dato es un representante, se aplica esa regla.
Artículos: 8.1, 8.2 · Título I · Disposiciones generales. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 1, pregunta 4. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 5Supuesto práctico (servicio interior): presta servicio en un centro penitenciario y se le asigna servicio en distintas unidades en las que se le plantean situaciones sobre las que debe indicar cuál sería su forma de proceder. Presta servicio en el departamento de comunicaciones y al identificar a un visitante para la celebración de una comunicación familiar, observa en éste unos movimientos que le hacen tener fundadas sospechas de que pudiera intentar introducir alguna sustancia prohibida. Dicho comunicante cuenta con antecedentes en introducción de sustancias prohibidas en el centro. ¿Cuál sería su forma de proceder?:
- Le requiere de manera inmediata a la práctica de un cacheo con desnudo integral a fin de que no pueda deshacerse de lo que presumiblemente oculta, dando cuenta del resultado inmediatamente al Jefe de Servicios. Si se niega al cacheo no se llevará a cabo la comunicación.
- Le hace pasar por el arco detector de metales, y, si no salta la alarma, le permite pasar a la comunicación, teniendo en cuenta que tras la comunicación el interno va a ser cacheado con desnudo integral.
- Le hace pasar por el arco detector de metales y, si no salta la alarma, procede al registro por palpación de sus ropas. Si no encuentra nada prohibido le permite pasar a la comunicación.
- Pone el hecho en conocimiento del Jefe de Servicios por si, además de otros controles, procediera la realización de un cacheo con desnudo integral. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 45.7 del Reglamento Penitenciario dispone que «Los cacheos con desnudo integral de los visitantes únicamente podrán llevarse a cabo por las razones y en la forma establecidas en el artículo 68 debidamente motivadas». Según el artículo 68.2, ese cacheo se realiza «con autorización del Jefe de Servicios». Por eso el funcionario no puede decidirlo por sí mismo y debe ponerlo en conocimiento del Jefe de Servicios.
Artículos: 45.7, 68.2 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 1, pregunta 5. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 11Supuesto práctico (comunicaciones): Carmelo ingresa en un centro penitenciario el 30 de abril de 2009 por la mañana, como preventivo, con prisión provisional incomunicada. Carmelo es letrado en ejercicio, así como su hermano José. Esa misma tarde se presenta José, acreditando ser el abogado de Carmelo en las diligencias judiciales por las que se ha decretado su ingreso, y solicita comunicar con él. Levantada la incomunicación, el 27 de junio de 2009, al finalizar una comunicación familiar con sus padres y su hermano, José insulta y amenaza al funcionario; el Director acuerda ese mismo día denegar las comunicaciones orales de Carmelo con su hermano durante seis meses y pone los hechos en conocimiento del Juzgado de Guardia. El 26 de septiembre de 2009, antes de otra comunicación familiar, el Jefe de Servicios informa a los padres de que se les va a realizar un cacheo con desnudo integral; se niegan y se marchan sin comunicar. El 10 de noviembre de 2009 el Juzgado comunica que hay diligencias previas por amenazas con José como imputado. El 24 de diciembre de 2009 José acude con su documentación oficial de abogado en ejercicio y un volante de su Colegio que acredita que es el defensor del interno en la causa por la que está preso, y solicita comunicar con él y entregarle un paquete. Un mes más tarde, Carmelo, ingresado en la enfermería por un fuerte proceso gripal del que aún está convaleciente, es autorizado por la Dirección para celebrar una comunicación familiar en el departamento, y se presentan a comunicar sus padres y su hermano José. ¿Existe alguna posibilidad de que José pueda celebrar la comunicación solicitada con Carmelo el día 30 de abril de 2009?:
- No, en el caso de que pretenda comunicar como abogado, aunque sí podría comunicar como familiar.
- No, pues el preso incomunicado no puede comunicar con nadie mientras dure la incomunicación, salvo autorización expresa del Juez que instruye el caso. · Respuesta correcta
- Sí, porque la documentación presentada por José le permite realizar cualquier tipo de comunicación con su hermano.
- Sí, pero solamente en calidad de abogado defensor en los locutorios destinados a tal fin.
Ver la justificación
El artículo 19.1 del Reglamento Penitenciario dispone que el detenido o preso incomunicado «Únicamente podrá comunicar con las personas que tengan expresa autorización del Juez». El 30 de abril Carmelo seguía incomunicado judicialmente y José no tenía esa autorización. Además, el derecho a comunicar con familiares existe «salvo en los casos de incomunicación judicial» (art. 41.1).
