LeyesReglamento Penitenciario 2009
Preguntas del Reglamento Penitenciario en los exámenes de 2009
Las 67 preguntas oficiales sobre Reglamento Penitenciario de 3 exámenes celebrados en 2009, con la respuesta de la plantilla y la justificación de cada una.
Justificaciones revisadas con el texto vigente (BOE-A-1996-3307): sus reformas.
2009 en cifras
Qué se preguntó del Reglamento Penitenciario en 2009
Oposiciones: Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.
- 67preguntas oficiales del Reglamento Penitenciario
- 3exámenes
- 67·0·0estatales · autonómicas · locales
- Art. 154el más preguntado (5 veces); le siguen el 93, el 114 y el 15
Preguntas oficiales de 2009
Las preguntas, examen por examen
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200967 preguntas · 3 exámenes
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Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias · 2009
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Pregunta 33El régimen ordinario no se aplicará a:
- Penados sin clasificar.
- Detenidos.
- Penados clasificados en tercer grado. · Respuesta correcta
- Presos preventivos.
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Según el artículo 74.1 del Reglamento Penitenciario, «El régimen ordinario se aplicará a los penados clasificados en segundo grado, a los penados sin clasificar y a los detenidos y presos». Los penados en tercer grado quedan fuera porque, según el artículo 74.2, a ellos se les aplica el régimen abierto.
Artículos: 74.1, 74.2 · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 34Según los criterios de clasificación interior de la población reclusa previstos en la legislación penitenciaria, es incorrecto que:
- Hombres y mujeres en ningún caso podrán compartir un mismo departamento. · Respuesta correcta
- Los menores de 21 años podrán ser trasladados a departamentos de adultos cuando así lo autorice la Junta de Tratamiento.
- Los detenidos y presos estarán separados de los condenados.
- Los detenidos y presos por delitos dolosos estarán separados de los que están por delitos imprudencia.
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El artículo 99.3 del Reglamento Penitenciario dispone que «Excepcionalmente, hombres y mujeres podrán compartir un mismo departamento previo consentimiento de unos y otras». Por eso es incorrecto decir que «en ningún caso» pueden compartirlo. Las demás opciones son ciertas: el artículo 99.4 permite trasladar a los menores de veintiún años a departamentos de adultos «cuando así lo autorice la Junta de Tratamiento», y el artículo 16 de la LOGP ordena las otras dos separaciones.
Artículos: 99.3, 99.4 · Título IV · Separación y clasificación. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Pregunta que mezcla el art. 16 LOGP y el art. 99 RP; se asigna al Reglamento porque es el art. 99.3 RP el que resuelve la opción correcta. Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 35La asignación de las distintas modalidades de régimen cerrado a un interno:
- Será acordada por la Junta de Tratamiento, previo informe del Equipo Técnico. · Respuesta correcta
- Será acordada por el Consejo de Dirección y será autorizada por el centro Directivo.
- Se revisará en el plazo máximo de seis meses.
- Deberá ser aprobada por el Juez de Vigilancia.
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El artículo 92.1 del Reglamento Penitenciario establece que «La asignación de las modalidades de vida previstas en el artículo anterior será acordada por la Junta de Tratamiento, previo informe del Equipo Técnico, y será autorizada por el Centro Directivo». No la acuerda el Consejo de Dirección y no la aprueba el Juez de Vigilancia. Además, el artículo 92.3 fija la revisión «en el plazo máximo de tres meses», no de seis.
Artículos: 92.1, 92.3 · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 37El régimen de los departamentos especiales se ajustará a las siguientes normas:
- Los internos disfrutarán, como máximo, de dos horas diarias de salida al patio.
- En las salidas al patio no podrán permanecer, en ningún caso, más de tres internos juntos.
- Diariamente deberán practicarse registros de las celdas y cacheo de los internos. · Respuesta correcta
- No habrá en estos departamentos servicio de peluquería ni barbería
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El artículo 93.1.2.ª del Reglamento Penitenciario dispone que «Diariamente deberá practicarse registro de las celdas y cacheo de los internos». Las demás opciones contradicen el mismo artículo: la regla 1.ª garantiza «como mínimo, tres horas diarias de salida al patio», la regla 3.ª limita a «más de dos internos juntos» y la regla 5.ª prevé normas sobre «servicios de barbería, duchas, peluquería».
Artículo: 93.1 · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 42El seguimiento con aprovechamiento de las actividades educativas y formativas, se estimulará, según la actual normativa penitenciaria, mediante:
- Los beneficios penitenciarios y recompensas que procedan. · Respuesta correcta
- La progresión de grado de tratamiento.
- La expedición de certificaciones acreditativas de los cursos o actividades.
- La cancelación de sanciones disciplinarias.
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El artículo 119.1 del Reglamento Penitenciario dispone que «El seguimiento con aprovechamiento de las actividades educativas y formativas y, en general, de todas a las que se refiere el artículo anterior se estimulará mediante los beneficios penitenciarios y recompensas que procedan». Las certificaciones del artículo 119.2 se expiden a solicitud del interno, pero no son el estímulo que prevé la norma.
Artículo: 119.1 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 44En las salidas programadas, reguladas en el Art. 114 del RP, se establece que:
- No podrán disfrutar de las mismas aquellos internos que no salgan habitualmente de permiso ordinario.
- No hay límite en cuanto al número de días que puede durar la salida.
- El centro Directivo sólo deberá aprobar aquellas de duración hasta 48 horas.
- En todo caso los internos serán acompañados por personal del centro o de otras instituciones. · Respuesta correcta
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El artículo 114.2 del Reglamento Penitenciario establece que «En todo caso, los internos serán acompañados por personal del Centro penitenciario o de otras instituciones o por voluntarios que habitualmente realicen actividades relacionadas con el tratamiento penitenciario de los reclusos». El artículo 114.5 dice que su duración, «como regla general», no será superior a dos días, y el 114.4 exige siempre la aprobación del Centro Directivo.
Artículo: 114.2 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 45De acuerdo con el Art. 30.2 del Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, cuando un interno sea excarcelado:
- La Administración Penitenciaria le entregará un billete de tren hasta su residencia si la tiene fijada en una localidad distinta a la del lugar del Centro Penitenciario donde se encuentra.
- En todo caso la Administración Penitenciaria le facilitará los medios necesarios para llegar a su residencia y también para subvenir a sus primeros gastos.
- La Administración Penitenciaria, si el interno carece de medios económicos, le facilitará los necesarios para llegar a su residencia y subvenir a sus primeros gastos. · Respuesta correcta
- Sólo los internos penados tienen derecho a que la Administración Penitenciaria les facilite los medios necesarios para llegar a su residencia y subvenir a sus primeros gastos.
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El artículo 30.2 del Reglamento Penitenciario dispone: «Si el interno careciese de medios económicos, la Administración penitenciaria le facilitará los necesarios para llegar a su residencia y subvenir a sus primeros gastos». La ayuda depende de que el interno carezca de medios, no se da «en todo caso» y no se limita a los penados.
Artículo: 30.2 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 46Según el artículo 196.1 del Reglamento Penitenciario, se elevará al Juez de Vigilancia Penitenciaria el expediente de libertad condicional de los penados que hubiesen cumplido:
- Setenta años o los cumplan durante la extinción de la condena. · Respuesta correcta
- Setenta y dos años o los cumplan durante la extinción de la condena.
- Sesenta y cinco años o los cumplan durante la extinción de la condena.