Artículos: 19.1, 41.1 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 3, pregunta 1. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 12Supuesto práctico (comunicaciones): Carmelo ingresa en un centro penitenciario el 30 de abril de 2009 por la mañana, como preventivo, con prisión provisional incomunicada. Carmelo es letrado en ejercicio, así como su hermano José. Esa misma tarde se presenta José, acreditando ser el abogado de Carmelo en las diligencias judiciales por las que se ha decretado su ingreso, y solicita comunicar con él. Levantada la incomunicación, el 27 de junio de 2009, al finalizar una comunicación familiar con sus padres y su hermano, José insulta y amenaza al funcionario; el Director acuerda ese mismo día denegar las comunicaciones orales de Carmelo con su hermano durante seis meses y pone los hechos en conocimiento del Juzgado de Guardia. El 26 de septiembre de 2009, antes de otra comunicación familiar, el Jefe de Servicios informa a los padres de que se les va a realizar un cacheo con desnudo integral; se niegan y se marchan sin comunicar. El 10 de noviembre de 2009 el Juzgado comunica que hay diligencias previas por amenazas con José como imputado. El 24 de diciembre de 2009 José acude con su documentación oficial de abogado en ejercicio y un volante de su Colegio que acredita que es el defensor del interno en la causa por la que está preso, y solicita comunicar con él y entregarle un paquete. Un mes más tarde, Carmelo, ingresado en la enfermería por un fuerte proceso gripal del que aún está convaleciente, es autorizado por la Dirección para celebrar una comunicación familiar en el departamento, y se presentan a comunicar sus padres y su hermano José. ¿Se debe permitir la comunicación de José el día 24 de diciembre de 2009 con el interno?:
- No, pues José está imputado judicialmente en un posible delito cometido en el centro.
- No, pues permanece el acuerdo que adoptó el 27 de junio de 2009 el Director.
- Sí, porque la documentación presentada por José le permite realizar cualquier tipo de comunicación con su hermano.
- Sí, pero solamente en calidad de abogado defensor en los locutorios destinados a tal fin. · Respuesta correcta
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José presenta el documento que le acredita como abogado en ejercicio y el volante del Colegio que exige el artículo 48.1 del Reglamento Penitenciario (reglas 1.ª y 2.ª). Esas comunicaciones «se celebrarán en locutorios especiales» (regla 3.ª) y, según el art. 48.3, «no podrán ser suspendidas o intervenidas, en ningún caso, por decisión administrativa». El acuerdo del Director solo afectaba a las comunicaciones orales como familiar, no a la comunicación como defensor.
Artículos: 48.1, 48.3 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 3, pregunta 2. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 13Supuesto práctico (comunicaciones): Carmelo ingresa en un centro penitenciario el 30 de abril de 2009 por la mañana, como preventivo, con prisión provisional incomunicada. Carmelo es letrado en ejercicio, así como su hermano José. Esa misma tarde se presenta José, acreditando ser el abogado de Carmelo en las diligencias judiciales por las que se ha decretado su ingreso, y solicita comunicar con él. Levantada la incomunicación, el 27 de junio de 2009, al finalizar una comunicación familiar con sus padres y su hermano, José insulta y amenaza al funcionario; el Director acuerda ese mismo día denegar las comunicaciones orales de Carmelo con su hermano durante seis meses y pone los hechos en conocimiento del Juzgado de Guardia. El 26 de septiembre de 2009, antes de otra comunicación familiar, el Jefe de Servicios informa a los padres de que se les va a realizar un cacheo con desnudo integral; se niegan y se marchan sin comunicar. El 10 de noviembre de 2009 el Juzgado comunica que hay diligencias previas por amenazas con José como imputado. El 24 de diciembre de 2009 José acude con su documentación oficial de abogado en ejercicio y un volante de su Colegio que acredita que es el defensor del interno en la causa por la que está preso, y solicita comunicar con él y entregarle un paquete. Un mes más tarde, Carmelo, ingresado en la enfermería por un fuerte proceso gripal del que aún está convaleciente, es autorizado por la Dirección para celebrar una comunicación familiar en el departamento, y se presentan a comunicar sus padres y su hermano José. Dado que Carmelo finalmente no pudo comunicar con sus padres el 26 de septiembre de 2009, ¿podría acumular esa comunicación con la siguiente comunicación familiar?:
- Sí, es algo que está previsto reglamentariamente.
- No, es algo que no está previsto reglamentariamente, salvo que lo autorice expresamente el juez de vigilancia penitenciaria.
- No, pues el Reglamento Penitenciario sólo prevé a acumulación de dos comunicaciones en una sola en el caso de las comunicaciones orales. · Respuesta correcta
- Sí, siempre que en esta ocasión los padres aceptaran ser cacheados con desnudo integral.
Ver la justificación
La única acumulación que prevé el Reglamento Penitenciario está en la norma 3.ª del artículo 42, sobre comunicaciones orales: «se podrá autorizar a los internos a que acumulen en una sola visita semanal el tiempo que hubiera correspondido normalmente a dos de dichas visitas». Para las comunicaciones familiares del artículo 45.5 no existe esa posibilidad.
Artículos: 42, 45.5 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 3, pregunta 3. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 14Supuesto práctico (comunicaciones): Carmelo ingresa en un centro penitenciario el 30 de abril de 2009 por la mañana, como preventivo, con prisión provisional incomunicada. Carmelo es letrado en ejercicio, así como su hermano José. Esa misma tarde se presenta José, acreditando ser el abogado de Carmelo en las diligencias judiciales por las que se ha decretado su ingreso, y solicita comunicar con él. Levantada la incomunicación, el 27 de junio de 2009, al finalizar una comunicación familiar con sus padres y su hermano, José insulta y amenaza al funcionario; el Director acuerda ese mismo día denegar las comunicaciones orales de Carmelo con su hermano durante seis meses y pone los hechos en conocimiento del Juzgado de Guardia. El 26 de septiembre de 2009, antes de otra comunicación familiar, el Jefe de Servicios informa a los padres de que se les va a realizar un cacheo con desnudo integral; se niegan y se marchan sin comunicar. El 10 de noviembre de 2009 el Juzgado comunica que hay diligencias previas por amenazas con José como imputado. El 24 de diciembre de 2009 José acude con su documentación oficial de abogado en ejercicio y un volante de su Colegio que acredita que es el defensor del interno en la causa por la que está preso, y solicita comunicar con él y entregarle un paquete. Un mes más tarde, Carmelo, ingresado en la enfermería por un fuerte proceso gripal del que aún está convaleciente, es autorizado por la Dirección para celebrar una comunicación familiar en el departamento, y se presentan a comunicar sus padres y su hermano José. En cuanto a la comunicación familiar en el departamento de enfermería:
- No existe inconveniente en su celebración dado que está autorizado por la Dirección del centro.
- El hermano del interno no puede entrar para celebrar la comunicación en tanto persista su situación de imputado en la causa abierta por hechos ocurridos en el centro.
- Nuevamente, los padres deberían acceder a ser sometidos a un cacheo con desnudo integral.
- Uno de los padres, o José, deberían quedarse fuera de la comunicación. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 216.1 del Reglamento Penitenciario prevé que, si el interno enfermo no puede desplazarse a los locutorios, «se autorizará a que uno o dos familiares o allegados puedan comunicar con él en la enfermería del Centro». Como acuden tres personas, una de ellas debe quedarse fuera.
Artículo: 216.1 · Título IX · Prestaciones. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 3, pregunta 4. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com. El art. 216.1 se refiere al interno «enfermo grave»; la plantilla lo aplica a la comunicación en enfermería del supuesto.
Pregunta 15Supuesto práctico (comunicaciones): Carmelo ingresa en un centro penitenciario el 30 de abril de 2009 por la mañana, como preventivo, con prisión provisional incomunicada. Carmelo es letrado en ejercicio, así como su hermano José. Esa misma tarde se presenta José, acreditando ser el abogado de Carmelo en las diligencias judiciales por las que se ha decretado su ingreso, y solicita comunicar con él. Levantada la incomunicación, el 27 de junio de 2009, al finalizar una comunicación familiar con sus padres y su hermano, José insulta y amenaza al funcionario; el Director acuerda ese mismo día denegar las comunicaciones orales de Carmelo con su hermano durante seis meses y pone los hechos en conocimiento del Juzgado de Guardia. El 26 de septiembre de 2009, antes de otra comunicación familiar, el Jefe de Servicios informa a los padres de que se les va a realizar un cacheo con desnudo integral; se niegan y se marchan sin comunicar. El 10 de noviembre de 2009 el Juzgado comunica que hay diligencias previas por amenazas con José como imputado. El 24 de diciembre de 2009 José acude con su documentación oficial de abogado en ejercicio y un volante de su Colegio que acredita que es el defensor del interno en la causa por la que está preso, y solicita comunicar con él y entregarle un paquete. Un mes más tarde, Carmelo, ingresado en la enfermería por un fuerte proceso gripal del que aún está convaleciente, es autorizado por la Dirección para celebrar una comunicación familiar en el departamento, y se presentan a comunicar sus padres y su hermano José. Con relación al paquete que pretende depositar José el día 24 de diciembre:
- No procede su recepción, ya que la visita no se realiza en calidad de familiar ni de amigo.
- Procede su recepción, en atención a que se ha acreditado como su abogado defensor.
- No procede aceptarlo, en razón de su calidad de abogado defensor.
- Sí procede aceptarlo. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 50.3 del Reglamento Penitenciario regula la recepción de paquetes «previa comprobación por el funcionario del documento de identidad de quien lo deposita», anotando «el nombre, domicilio y número del documento de identidad de quien lo entrega». No exige ninguna relación de parentesco o amistad con el interno ni excluye a nadie por ser abogado, así que procede aceptarlo, sin que la condición de defensor tenga nada que ver.