- Setenta y cinco años o los cumplan durante la extinción de la condena.
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El artículo 196.1 del Reglamento Penitenciario dispone: «Se elevará al Juez de Vigilancia el expediente de libertad condicional de los penados que hubiesen cumplido setenta años o los cumplan durante la extinción de la condena». La edad que fija la norma es, por tanto, setenta años.
Artículo: 196.1 · Título VIII · Libertad condicional y beneficios. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 49Por la comisión de las faltas graves, tipificadas en el Art. 109 del Reglamento Penitenciario, aprobado por Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, podrán imponerse las sanciones de:
- Privación de permisos de salida por tiempo no superior a dos meses. · Respuesta correcta
- Privación de permisos de salida por tiempo igual a tres meses.
- Privación de permisos de salida por tiempo igual a seis meses.
- Privación de permisos de salida por tiempo igual a 1 año.
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El artículo 233.2.b) del Reglamento Penitenciario de 1996 dispone que, por las faltas graves del artículo 109 del Reglamento de 1981, «las restantes faltas graves se sancionarán con privación de permisos de salida por tiempo igual o inferior a dos meses». Ninguna de las otras duraciones cabe en ese límite.
Artículos: 233.2.b, RP81 art. 111 · Título X · Régimen disciplinario y recompensas. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 50Cuando un interno reingrese en un Centro Penitenciario, la sanción o sanciones que le hubiesen sido impuestas en un ingreso anterior y que hubiesen quedado incumplidas total o parcialmente por la libertad provisional o definitiva del interno, aunque no hayan transcurrido los plazos establecidos para la prescripción, éstas:
- Se declararán extinguidas automáticamente. · Respuesta correcta
- Deberá cumplirlas en su totalidad.
- Deberá cumplir la cuarta parte de las mismas.
- Deberá cumplir la mitad de las mismas.
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El artículo 259 del Reglamento Penitenciario dispone: «Cuando un interno reingrese en un Centro Penitenciario se declararán extinguidas automáticamente la sanción o sanciones que hubiesen sido impuestas en un ingreso anterior y que hubiesen quedado incumplidas total o parcialmente por la libertad provisional o definitiva del interno, aunque no hayan transcurrido los plazos establecidos para la prescripción».
Artículo: 259 · Título X · Régimen disciplinario y recompensas. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 51Son faltas muy graves en nuestra vigente normativa penitenciaria:
- Agredir o hacer objeto de coacción grave a otros internos. · Respuesta correcta
- Desobedecer las órdenes recibidas de autoridades o funcionarios en el ejercicio legítimo de sus atribuciones o resistirse pasivamente a cumplirlas.
- Introducir, hacer salir o poseer en el Establecimiento objetos que se hallaren prohibidos por las normas de régimen interior.
- Instigar a otros reclusos a motines, plantes o desordenes colectivos, sin conseguir ser secundados por éstos.
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El artículo 108 del Reglamento Penitenciario de 1981, que sigue vigente por la disposición derogatoria única.3 del Real Decreto 190/1996, tipifica como falta muy grave en su letra c) «Agredir o hacer objeto de coacción grave a otros internos». Las otras tres conductas son faltas graves del artículo 109: desobedecer (letra b), instigar sin ser secundado (letra c) e introducir objetos prohibidos (letra f).
Artículos: RP81 art. 108, RP81 art. 109 · RP 1981 vigente. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Texto del RP de 1981 según la redacción del RD 787/1984 (BOE 25-4-1984), mantenida en vigor por la disp. derogatoria única.3 del RD 190/1996. Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 62La regulación de las salidas programadas se introduce en nuestra normativa penitenciaria con:
- La Ley Orgánica General Penitenciaria.
- El Reglamento Penitenciario de 1981.
- El Código Penal de 1995.
- El Reglamento Penitenciario de 1996. · Respuesta correcta
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Las salidas programadas se regulan en el artículo 114 del Reglamento Penitenciario de 1996, que las permite «para la realización de actividades específicas de tratamiento». El preámbulo del Real Decreto 190/1996 las presenta como una de sus novedades: «la regulación de las formas especiales de ejecución (Título VII), de las salidas programadas (artículo 114) y de los programas de actuación especializada (artículos 116 y 117) proporcionan los medios necesarios para adaptar el tratamiento». Ni la LOGP ni el Código Penal las regulan.
Artículo: 114 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 63Al amparo del artículo 8 del Reglamento Penitenciario, son datos penitenciarios de los reclusos especialmente protegidos: (Señale la opción incorrecta)
- Todos los de carácter personal. · Respuesta correcta
- Los relativos a opiniones políticas.
- Las convicciones filosóficas.
- La vida sexual.
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El artículo 8.1 del Reglamento Penitenciario solo protege especialmente los datos de carácter personal de los reclusos «relativos a opiniones políticas, a convicciones religiosas o filosóficas, al origen racial y étnico, a la salud o a la vida sexual». No lo son todos los datos personales, que se rigen por el artículo 7.
Artículo: 8.1 · Título I · Disposiciones generales. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 64Según el Art. 230.1 del Reglamento Penitenciario, ¿todos los internos tendrán derecho a dirigirse a una confesión para solicitar su asistencia?
- Sí, en todos los casos.
- Sí, pero debe estar registrada y que la asistencia prestada respete siempre los derechos de las restantes personas. · Respuesta correcta
- Sí, siempre que tenga convenio de colaboración suscrito con la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
- Sí, siempre que respete el derecho de los restantes internos.
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El artículo 230.1 del Reglamento Penitenciario dispone: «Todos los internos tendrán derecho a dirigirse a una confesión religiosa registrada para solicitar su asistencia siempre que ésta se preste con respeto a los derechos de las restantes personas». Se exigen, por tanto, dos condiciones: que la confesión esté registrada y que se respeten los derechos de las demás personas, no solo los de los internos.
Artículo: 230.1 · Título IX · Prestaciones. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 66¿El "Principio Celular" está recogido en nuestro ordenamiento penitenciario?
- No, desde el siglo XIX se descartó de nuestro Ordenamiento Penitenciario.
- Si, en el artículo 12 del Reglamento Penitenciario.
- No, está expresamente rechazado en las Reglas Penitenciarias Europeas.
- Si, en el artículo 13 del Reglamento Penitenciario. · Respuesta correcta
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El artículo 13.1 del Reglamento Penitenciario, titulado «El principio celular», dispone que «El sistema penitenciario estará orientado por el principio celular, de manera que cada interno disponga de una celda». El principio está en el artículo 13, no en el 12.
Artículo: 13.1 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 67En el supuesto de que la orden de detención proceda de la Policía Judicial, regulado en el artículo 15 del Reglamento Penitenciario, en la misma deberán constar expresamente los siguientes extremos:
- Datos identificativos del detenido, delito imputado, que se halla a disposición judicial, hora y día de vencimiento del plazo máximo de detención. · Respuesta correcta
- Datos identificativos de las diligencias de investigación, motivo de la detención, que se halla a disposición judicial, hora y día de la detención.
- Datos identificativos de las diligencias de investigación, motivo de la detención, que se haya a disposición judicial, hora y día de la detención.
- Datos identificativos del detenido, delito imputado, que se halla a disposición judicial, hora y día de la detención.
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El artículo 15.2 del Reglamento Penitenciario exige que en la orden de la Policía Judicial consten «a) Datos identificativos del detenido. b) Delito imputado. c) Que se halla a disposición judicial. d) Hora y día de vencimiento del plazo máximo de detención». Lo que debe constar es el vencimiento del plazo máximo, no la hora de la detención. Los datos de las diligencias de investigación corresponden a la orden del Ministerio Fiscal (artículo 15.3).