Artículos: 50.1, 50.3 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 3, pregunta 5. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 26Supuesto práctico (procedimiento disciplinario de internos): Luisa, destinada en el departamento de enfermería de un Centro Penitenciario, es descubierta por otras internas mientras sustrae objetos personales de una celda aprovechando la bajada al comedor. Se origina una pelea en la que Luisa causa lesiones leves a otra interna con un objeto punzante que portaba escondido entre sus ropas. En posterior requisa de su celda se encuentran pertenencias de otras internas, que Luisa confiesa haber sustraído de sus celdas aprovechando los momentos de bajada al comedor. Iniciado el expediente disciplinario, Luisa recibe el pliego de cargos y propone como prueba la certificación de las condenas que restan de cumplimiento a las otras internas intervinientes. La Comisión Disciplinaria resuelve sancionarla con varias sanciones de aislamiento en celda que, en su conjunto, superan los 14 días. Antes de iniciarse su cumplimiento, la Dirección conoce que la interna está embarazada. En relación con las sustracciones de pertenencias protagonizadas por Luisa:
- Se debe incoar un expediente disciplinario por cada sustracción, no ajustándose a la legalidad, por tanto, la incoación de un único expediente disciplinario.
- Puede tramitarse un único expediente disciplinario, pero cada uno de los hechos que resulten probados deberán sancionarse de forma independiente.
- Se trata de una infracción continuada que se podrá tramitar en un único expediente disciplinario y se impondrá la sanción correspondiente a la infracción más grave en su límite máximo. · Respuesta correcta
- Se trata de una infracción continuada, por lo que el máximo de cumplimiento de las distintas sanciones impuestas, en su caso, no podrá exceder del triplo del tiempo correspondiente a la sanción más grave.
Ver la justificación
El artículo 237.1 del Reglamento Penitenciario califica de infracción continuada «la realización de una pluralidad de acciones u omisiones que infrinjan el mismo o semejante precepto, en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión», como las sustracciones repetidas aprovechando la bajada al comedor. El apartado 2 dispone que «se impondrá la sanción correspondiente a la infracción más grave en su límite máximo». El límite del triplo corresponde al concurso real del art. 236.2, no a la infracción continuada.
Artículos: 237.1, 237.2 · Título X · Régimen disciplinario y recompensas. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 6, pregunta 1. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 27Supuesto práctico (procedimiento disciplinario de internos): Luisa, destinada en el departamento de enfermería de un Centro Penitenciario, es descubierta por otras internas mientras sustrae objetos personales de una celda aprovechando la bajada al comedor. Se origina una pelea en la que Luisa causa lesiones leves a otra interna con un objeto punzante que portaba escondido entre sus ropas. En posterior requisa de su celda se encuentran pertenencias de otras internas, que Luisa confiesa haber sustraído de sus celdas aprovechando los momentos de bajada al comedor. Iniciado el expediente disciplinario, Luisa recibe el pliego de cargos y propone como prueba la certificación de las condenas que restan de cumplimiento a las otras internas intervinientes. La Comisión Disciplinaria resuelve sancionarla con varias sanciones de aislamiento en celda que, en su conjunto, superan los 14 días. Antes de iniciarse su cumplimiento, la Dirección conoce que la interna está embarazada. En relación con la agresión con objeto punzante que Luisa causa a otra interna, produciéndole lesiones leves:
- Son hechos que constituyen dos faltas disciplinarias distintas y que deben ser sancionadas separadamente.
- Estamos ante dos faltas disciplinarias, debiéndose aplicar, en su límite máximo, la sanción correspondiente a la falta más grave, salvo que la suma de las sanciones que procedan castigando independientemente las infracciones cometidas resulte de menor gravedad, en cuyo caso se aplicarán éstas. · Respuesta correcta
- Se trata de un hecho constitutivo de dos faltas distintas, debiendo aplicarse una sanción equivalente a la suma de ambas faltas consideradas por separado, sin que el máximo de la sanción impuesta pueda superar el triplo de la sanción que correspondería a la falta menos grave.
- Se trata de un mismo hecho que constituye dos faltas distintas, debiendo aplicarse la sanción que corresponda a cada una de ellas sin que el máximo de la sanción impuesta pueda sobrepasar los catorce días de aislamiento en celda.
Ver la justificación
El artículo 236.4 del Reglamento Penitenciario dispone que «Cuando un mismo hecho sea constitutivo de dos o más faltas o cuando una de ellas constituya medio necesario para la comisión de otra, se aplicará, en su límite máximo, la sanción correspondiente a la falta más grave, salvo que la suma de las sanciones que procedan castigando independientemente las infracciones cometidas resulte de menor gravedad, en cuyo caso se aplicarán éstas». La agresión con el objeto punzante que ocultaba encaja en ese concurso ideal o medial.
Artículo: 236.4 · Título X · Régimen disciplinario y recompensas. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 6, pregunta 2. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 28Supuesto práctico (procedimiento disciplinario de internos): Luisa, destinada en el departamento de enfermería de un Centro Penitenciario, es descubierta por otras internas mientras sustrae objetos personales de una celda aprovechando la bajada al comedor. Se origina una pelea en la que Luisa causa lesiones leves a otra interna con un objeto punzante que portaba escondido entre sus ropas. En posterior requisa de su celda se encuentran pertenencias de otras internas, que Luisa confiesa haber sustraído de sus celdas aprovechando los momentos de bajada al comedor. Iniciado el expediente disciplinario, Luisa recibe el pliego de cargos y propone como prueba la certificación de las condenas que restan de cumplimiento a las otras internas intervinientes. La Comisión Disciplinaria resuelve sancionarla con varias sanciones de aislamiento en celda que, en su conjunto, superan los 14 días. Antes de iniciarse su cumplimiento, la Dirección conoce que la interna está embarazada. Respecto a la práctica de la prueba propuesta por Luisa, el Instructor:
- Puede denegar su práctica por entender que su resultado no alterará la resolución final del procedimiento. · Respuesta correcta
- No puede ser denegada su práctica, salvo por acuerdo mayoritario de la Comisión Disciplinaria en resolución motivada.
- Está obligado a practicarla, salvo que resulte imposible su realización.
- Debe denegar la prueba, ya que su resultado no puede alterar la resolución final del procedimiento.
Ver la justificación
El artículo 244.3 del Reglamento Penitenciario dispone que, si alguna prueba propuesta por el interno fuese estimada improcedente o innecesaria, «se hará constar así expresamente por el Instructor, en acuerdo motivado. Sólo podrán declararse improcedentes aquellas pruebas que no puedan alterar la resolución final del procedimiento o que sean de imposible realización». Denegarla es una facultad del Instructor, no un deber, y la decide él, no la Comisión.
Artículo: 244.3 · Título X · Régimen disciplinario y recompensas. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 6, pregunta 3. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 29Supuesto práctico (procedimiento disciplinario de internos): Luisa, destinada en el departamento de enfermería de un Centro Penitenciario, es descubierta por otras internas mientras sustrae objetos personales de una celda aprovechando la bajada al comedor. Se origina una pelea en la que Luisa causa lesiones leves a otra interna con un objeto punzante que portaba escondido entre sus ropas. En posterior requisa de su celda se encuentran pertenencias de otras internas, que Luisa confiesa haber sustraído de sus celdas aprovechando los momentos de bajada al comedor. Iniciado el expediente disciplinario, Luisa recibe el pliego de cargos y propone como prueba la certificación de las condenas que restan de cumplimiento a las otras internas intervinientes. La Comisión Disciplinaria resuelve sancionarla con varias sanciones de aislamiento en celda que, en su conjunto, superan los 14 días. Antes de iniciarse su cumplimiento, la Dirección conoce que la interna está embarazada. A la vista del incidente descrito, la imposición de sanciones de aislamiento en celda que, en su conjunto, tienen una duración superior a catorce días, conllevaría, en su caso, que:
- Únicamente sería inmediatamente ejecutiva la parte de la sanción que no exceda de catorce días, dándose por cumplido el resto.
- Podría iniciarse el cumplimiento de todas las sanciones impuestas, con el exclusivo requisito de que la interna no las hubiera recurrido en tiempo y forma.
- No serían ejecutivas hasta su aprobación por el Juez de Vigilancia, si bien al tratarse de un supuesto previsto en el art. 236.3 del Reglamento Penitenciario vigente, podría acordarse la ejecución inmediata de aquellas sanciones cuya duración acumulada no supere los catorce días por corresponder a uno de los seis primeros supuestos contemplados en el art. 108 del Reglamento Penitenciario de 1981. · Respuesta correcta
- No serían en ningún caso ejecutivas hasta la aprobación del Juez de Vigilancia Penitenciaria, sin excepción alguna.
Ver la justificación
El artículo 236.3 del Reglamento Penitenciario exige que, cuando las sanciones de aislamiento de cumplimiento sucesivo «superen, en su conjunto, los catorce días de aislamiento, deberán ser aprobadas todas ellas por el Juez de Vigilancia». Pero el artículo 253.2 permite que en esos supuestos «la Comisión Disciplinaria podrá acordar la ejecución inmediata de las sanciones de aislamiento en celda, cuya duración acumulada no supere los catorce días», siempre que se trate de los actos de indisciplina grave de las letras a) a f) del art. 108 del RP de 1981 (art. 252.2).