Artículo: 15.2 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 68La estancia de un penado por plazo superior a cinco días en el Departamento de Ingreso, según el artículo 20.3 del Reglamento Penitenciario, sólo podrá estar motivada por:
- Razones sanitarias, únicamente.
- Razones sanitarias o para preservar la seguridad del penado. · Respuesta correcta
- Razones de tratamiento.
- Exclusivamente por razones de seguridad del Centro y se dará cuenta de tal extremo al Juez de Vigilancia.
Ver la justificación
El artículo 20.3 del Reglamento Penitenciario dispone que la estancia en el departamento de ingresos «será, como máximo, de cinco días y sólo podrá prolongarse por motivos de orden sanitario o para preservar su seguridad». Se trata de la seguridad del propio interno, no de la del centro.
Artículo: 20.3 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 69Al amparo del Art. 68.4 del Reglamento Penitenciario, ¿se podría practicar, sin su consentimiento, a un interno del que se sospecha que está introduciendo droga en el centro penitenciario dentro de su cuerpo, control con Rayos 'X'?
- Sí, si el resultado del cacheo con desnudo integral fuese infructuoso y persistiera la sospecha y previa autorización de la Autoridad Judicial competente. · Respuesta correcta
- Sí, siendo necesario para ello solamente la autorización del Director.
- Sí, siendo necesario para ello solamente la autorización del Director e informe favorable del médico del Establecimiento.
- No, salvo que esté en peligro la vida del interno.
Ver la justificación
El artículo 68.4 del Reglamento Penitenciario dispone: «Si el resultado del cacheo con desnudo integral fuese infructuoso y persistiese la sospecha, se podrá solicitar por el Director a la Autoridad judicial competente la autorización para la aplicación de otros medios de control adecuados». El director solicita la autorización, pero no basta con la suya: tiene que autorizarlo el juez.
Artículo: 68.4 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 71Según el Art. 71.1 del Reglamento Penitenciario, las medidas de seguridad se regirán por los principios de:
- Legalidad y proporcionalidad.
- Necesidad y legalidad.
- Necesidad y oportunidad.
- Necesidad y proporcionalidad. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 71.1 del Reglamento Penitenciario dispone que «Las medidas de seguridad se regirán por los principios de necesidad y proporcionalidad y se llevarán siempre a cabo con el respeto debido a la dignidad y a los derechos fundamentales».
Artículo: 71.1 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 72El desarrollo reglamentario de los medios coercitivos se encuentra:
- En el Titulo XI de la Organización de los Centros Penitenciarios.
- En el Título X Capítulo I del Régimen Disciplinario y de las Recompensas.
- En el Título III del Régimen de los Establecimientos Penitenciarios.
- En el Título II Capítulo VIII de la Seguridad de los establecimientos. · Respuesta correcta
Ver la justificación
Los medios coercitivos se regulan en el artículo 72 del Reglamento Penitenciario, que desarrolla el artículo 45.1 de la LOGP. Ese artículo está en el Capítulo VIII («De la seguridad de los Establecimientos») del Título II. El artículo 72.1 enumera como tales «el aislamiento provisional, la fuerza física personal, las defensas de goma, los aerosoles de acción adecuada y las esposas».
Artículo: 72 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 77En la normativa penitenciaria, entre los casos especiales de clasificación se contempla la de los enfermos muy graves con padecimientos incurables, según informe médico. En estos supuestos:
- Se clasificarán inicialmente en tercer grado de tratamiento.
- Se podrán clasificar en tercer grado aunque tengan causa preventiva.
- Se concederá directamente la libertad condicional, aunque no hayan cumplido las ¾ partes de la condena.
- Podrán ser clasificados en tercer grado, con independencia de las variables intervinientes en el proceso de clasificación. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario dispone que «Los penados enfermos muy graves con padecimientos incurables, según informe médico, con independencia de las variables intervinientes en el proceso de clasificación, podrán ser clasificados en tercer grado por razones humanitarias y de dignidad personal». La clasificación es potestativa («podrán»), y el artículo 104.1 impide clasificar mientras haya causa preventiva.
Artículo: 104.4 · Título IV · Separación y clasificación. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Pregunta 81No está recogido como requisito para poder disfrutar de permisos ordinarios de salida en el Reglamento Penitenciario:
- Estar clasificado en segundo o tercer grado de tratamiento.
- No observar mala conducta.
- Estar realizando alguna actividad. · Respuesta correcta
- Haber extinguido la cuarta parte de la condena.
Ver la justificación
El artículo 154.1 del Reglamento Penitenciario permite conceder permisos ordinarios «a los condenados clasificados en segundo o tercer grado respectivamente, siempre que hayan extinguido la cuarta parte de la condena o condenas y no observen mala conducta». Estar realizando alguna actividad no es uno de esos requisitos.
Artículo: 154.1 · Título VI · Permisos de salida. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 82Según el Art. 192 del Reglamento Penitenciario, la libertad condicional se podrá aplicar a los internos que reúnan los requisitos establecidos para ello en el Código Penal y que se encuentren en situación de:
- Penados clasificados en primer grado y que hayan cumplido las ¾ partes de la condena.
- Penados clasificados en segundo grado y que hayan cumplido las ¾ partes de la condena.
- Penados clasificados en tercer grado. · Respuesta correcta
- Penados clasificados en segundo grado y que hayan cumplido las 2/3 partes de la condena.
Ver la justificación
El artículo 192 del Reglamento Penitenciario dispone que «Los penados clasificados en tercer grado que reúnan los demás requisitos establecidos al efecto en el Código Penal cumplirán el resto de su condena en situación de libertad condicional». El requisito reglamentario es estar clasificado en tercer grado.
Artículo: 192 · Título VIII · Libertad condicional y beneficios. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
En la reproducción, las fracciones de las opciones A y B aparecen mal extraídas («%», «3A»); se transcriben como ¾. Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 83La Junta de Tratamiento, previa propuesta del Equipo Técnico, podrá solicitar la tramitación de un indulto particular, previsto en el artículo 206 del Reglamento Penitenciario:
- Al Ministerio de Justicia.
- A la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
- Al Juez de Vigilancia Penitenciaria. · Respuesta correcta
- Al Ministerio del Interior.
Ver la justificación
El artículo 206.1 del Reglamento Penitenciario dispone que «La Junta de Tratamiento, previa propuesta del Equipo Técnico, podrá solicitar del Juez de Vigilancia Penitenciaria la tramitación de un indulto particular». La solicitud se dirige al Juez de Vigilancia, no a un ministerio ni a la Secretaría General.
Artículo: 206.1 · Título VIII · Libertad condicional y beneficios. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 87Los cursos de formación básica regulados en el artículo 122 del Reglamento Penitenciario, tendrán carácter obligatorio:
- Para todos los internos.
- Nunca tendrán carácter obligatorio, ya que el tratamiento es voluntario.
- Para internos penados, pero no para preventivos.
- Para aquellos internos que carezcan de los conocimientos propios de la formación de las enseñanzas básicas. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 122.2 del Reglamento Penitenciario dispone que los cursos que determinen los servicios educativos «tendrán carácter obligatorio sólo cuando los internos carezcan de los conocimientos propios de la formación de las enseñanzas básicas».