Artículos: 236.3, 252.2, 253.1, 253.2 · Título X · Régimen disciplinario y recompensas. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 6, pregunta 4. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 30Supuesto práctico (procedimiento disciplinario de internos): Luisa, destinada en el departamento de enfermería de un Centro Penitenciario, es descubierta por otras internas mientras sustrae objetos personales de una celda aprovechando la bajada al comedor. Se origina una pelea en la que Luisa causa lesiones leves a otra interna con un objeto punzante que portaba escondido entre sus ropas. En posterior requisa de su celda se encuentran pertenencias de otras internas, que Luisa confiesa haber sustraído de sus celdas aprovechando los momentos de bajada al comedor. Iniciado el expediente disciplinario, Luisa recibe el pliego de cargos y propone como prueba la certificación de las condenas que restan de cumplimiento a las otras internas intervinientes. La Comisión Disciplinaria resuelve sancionarla con varias sanciones de aislamiento en celda que, en su conjunto, superan los 14 días. Antes de iniciarse su cumplimiento, la Dirección conoce que la interna está embarazada. Valorando todas las circunstancias del supuesto, ¿en qué momento puede iniciarse el cumplimiento de las sanciones impuestas a Luisa?:
- Una vez transcurrido el plazo legal para presentar recurso sin que se hubiera presentado.
- No puede ejecutarse la sanción por tratarse de una interna que está destinada en la enfermería del Centro.
- Podría ejecutarse cuando se obtenga la autorización del Juzgado de Vigilancia, ya que no estamos ante una madre lactante ni tampoco tiene hijos consigo.
- No podría ejecutarse, como mínimo, mientras permanezca en periodo de gestación. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 254.3 del Reglamento Penitenciario dispone que la sanción de aislamiento no se aplicará «a las mujeres gestantes y a las mujeres hasta seis meses después de la terminación del embarazo, a las madres lactantes y a las que tuvieran hijos consigo». Como Luisa está embarazada, la sanción no puede cumplirse al menos mientras dure la gestación (y tampoco en los seis meses siguientes).
Artículo: 254.3 · Título X · Régimen disciplinario y recompensas. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 6, pregunta 5. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 36Supuesto práctico (oficina de gestión): presta servicio en la Oficina de Gestión de un centro penitenciario de Madrid. Sobre las 23.00 horas de un domingo se admite el ingreso de Jorge, entregado por la Guardia Civil con una Orden de Detención expedida por la Policía Judicial en la que consta expresamente la identidad del detenido, el delito imputado y que se halla a disposición judicial. La Guardia Civil informa de que Jorge fue detenido a primera hora de ese mismo día, pero no les consta la hora en que vence el plazo máximo de detención. En el momento del ingreso no consta Mandamiento de Prisión. Más tarde Jorge es condenado en esa causa y se reciben otras cinco ejecutorias; refundidas las seis causas, cumplirá los cuatro cuartos de su condena el 15 de mayo de 2018. Al alcanzar las tres cuartas partes sale en libertad condicional. Dados los datos con los que cuenta ¿podía admitirse a Jorge en el centro penitenciario?:
- No, debería haberse exigido a la Guardia Civil la entrega de un Mandamiento de Prisión para admitirlo.
- Sí, dado que la Orden de Detención entregada incorpora todos los extremos exigidos por la legislación penitenciaria.
- No, porque la Orden de Detención entregada no incorpora todos los extremos exigidos por la legislación penitenciaria por lo que debería haberse denegado el ingreso.
- Sí, a pesar de que la Orden de Detención entregada no incorpora todos los extremos exigidos por la legislación penitenciaria. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 15.2 del Reglamento Penitenciario exige que en la orden de detención de la Policía Judicial conste, entre otros extremos, «d) Hora y día de vencimiento del plazo máximo de detención», que falta en este caso. Pero añade que «La Dirección del centro podrá denegar motivadamente el ingreso cuando en la orden de detención que se entregue no consten expresamente los citados extremos». Denegarlo es una facultad, no una obligación, así que el ingreso podía admitirse.
Artículos: 15.1, 15.2 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 8, pregunta 1. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 37Supuesto práctico (oficina de gestión): presta servicio en la Oficina de Gestión de un centro penitenciario de Madrid. Sobre las 23.00 horas de un domingo se admite el ingreso de Jorge, entregado por la Guardia Civil con una Orden de Detención expedida por la Policía Judicial en la que consta expresamente la identidad del detenido, el delito imputado y que se halla a disposición judicial. La Guardia Civil informa de que Jorge fue detenido a primera hora de ese mismo día, pero no les consta la hora en que vence el plazo máximo de detención. En el momento del ingreso no consta Mandamiento de Prisión. Más tarde Jorge es condenado en esa causa y se reciben otras cinco ejecutorias; refundidas las seis causas, cumplirá los cuatro cuartos de su condena el 15 de mayo de 2018. Al alcanzar las tres cuartas partes sale en libertad condicional. ¿Qué gestiones considera que deberían realizarse al tramitar el ingreso de Jorge en prisión?:
- La comunicación del ingreso del interno por parte del Director a la autoridad judicial que corresponda dentro de las 24 horas siguientes a su ingreso, recabando el correspondiente Mandamiento de Prisión dentro del plazo máximo de 48 horas desde que se produjo la detención.
- La comunicación del ingreso por parte del Director a la autoridad judicial que corresponda dentro de las 24 horas siguientes a su ingreso. · Respuesta correcta
- La comunicación del ingreso por parte del Director a la autoridad judicial que corresponda dentro de las 72 horas siguientes a su ingreso, plazo en el que se deberá haber obtenido el correspondiente Mandamiento de Prisión.
- La comunicación inmediata del ingreso a la autoridad judicial correspondiente, recabando el oportuno Mandamiento de Prisión en el plazo máximo de 48 horas desde que este ingreso se produjo.
Ver la justificación
El artículo 23.2 del Reglamento Penitenciario dispone que, en los ingresos del artículo 15.2, «el Director del establecimiento o quien haga sus veces comunicará el ingreso, por el medio más rápido disponible que deje constancia de la recepción de la comunicación, a la autoridad judicial a cuya disposición se encuentre el detenido, dentro de las veinticuatro horas siguientes a su ingreso». El plazo de setenta y dos horas del art. 23.3 no es para comunicar, sino para excarcelar si no llega la orden judicial.
Artículos: 23.2, 23.3 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 8, pregunta 2. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 39Supuesto práctico (oficina de gestión): presta servicio en la Oficina de Gestión de un centro penitenciario de Madrid. Sobre las 23.00 horas de un domingo se admite el ingreso de Jorge, entregado por la Guardia Civil con una Orden de Detención expedida por la Policía Judicial en la que consta expresamente la identidad del detenido, el delito imputado y que se halla a disposición judicial. La Guardia Civil informa de que Jorge fue detenido a primera hora de ese mismo día, pero no les consta la hora en que vence el plazo máximo de detención. En el momento del ingreso no consta Mandamiento de Prisión. Más tarde Jorge es condenado en esa causa y se reciben otras cinco ejecutorias; refundidas las seis causas, cumplirá los cuatro cuartos de su condena el 15 de mayo de 2018. Al alcanzar las tres cuartas partes sale en libertad condicional. El Director competente para solicitar el licenciamiento definitivo de las causas de Jorge es:
- El del centro desde el que Jorge fue excarcelado en libertad condicional.
- El del centro al que Jorge esté adscrito en su situación de liberado condicional. · Respuesta correcta
- El del centro en el que se recibieron las causas penadas que ahora se van a licenciar.
- Ninguno, dado que el competente para solicitar los licenciamientos definitivos es el Subdirector de la Oficina de Gestión.
Ver la justificación
El artículo 24.4 del Reglamento Penitenciario dispone que «Las propuestas de libertad definitiva de los liberados condicionales se formularán por el Director del centro a que estén adscritos». Como Jorge está en libertad condicional, la propuesta la formula el Director del centro al que está adscrito.
Artículo: 24.4 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 8, pregunta 4. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com.
Pregunta 40Supuesto práctico (oficina de gestión): presta servicio en la Oficina de Gestión de un centro penitenciario de Madrid. Sobre las 23.00 horas de un domingo se admite el ingreso de Jorge, entregado por la Guardia Civil con una Orden de Detención expedida por la Policía Judicial en la que consta expresamente la identidad del detenido, el delito imputado y que se halla a disposición judicial. La Guardia Civil informa de que Jorge fue detenido a primera hora de ese mismo día, pero no les consta la hora en que vence el plazo máximo de detención. En el momento del ingreso no consta Mandamiento de Prisión. Más tarde Jorge es condenado en esa causa y se reciben otras cinco ejecutorias; refundidas las seis causas, cumplirá los cuatro cuartos de su condena el 15 de mayo de 2018. Al alcanzar las tres cuartas partes sale en libertad condicional. En su caso ¿Cuándo procedería usted a iniciar los trámites de la libertad definitiva de Jorge y ante qué autoridad judicial?:
- Dos meses antes del cumplimiento de la fecha de cuatro cuartos de la condena total que sufre el interno, 15 de mayo de 2018, ante el Juez o Tribunal Sentenciador que haya dictado la última sentencia.
- Dos meses antes de la fecha de cumplimiento de cada una de las causas impuestas, según conste en cada una de las liquidaciones de condena practicadas por cada uno de los seis Juzgados o Tribunales Sentenciadores.
- Con una antelación mínima de dos meses al 15 de mayo de 2018, solicitando la aprobación del licenciamiento definitivo a cada uno de los seis Jueces o Tribunales sentenciadores. · Respuesta correcta
- Con una antelación mínima de dos meses al 15 de mayo de 2018, ante el juez de vigilancia penitenciaria que aprobó el auto de libertad condicional.