Artículo: 122.2 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 88Se podrá autorizar que el interno disponga de un ordenador personal, por razones de carácter educativo o cultural que lo hagan necesario o aconsejable:
- A todos aquellos internos que realicen alguna actividad formativa reglada.
- Cuando el interno presente una memoria justificativa de la necesidad avalada por el profesor o tutor. · Respuesta correcta
- Nunca se podrá autorizar para internos clasificados en primer grado o Art. 10 LOGP.
- Para la posible autorización, es necesario informe previo favorable de la Junta de Tratamiento.
Ver la justificación
El artículo 129.1 del Reglamento Penitenciario dispone que se podrá autorizar un ordenador personal por razones educativas o culturales y que «Con este fin, se exigirá que el interno presente una memoria justificativa de la necesidad avalada por el Profesor o Tutor». El precepto no exige informe de la Junta de Tratamiento ni excluye expresamente a ningún grado.
Artículo: 129.1 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario oficial de la SGIP (octubre 2009) reproducido por prisionesformacion.com; clave: plantilla publicada por el Tribunal el 5-10-2009 («copia de la plantilla del ejercicio realizado el 4 de octubre de 2009»).
Pregunta 106Los valores de las raciones alimenticias por día y plaza de interno:
- Serán iguales para todos los centros penitenciarios, necesariamente.
- Serán iguales para todos los centros penitenciarios de la misma Comunidad Autónoma, necesariamente.
- Serán iguales para todos los centros penitenciarios de la misma provincia, necesariamente.
- Podrán ser distintos para los diferentes centros penitenciarios en función de la agrupación que se establezca exclusivamente para este fin. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 308.1 del Reglamento Penitenciario prevé que los valores de las raciones alimenticias por día y plaza de interno se fijen anualmente y añade: «Estos valores podrán ser distintos para los diferentes centros penitenciarios en función de la agrupación que se establezca exclusivamente para este fin».
Artículo: 308.1 · Título XII · Régimen económico-administrativo. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Pregunta 107En las cocinas gestionadas directamente por la Administración Penitenciaria, la adquisición de productos de alimentación utilizando proveedores ajenos a la propia administración, se hará por la vía de:
- Pagos a justificar, exclusivamente.
- Expedientes de contratación administrativa de suministros o pagos a justificar, exclusivamente.
- Pagos a justificar, anticipos de caja fija o expedientes de contratación administrativa de suministros. · Respuesta correcta
- Expedientes de contratación administrativa de suministros, exclusivamente.
Ver la justificación
El artículo 312 del Reglamento Penitenciario dispone que, cuando la cocina se gestione directamente por la Administración, la adquisición de productos de alimentación se hará «utilizando proveedores ajenos a la propia Administración, vía pagos a justificar, anticipos de caja fija o expedientes de contratación administrativa de suministros». La norma admite las tres vías.
Artículo: 312 · Título XII · Régimen económico-administrativo. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
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Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias · 2009
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Pregunta 7Supuesto: Antonio G. A., funcionario de ayuntamiento, sin antecedentes penales, ingresa en prisión para cumplir una sentencia condenatoria firme por un total de 5 años y 20 días, por ser autor de un delito de resistencia a la autoridad y coautor en otro delito, que según relata la sentencia consistió en que en un camión de su propiedad se dedicaba a distribuir por distintos comercios de la provincia carne de vacuno que le facilitaba su socio, también condenado por el mismo delito, que se dedicaba, como ganadero y con la financiación de ambos, a la cría, engorde con sustancias prohibidas y sacrificio en matadero ilegal de las reses, sin controles veterinarios ni sanitarios. Al mes y medio de ingresar, la Junta de Tratamiento del centro penitenciario propone que Antonio G. A. sea clasificado inicialmente en Tercer Grado de Tratamiento, en la modalidad prevista por el Artículo 82 de Reglamento Penitenciario y destino en la Sección Abierta del mismo establecimiento. Según establece el artículo 106.4 del Reglamento Penitenciario:
- Si Antonio G. A. no participa en un programa individualizado de tratamiento, la valoración de su evolución se realizará en la forma descrita en el artículo 112.4, salvo cuando la Junta de Tratamiento haya podido efectuar una valoración de la integración social del interno por otros medios legítimos. · Respuesta correcta
- Si Antonio G. A. estuviese ya clasificado y le fuera decretada prisión preventiva, quedará sin efecto dicha clasificación, dando cuenta al Centro Directivo.
- La resolución de clasificación adoptada por el Centro Directivo se notificará al Ministerio Fiscal dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de su adopción.
- Cada seis meses como máximo, Antonio G. A. deberá ser estudiado individualmente para evaluar y reconsiderar, en su caso, todos los aspectos establecidos en el modelo individualizado de tratamiento al formular su propuesta de clasificación individual
Ver la justificación
El artículo 106.4 del Reglamento Penitenciario dispone que «Cuando el interno no participe en un programa individualizado de tratamiento, la valoración de su evolución se realizará en la forma descrita en el artículo 112.4, salvo cuando la Junta de Tratamiento haya podido efectuar una valoración de la integración social del interno por otros medios legítimos». La opción B reproduce el artículo 104.2 y la D el artículo 105.1, pero la pregunta se refiere al 106.4.
Artículo: 106.4 · Título IV · Separación y clasificación. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 2, pregunta 2. Supuestos prácticos oficiales de la SGIP (octubre 2009) reproducidos por prisionesformacion.com; clave: plantilla del Tribunal de 5-10-2009 (segunda parte).
Pregunta 9Supuesto: Antonio G. A., funcionario de ayuntamiento, sin antecedentes penales, ingresa en prisión para cumplir una sentencia condenatoria firme por un total de 5 años y 20 días, por ser autor de un delito de resistencia a la autoridad y coautor en otro delito, que según relata la sentencia consistió en que en un camión de su propiedad se dedicaba a distribuir por distintos comercios de la provincia carne de vacuno que le facilitaba su socio, también condenado por el mismo delito, que se dedicaba, como ganadero y con la financiación de ambos, a la cría, engorde con sustancias prohibidas y sacrificio en matadero ilegal de las reses, sin controles veterinarios ni sanitarios. Al mes y medio de ingresar, la Junta de Tratamiento del centro penitenciario propone que Antonio G. A. sea clasificado inicialmente en Tercer Grado de Tratamiento, en la modalidad prevista por el Artículo 82 de Reglamento Penitenciario y destino en la Sección Abierta del mismo establecimiento. Respecto de la propuesta de clasificación inicial, a tenor de lo previsto en el Artículo 103.2 del Reglamento Penitenciario:
- La Junta de Tratamiento ha superado el plazo máximo de un mes, aunque dicho órgano colegiado puede solicitar una prórroga de un mes más para realizar la propuesta, a tenor de lo dispuesto en el apartado 6º del artículo 103 del Reglamento Penitenciario.
- Se ha realizado dentro del plazo previsto, dado que la propuesta, al ser ejecutiva, puede efectuarse en los dos primeros meses a contar desde el día del ingreso del interno.
- La propuesta se formulará en el impreso normalizado por el Centro Directivo en el plazo máximo de dos meses, ampliable a un mes más, a contar desde el ingreso del interno en el Centro Penitenciario.
- La propuesta se formulará en el impreso normalizado aprobado por el Centro Directivo en el plazo máximo de dos meses desde la recepción en el Establecimiento del testimonio de la sentencia. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 103.2 del Reglamento Penitenciario dispone: «La propuesta se formulará en el impreso normalizado aprobado por el Centro Directivo en el plazo máximo de dos meses desde la recepción en el Establecimiento del testimonio de la sentencia». El plazo se cuenta desde que llega el testimonio de sentencia, no desde el ingreso. La ampliación del artículo 103.6 se refiere a la resolución del Centro Directivo, no a la propuesta de la Junta.
Artículo: 103.2 · Título IV · Separación y clasificación. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 2, pregunta 4. Supuestos prácticos oficiales de la SGIP (octubre 2009) reproducidos por prisionesformacion.com; clave: plantilla del Tribunal de 5-10-2009 (segunda parte).
Pregunta 10Supuesto: Antonio G. A., funcionario de ayuntamiento, sin antecedentes penales, ingresa en prisión para cumplir una sentencia condenatoria firme por un total de 5 años y 20 días, por ser autor de un delito de resistencia a la autoridad y coautor en otro delito, que según relata la sentencia consistió en que en un camión de su propiedad se dedicaba a distribuir por distintos comercios de la provincia carne de vacuno que le facilitaba su socio, también condenado por el mismo delito, que se dedicaba, como ganadero y con la financiación de ambos, a la cría, engorde con sustancias prohibidas y sacrificio en matadero ilegal de las reses, sin controles veterinarios ni sanitarios. Al mes y medio de ingresar, la Junta de Tratamiento del centro penitenciario propone que Antonio G. A. sea clasificado inicialmente en Tercer Grado de Tratamiento, en la modalidad prevista por el Artículo 82 de Reglamento Penitenciario y destino en la Sección Abierta del mismo establecimiento. Si Antonio G. A. padeciera una enfermedad incurable en estado terminal:
- Los penados enfermos muy graves con padecimientos incurables, según informe médico, con independencia de las variables intervinientes en el proceso de clasificación, podrán ser clasificados en tercer grado por razones humanitarias y de dignidad personal, atendiendo a la dificultad para delinquir y su escasa peligrosidad. (Art 104, 4 Reglamento Penitenciario). · Respuesta correcta
- Previo informe médico, el Juez de Vigilancia Penitenciaria puede conceder la libertad definitiva, por razones humanitarias y sin necesidad de clasificación previa en tercer grado, tal como contempla el artículo 92 del Código Penal, precisamente porque queda acreditada la dificultad para delinquir y su escasa peligrosidad.
- Si el delito fue cometido por un funcionario público deberá cumplir, al menos la cuarta parte de la condena antes de poder obtener la clasificación en tercer grado.
- Todas las respuestas son falsas.
Ver la justificación
El artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario dispone que «Los penados enfermos muy graves con padecimientos incurables, según informe médico, con independencia de las variables intervinientes en el proceso de clasificación, podrán ser clasificados en tercer grado por razones humanitarias y de dignidad personal, atendiendo a la dificultad para delinquir y a su escasa peligrosidad». La opción A reproduce ese precepto.
Artículo: 104.4 · Título IV · Separación y clasificación. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 2, pregunta 5. Supuestos prácticos oficiales de la SGIP (octubre 2009) reproducidos por prisionesformacion.com; clave: plantilla del Tribunal de 5-10-2009 (segunda parte).
Pregunta 21Supuesto: El interno FGH está condenado a 7 años, de los que acaba de extinguir 20 meses, está clasificado en segundo grado y manifiesta muy buena conducta y buen aprovechamiento en las actividades programadas por el centro. FGH acaba de recibir un telegrama que le invita a la fiesta de graduación de su único sobrino, quien adjunta un certificado del Director del Instituto donde acredita los estudios de bachillerato terminados, y una invitación a los familiares de alumnos que deseen acudir a la fiesta que tendrá lugar el próximo sábado, dentro de cinco días, donde se entregarán los diplomas de recuerdo. FGH solicita permiso ordinario de cuatro días al Director del Centro Penitenciario:
- El motivo alegado no justifica la tramitación de un permiso ordinario previsto en el artículo 154.1, pero sí una salida de las previstas en el artículo 117.
- Sí, procede tramitar favorablemente, previo informe preceptivo del Equipo Técnico, la concesión de un permiso de salida ordinario de hasta siete días, ya que el interno reúne todos los requisitos exigidos por el artículo 154.1 del Reglamento Penitenciario.
- No reúne los requisitos exigidos por el artículo 154.1 del Reglamento Penitenciario. · Respuesta correcta
- Sí procede conceder un permiso ordinario de cuatro días, porque además de cumplir todos los requisitos exigidos por el Artículo 154.1 del Reglamento Penitenciario, está plenamente acreditada la buena conducta, el buen aprovechamiento en las actividades programadas y existen motivos familiares, perfectamente documentados.
Ver la justificación
El artículo 154.1 del Reglamento Penitenciario exige para los permisos ordinarios que los penados «hayan extinguido la cuarta parte de la condena o condenas y no observen mala conducta». La cuarta parte de 7 años (84 meses) son 21 meses, y FGH solo ha cumplido 20. Por eso todavía no reúne los requisitos, aunque su conducta sea buena.
Artículo: 154.1 · Título VI · Permisos de salida. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 5, pregunta 1. Supuestos prácticos oficiales de la SGIP (octubre 2009) reproducidos por prisionesformacion.com; clave: plantilla del Tribunal de 5-10-2009 (segunda parte).
Pregunta 22Supuesto: El interno FGH está condenado a 7 años, de los que acaba de extinguir 20 meses, está clasificado en segundo grado y manifiesta muy buena conducta y buen aprovechamiento en las actividades programadas por el centro. Con los mismos datos citados, a excepción de que FGH, en vez de estar clasificado en segundo grado lo estuviera en tercer grado, en la modalidad Artículo 83 RP:
- El interno FGH podría disfrutar de permisos fin de semana a tenor de lo dispuesto en el artículo 87 del Reglamento Penitenciario, pero no podría disfrutar de permisos ordinarios a tenor de lo dispuesto en el artículo 154.1 del Reglamento Penitenciario. · Respuesta correcta
- FGH podría disfrutar de permisos de fin de semana y de permisos ordinarios hasta un máximo de 48 días por año que corresponden a los internos clasificados en tercer grado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 154.1 del Reglamento Penitenciario.
- Todo interno clasificado en tercer grado puede disfrutar de permisos de salida diarios a trabajar y de permisos de fin de semana pero ya no dispone de permisos ordinarios.
- Su modalidad de tercer grado sólo le autoriza a disfrutar de los domingos libres.
Ver la justificación
Como interno de régimen abierto, FGH puede disfrutar de las salidas de fin de semana que regula el artículo 87 del Reglamento Penitenciario. Los permisos ordinarios del artículo 154.1, en cambio, exigen también en tercer grado haber «extinguido la cuarta parte de la condena o condenas», y FGH lleva 20 de los 21 meses necesarios. El artículo 154.3 confirma que las salidas de fin de semana «propias del régimen abierto» son distintas de los permisos ordinarios.
Artículos: 87, 154.1, 154.3 · Título VI · Permisos de salida. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 5, pregunta 2. Supuestos prácticos oficiales de la SGIP (octubre 2009) reproducidos por prisionesformacion.com; clave: plantilla del Tribunal de 5-10-2009 (segunda parte).