Ver la justificación
El artículo 24.2 del Reglamento Penitenciario dispone que «Con una antelación mínima de dos meses al cumplimiento de la condena, el Director del establecimiento formulará al Tribunal sentenciador una propuesta de libertad definitiva». El art. 24.1 exige «la aprobación de la libertad definitiva por el Tribunal sentenciador». Con las seis causas refundidas, la condena se extingue el 15 de mayo de 2018 y la propuesta se dirige a cada uno de los órganos sentenciadores, no al Juez de Vigilancia.
Artículos: 24.1, 24.2, 24.4 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 8, pregunta 5. Plantilla correctora oficial del segundo ejercicio publicada por el Tribunal el 30-11-2010 (con sello) vista. Cuestionario tomado de la reproducción de prisionesformacion.com. Que la propuesta vaya a cada uno de los seis sentenciadores es criterio de la plantilla (refundición de condenas), no texto literal del Reglamento.
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias · 2010
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Pregunta 4La adopción para un penado de un modelo de ejecución que combine aspectos de varios grados de tratamiento requiere un programa específico y la aprobación:
- Del Juez de Vigilancia Penitenciaria. · Respuesta correcta
- De la Junta de Tratamiento.
- Del Consejo de Dirección.
- Del Centro Directivo de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
Ver la justificación
El artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario permite combinar aspectos de distintos grados cuando la medida se fundamente en un programa específico de tratamiento, y añade que esa medida «requerirá de la ulterior aprobación del Juez de Vigilancia correspondiente, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad».
Artículo: 100.2 · Título IV · Separación y clasificación. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuadernillo de 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla del Tribunal.
Pregunta 14Las actividades formativas de los internos de un Centro Penitenciario las determina:
- El Director del Centro Penitenciario.
- El Consejo de Dirección. · Respuesta correcta
- El Coordinador de Formación.
- La Junta de Tratamiento.
Ver la justificación
El artículo 118.1 del Reglamento Penitenciario dispone que «las actividades educativas, formativas, socioculturales y deportivas se determinarán por el Consejo de Dirección, teniendo en cuenta los planes de actuación del Centro Directivo, a partir de los programas individualizados elaborados por las Juntas de Tratamiento».
Artículo: 118.1 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuadernillo de 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla del Tribunal.
Pregunta 23Cuando para un grupo de internos de un Centro Penitenciario se organicen programas basados en el principio de comunidad terapéutica, corresponde ejercer las funciones de la Comisión Disciplinaria:
- A la propia Comisión Disciplinaria.
- Al Consejo de Dirección.
- A la Junta de Tratamiento. · Respuesta correcta
- Al Equipo de Tratamiento.
Ver la justificación
El artículo 115.2 del Reglamento Penitenciario dispone que, autorizado el grupo por el Centro Directivo, «la Junta de Tratamiento que esté al frente del mismo asumirá las funciones que tienen atribuidas el Consejo de Dirección y la Comisión Disciplinaria del Centro penitenciario».
Artículo: 115.2 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuadernillo de 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla del Tribunal.
Pregunta 60De acuerdo con el artículo 258 del Reglamento Penitenciario vigente:
- Las faltas disciplinarias muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses, desde la fecha en que se hubiese cumplido la sanción.
- Las faltas disciplinarias muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses, desde la fecha en que se hubiese cometido la infracción. · Respuesta correcta
- Las faltas disciplinarias muy graves y las graves, prescribirán a los tres años y las leves a los seis meses, desde la fecha en que se hubiese cumplido la sanción.
- Las faltas disciplinarias muy graves y las graves, prescribirán a los tres años y las leves a los seis meses, desde la fecha en que se hubiese cometido la infracción.
Ver la justificación
El artículo 258.1 del Reglamento Penitenciario dispone que «las faltas disciplinarias muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses, desde la fecha en que se hubiese cometido la infracción».
Artículo: 258.1 · Título X · Régimen disciplinario y recompensas. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuadernillo de 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla del Tribunal.
Pregunta 64Las Unidades Dependientes creadas por convenio entre la Administración Penitenciaria y Asociaciones Benéficas:
- Dependen únicamente de la asociación benéfica.
- Dependen administrativamente de un Centro Penitenciario. · Respuesta correcta
- Dependen administrativamente de la Subdirección General de Medio Abierto.
- Son gestionadas económicamente por el Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
Ver la justificación
El artículo 165.3 del Reglamento Penitenciario dispone que las Unidades Dependientes «administrativamente dependerán siempre de un Centro penitenciario», cuyos órganos conservan sus competencias respecto de los internos allí destinados.
Artículo: 165.3 · Título VII · Formas especiales de ejecución. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuadernillo de 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla del Tribunal.
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