Pregunta 23Supuesto: El interno FGH está condenado a 7 años, de los que acaba de extinguir 20 meses, está clasificado en segundo grado y manifiesta muy buena conducta y buen aprovechamiento en las actividades programadas por el centro. Estando FGH clasificado en segundo grado, si la fiesta de graduación estuviera prevista para mes y medio después, y FGH solicitara permiso extraordinario de dos días.
- El Director puede concederle el disfrute de dicho permiso a tenor de lo previsto en el Artículo 161.4 del Reglamento Penitenciario, dando cuenta al Centro Directivo.
- Se le puede conceder dicho permiso extraordinario, si bien ha de autorizarlo, con carácter previo, la Autoridad judicial sentenciadora de quien depende, a tenor de lo previsto en el Artículo 159 del Reglamento Penitenciario.
- Dado que hay tiempo suficiente para estudiar e informar dicho permiso, se puede tramitar como permiso extraordinario ante el Centro Directivo.
- Procede tramitarlo como permiso ordinario a tenor de lo dispuesto en el artículo 158.2 del Reglamento Penitenciario. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 158.2 del Reglamento Penitenciario dispone que «En ningún caso se concederá un permiso extraordinario cuando el supuesto de hecho o las circunstancias concurrentes permitan su tramitación como permiso ordinario». Dentro de mes y medio FGH habrá superado los 21 meses que son la cuarta parte de su condena, así que podrá pedir un permiso ordinario del artículo 154.1.
Artículos: 158.2, 154.1 · Título VI · Permisos de salida. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 5, pregunta 3. Supuestos prácticos oficiales de la SGIP (octubre 2009) reproducidos por prisionesformacion.com; clave: plantilla del Tribunal de 5-10-2009 (segunda parte).
Pregunta 24Supuesto: El interno FGH está condenado a 7 años, de los que acaba de extinguir 20 meses, está clasificado en segundo grado y manifiesta muy buena conducta y buen aprovechamiento en las actividades programadas por el centro. FGH, con las circunstancias inicialmente expuestas, estando clasificado en segundo grado, dado su bajo perfil de peligrosidad social y que no ofrece riesgos de quebrantamiento de condena tiene la posibilidad de acudir diariamente, de lunes a viernes, cuatro horas, a un programa de atención especializada consistente en una terapia familiar promovida por el ayuntamiento, que se considera necesaria y beneficiosa para su tratamiento y reinserción social. ¿Podría ser autorizado a realizar este programa concreto de atención especializada?
- Si, si la medida ha sido planificada con el interno por la Junta de Tratamiento y estará condicionada a que aquél preste su consentimiento y se comprometa formalmente a observar el régimen de vida propio de la institución y las medidas de seguimiento y control que se establezcan en el programa. · Respuesta correcta
- FGH no puede salir en sus circunstancias a la calle, ya que está clasificado en segundo grado, sólo puede hacerlo si estuviera clasificado en tercer grado.
- FGH si podría salir estando clasificado en segundo grado pero siempre que le quede por extinguir menos de la mitad de la condena impuesta tal como exige el artículo 117 del Reglamento Penitenciario.
- No es posible, ya que no cumple con los requisitos previstos en el artículo 111 del Reglamento Penitenciario.
Ver la justificación
El artículo 117.1 del Reglamento Penitenciario permite que los internos de segundo grado «que presenten un perfil de baja peligrosidad social y no ofrezcan riesgos de quebrantamiento de condena» acudan regularmente a una institución exterior para seguir un programa de atención especializada. El artículo 117.2 añade que la medida «requerirá haber sido planificada con el interno por la Junta de Tratamiento y estará condicionada a que aquél preste su consentimiento y se comprometa formalmente a observar el régimen de vida propio de la institución». El precepto no exige haber cumplido una parte de la condena.
Artículos: 117.1, 117.2 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 5, pregunta 4. Supuestos prácticos oficiales de la SGIP (octubre 2009) reproducidos por prisionesformacion.com; clave: plantilla del Tribunal de 5-10-2009 (segunda parte).
Pregunta 25Supuesto: El interno FGH está condenado a 7 años, de los que acaba de extinguir 20 meses, está clasificado en segundo grado y manifiesta muy buena conducta y buen aprovechamiento en las actividades programadas por el centro. El Centro Penitenciario ha organizado para dentro de dos días una salida programada, de ocho horas, para que un grupo de diez internos, entre los que está FGH, visiten un museo de la localidad acompañados por dos Educadores del Centro Penitenciario.
- El interno no debe ser incluido en el grupo de la salida programada a tenor de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 114 del Reglamento Penitenciario. · Respuesta correcta
- El interno puede, perfectamente, ser incluido entre los internos del grupo de la salida programada, pues cumple todos los requisitos exigidos en el artículo 114 del Reglamento Penitenciario para este tipo de actividades de alto contenido tratamental.
- No existe la posibilidad de que internos clasificados en segundo grado puedan realizar salidas programadas, ello sólo es posible cuando están en unidades extrapenitenciarias.
- No existe la posibilidad de que internos clasificados en segundo grado puedan realizar salidas programadas, ello sólo es posible cuando participan en los programas establecidos en el artículo 117 del Reglamento Penitenciario.
Ver la justificación
El artículo 114.3 del Reglamento Penitenciario dispone que «Los requisitos necesarios para la concesión de salidas programadas serán los establecidos para los permisos ordinarios de salida en el artículo 154 de este Reglamento». Entre esos requisitos está haber extinguido la cuarta parte de la condena, y FGH lleva 20 de los 21 meses necesarios. Por eso no debe incluirse en la salida.
Artículos: 114.3, 154.1 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 5, pregunta 5. Supuestos prácticos oficiales de la SGIP (octubre 2009) reproducidos por prisionesformacion.com; clave: plantilla del Tribunal de 5-10-2009 (segunda parte).
Pregunta 32Supuesto: En el Establecimiento Penitenciario de Madrid-X está ingresado el interno A. Se encuentra cumpliendo una pena de 12-0-0, de la que todavía no ha alcanzado la cuarta parte, por robo con homicidio y está clasificado en segundo grado. En su expediente constan dos faltas graves canceladas y actualmente trabaja en el taller de manipulados del Centro. El día 01-02-2009, previamente autorizada por el Director, el interno A celebra una visita de convivencia de 4 horas de duración con su esposa, sus hijos de 7 y 9 años y su hermano que se ha desplazado desde Alemania expresamente para celebrar la comunicación, ya que hacía cinco años que no se veían. Terminada la visita, aprovechando el gran parecido físico con su hermano, el interno A se hace pasar por él e induce a error al funcionario 1 encargado de comunicaciones, de tal forma que le acompaña hasta la puerta principal, junto con su cónyuge e hijos. Simultáneamente, el funcionario 2, que estaba encargado de acompañar al interno hasta el módulo donde está destinado, se da cuenta de lo ocurrido e inmediatamente da aviso a la puerta principal. La rápida reacción del funcionario 3, de servicio en ésta última, y del funcionario 1 hace que se impida al interno salir del Establecimiento cuando estaba a punto de hacerlo. Al verse descubierto, el interno A acompaña voluntariamente a los funcionarios al interior del Centro; posteriormente, el interno es esposado una vez que el Jefe de Servicios así lo ordenó. Teniendo en cuenta estos hechos, el interno es regresado a primer grado, en la modalidad prevista en el artículo 91.3 del Reglamento Penitenciario vigente, y trasladado al Departamento correspondiente. ¿Es correcta la autorización de la visita de convivencia, tal y como se describe en el supuesto, a tenor de lo previsto en el Reglamento Penitenciario?
- Si en cuanto a las personas autorizadas pero no en lo que se refiere al tiempo pues se debería haber autorizado durante seis horas.
- Si en cuanto al tiempo pero no en lo que se refiere a la autorización para que comunicase con su hermano. · Respuesta correcta
- Es correcta en cuanto al tiempo y en cuanto a las personas, habida cuenta de los años que llevaba sin ver a su hermano.
- No es correcta, ni en lo que se refiere al tiempo ni a las personas autorizadas.
Ver la justificación
El artículo 45.6 del Reglamento Penitenciario prevé las visitas de convivencia de los internos «con su cónyuge o persona ligada por semejante relación de afectividad e hijos que no superen los diez años de edad», con una «duración máxima será de seis horas». Las cuatro horas están dentro del máximo, pero el hermano no es una de las personas previstas en la norma.
Artículo: 45.6 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 7, pregunta 2. Supuestos prácticos oficiales de la SGIP (octubre 2009) reproducidos por prisionesformacion.com; clave: plantilla del Tribunal de 5-10-2009 (segunda parte).
Pregunta 33Supuesto: En el Establecimiento Penitenciario de Madrid-X está ingresado el interno A. Se encuentra cumpliendo una pena de 12-0-0, de la que todavía no ha alcanzado la cuarta parte, por robo con homicidio y está clasificado en segundo grado. En su expediente constan dos faltas graves canceladas y actualmente trabaja en el taller de manipulados del Centro. El día 01-02-2009, previamente autorizada por el Director, el interno A celebra una visita de convivencia de 4 horas de duración con su esposa, sus hijos de 7 y 9 años y su hermano que se ha desplazado desde Alemania expresamente para celebrar la comunicación, ya que hacía cinco años que no se veían. Terminada la visita, aprovechando el gran parecido físico con su hermano, el interno A se hace pasar por él e induce a error al funcionario 1 encargado de comunicaciones, de tal forma que le acompaña hasta la puerta principal, junto con su cónyuge e hijos. Simultáneamente, el funcionario 2, que estaba encargado de acompañar al interno hasta el módulo donde está destinado, se da cuenta de lo ocurrido e inmediatamente da aviso a la puerta principal. La rápida reacción del funcionario 3, de servicio en ésta última, y del funcionario 1 hace que se impida al interno salir del Establecimiento cuando estaba a punto de hacerlo. Al verse descubierto, el interno A acompaña voluntariamente a los funcionarios al interior del Centro; posteriormente, el interno es esposado una vez que el Jefe de Servicios así lo ordenó. Teniendo en cuenta estos hechos, el interno es regresado a primer grado, en la modalidad prevista en el artículo 91.3 del Reglamento Penitenciario vigente, y trasladado al Departamento correspondiente. Una vez regresado a primer grado y trasladado al Departamento correspondiente, el interno dispone de cuatro horas diarias de patio que disfruta en compañía de otros dos internos. A tenor de lo previsto reglamentariamente, ¿es correcto este régimen de salidas al patio?
- No porque vulnera lo previsto en el artículo 93.1 del Reglamento Penitenciario, tanto con respecto al tiempo de patio asignado (máximo de tres horas) como al número de internos que pueden salir juntos (máximo de dos).
- Si, es correcto en tanto se respetan los imperativos reglamentarios sobre el particular.
- Es correcto el número de horas de patio asignadas, pero no el número de internos que pueden permanecer juntos. · Respuesta correcta
- Es correcto el número de internos que pueden permanecer juntos, pero no el tiempo de patio asignado que es de tres horas como máximo.
Ver la justificación
El artículo 93.1 del Reglamento Penitenciario fija para los departamentos especiales «como mínimo, tres horas diarias de salida al patio» (regla 1.ª), así que las cuatro horas son correctas. En cambio, la regla 3.ª dispone que «En las salidas al patio no podrán permanecer, en ningún caso, más de dos internos juntos», y aquí son tres (el interno y otros dos).
Artículo: 93.1 · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 7, pregunta 3. Supuestos prácticos oficiales de la SGIP (octubre 2009) reproducidos por prisionesformacion.com; clave: plantilla del Tribunal de 5-10-2009 (segunda parte).
Pregunta 34Supuesto: En el Establecimiento Penitenciario de Madrid-X está ingresado el interno A. Se encuentra cumpliendo una pena de 12-0-0, de la que todavía no ha alcanzado la cuarta parte, por robo con homicidio y está clasificado en segundo grado. En su expediente constan dos faltas graves canceladas y actualmente trabaja en el taller de manipulados del Centro. El día 01-02-2009, previamente autorizada por el Director, el interno A celebra una visita de convivencia de 4 horas de duración con su esposa, sus hijos de 7 y 9 años y su hermano que se ha desplazado desde Alemania expresamente para celebrar la comunicación, ya que hacía cinco años que no se veían. Terminada la visita, aprovechando el gran parecido físico con su hermano, el interno A se hace pasar por él e induce a error al funcionario 1 encargado de comunicaciones, de tal forma que le acompaña hasta la puerta principal, junto con su cónyuge e hijos. Simultáneamente, el funcionario 2, que estaba encargado de acompañar al interno hasta el módulo donde está destinado, se da cuenta de lo ocurrido e inmediatamente da aviso a la puerta principal. La rápida reacción del funcionario 3, de servicio en ésta última, y del funcionario 1 hace que se impida al interno salir del Establecimiento cuando estaba a punto de hacerlo. Al verse descubierto, el interno A acompaña voluntariamente a los funcionarios al interior del Centro; posteriormente, el interno es esposado una vez que el Jefe de Servicios así lo ordenó. Teniendo en cuenta estos hechos, el interno es regresado a primer grado, en la modalidad prevista en el artículo 91.3 del Reglamento Penitenciario vigente, y trasladado al Departamento correspondiente. Las normas de régimen interior del Departamento donde el interno ha sido trasladado una vez regresado a primer grado han sido elaboradas por la Junta de Tratamiento y aprobadas por el Consejo de Dirección del Establecimiento de Madrid-X, ¿se ha respetado así lo previsto en el artículo 93.2 del Reglamento Penitenciario?
- No, debería haberlas elaborado el Consejo de Dirección para que las aprobase o modificase posteriormente el Centro Directivo. · Respuesta correcta
- Si, se han respetado las normas competenciales recogidas en el precepto indicado.
- Si, pero una vez aprobadas por el Consejo de Dirección debería haberlas ratificado el Centro Directivo.
- No, debería haberlas elaborado el Consejo de Dirección para que las aprobase el Centro Directivo y, posteriormente, fuesen ratificadas por el Juez de Vigilancia bajo cuya jurisdicción se encontrase el Establecimiento.
Ver la justificación
El artículo 93.1.5.ª del Reglamento Penitenciario encarga al Consejo de Dirección elaborar las normas de régimen interior del departamento especial. El artículo 93.2 dispone que «Las normas de régimen interior elaboradas por el Consejo de Dirección, así como los programas a que hace referencia el apartado anterior, serán remitidas al Centro Directivo para su modificación o aprobación». No las elabora la Junta de Tratamiento ni las aprueba el Consejo.
Artículos: 93.1, 93.2 · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 7, pregunta 4. Supuestos prácticos oficiales de la SGIP (octubre 2009) reproducidos por prisionesformacion.com; clave: plantilla del Tribunal de 5-10-2009 (segunda parte).
Pregunta 35Supuesto: En el Establecimiento Penitenciario de Madrid-X está ingresado el interno A. Se encuentra cumpliendo una pena de 12-0-0, de la que todavía no ha alcanzado la cuarta parte, por robo con homicidio y está clasificado en segundo grado. En su expediente constan dos faltas graves canceladas y actualmente trabaja en el taller de manipulados del Centro. El día 01-02-2009, previamente autorizada por el Director, el interno A celebra una visita de convivencia de 4 horas de duración con su esposa, sus hijos de 7 y 9 años y su hermano que se ha desplazado desde Alemania expresamente para celebrar la comunicación, ya que hacía cinco años que no se veían. Terminada la visita, aprovechando el gran parecido físico con su hermano, el interno A se hace pasar por él e induce a error al funcionario 1 encargado de comunicaciones, de tal forma que le acompaña hasta la puerta principal, junto con su cónyuge e hijos. Simultáneamente, el funcionario 2, que estaba encargado de acompañar al interno hasta el módulo donde está destinado, se da cuenta de lo ocurrido e inmediatamente da aviso a la puerta principal. La rápida reacción del funcionario 3, de servicio en ésta última, y del funcionario 1 hace que se impida al interno salir del Establecimiento cuando estaba a punto de hacerlo. Al verse descubierto, el interno A acompaña voluntariamente a los funcionarios al interior del Centro; posteriormente, el interno es esposado una vez que el Jefe de Servicios así lo ordenó. Teniendo en cuenta estos hechos, el interno es regresado a primer grado, en la modalidad prevista en el artículo 91.3 del Reglamento Penitenciario vigente, y trasladado al Departamento correspondiente. En el Departamento donde se encuentra el interno una vez regresado a primer grado, ¿qué número de internos podría participar para la ejecución de actividades programadas?
- El que haya establecido el Consejo de Dirección, previo informe de la Junta de Tratamiento, con un mínimo de cinco internos.
- Hasta un máximo de cinco. · Respuesta correcta
- No hay previsiones reglamentarias sobre mínimos ni máximos para la ejecución de actividades programadas.
- Un mínimo de cinco y un máximo de diez.
Ver la justificación
El artículo 93.1.3.ª del Reglamento Penitenciario, tras limitar a dos los internos que pueden estar juntos en el patio, añade: «Este número podrá aumentarse hasta un máximo de cinco para la ejecución de actividades programadas».
Artículo: 93.1 · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Supuesto 7, pregunta 5. Supuestos prácticos oficiales de la SGIP (octubre 2009) reproducidos por prisionesformacion.com; clave: plantilla del Tribunal de 5-10-2009 (segunda parte).
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias · 2009
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Pregunta 2Según lo dispuesto en el art. 267.6 del vigente Reglamento Penitenciario, liberados::los liberados miembros de liberados::los liberados órganos colegiados, para quedar exentos de responsabilidad sobre sus decisiones deberán:
- Formular voto particular.
- Abstenerse en las votaciones.
- Formular voto en contra del acuerdo mayoritario. · Respuesta correcta
- Delegar el voto.
Ver la justificación
El artículo 267.6 del Reglamento Penitenciario dispone que, «para quedar, en su caso, exentos de responsabilidad, los miembros de los órganos colegiados deberán votar en contra del acuerdo mayoritario». El 267.3 les prohíbe abstenerse y el 267.4 hace el voto personal e indelegable.
Artículo: 267.6 · Título XI · Organización de los centros. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 14A tenor de lo establecido en el art. 269.1.2ª del vigente Reglamento Penitenciario, el secretario de un órgano colegiado de un centro penitenciario, será sustituido:
- Por el funcionario que designe el Presidente entre liberados::los liberados destinados en el establecimiento. · Respuesta correcta
- Por el miembro del órgano de mayor jerarquía, antigüedad y edad.
- Por el funcionario que designe el secretario.
- Por el funcionario más joven de la plantilla.
Ver la justificación
La regla 2.ª del artículo 269.1 del Reglamento Penitenciario dispone que «la sustitución del Secretario se realizará por designación del Presidente entre los funcionarios destinados en el Establecimiento». La sustitución por el miembro de mayor jerarquía, antigüedad y edad es la del Presidente (regla 1.ª).
Artículo: 269.1.2.ª · Título XI · Organización de los centros. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 24Para facilitar el levantamiento de las limitaciones regimentales aplicadas para asegurar la integridad física de un interno preso:
- La Junta de Tratamiento propondrá al Centro Directivo el traslado del recluso a otro establecimiento.
- El Consejo de Dirección, mediante acuerdo motivado, propondrá al Centro Directivo el traslado del recluso a otro establecimiento de similares características. · Respuesta correcta
- El Consejo de Dirección, mediante acuerdo motivado, propondrá a la autoridad judicial de la que depende el recluso, el traslado a otro establecimiento.
- El Centro Directivo de oficio, pasados tres meses desde la aplicación de las limitaciones regimentales, ordenará el traslado a otro centro.
Ver la justificación
El artículo 75.3 del Reglamento Penitenciario dispone que, «mediante acuerdo motivado, el Consejo de Dirección, en el caso de los detenidos y presos, o la Junta de Tratamiento, en el caso de penados, propondrán al Centro Directivo el traslado del recluso a otro Establecimiento de similares características para posibilitar el levantamiento de las limitaciones regimentales».
Artículo: 75.3 · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla. Opción B completada: la transcripción de ACAIP la corta tras «propondrá al centro Directivo el».
Pregunta 27La función de resolver liberados::los liberados expedientes disciplinarios instruidos a liberados::los liberados internos por la comisión de infracciones disciplinarias graves o muy graves en un centro con programas autorizados par el Centro Directivo, basados en el principio de comunidad terapéutica corresponde a:
- A la comisión disciplinaria.
- A la Junta de Tratamiento. · Respuesta correcta
- Al Director.
- Al equipo médico.
Ver la justificación
El artículo 115.2 del Reglamento Penitenciario dispone que, en los grupos en comunidad terapéutica autorizados por el Centro Directivo, «la Junta de Tratamiento que esté al frente del mismo asumirá las funciones que tienen atribuidas el Consejo de Dirección y la Comisión Disciplinaria del Centro penitenciario».
Artículo: 115.2 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 32Según lo dispuesto en el artículo 118 del vigente Reglamento Penitenciario, las actividades formativas y socioculturales se determinarán:
- Directamente por instrucción emitida por el Centro Directivo.
- Exclusivamente por el Consejo de Dirección.
- Directamente por la Junta de Tratamiento a partir del programa individualizado de cada interno.
- Por el Consejo de Dirección teniendo en cuenta liberados::los liberados planes del Centro Directivo a partir de liberados::los liberados programas individualizados elaborados por la Juntas de Tratamiento. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 118.1 del Reglamento Penitenciario dispone que «las actividades educativas, formativas, socioculturales y deportivas se determinarán por el Consejo de Dirección, teniendo en cuenta los planes de actuación del Centro Directivo, a partir de los programas individualizados elaborados por las Juntas de Tratamiento».
Artículo: 118.1 · Título V · Tratamiento. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 33En el supuesto de que el Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo gestione el servicio de cocina, mediante la fórmula de taller productivo, la provisión de víveres para elaborar liberados::los liberados racionados se efectuará bajo la responsabilidad:
- Del Centro penitenciario.
- De la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
- Del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo. · Respuesta correcta
- Compartida del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo y la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
Ver la justificación
El artículo 300.3 del Reglamento Penitenciario dispone que, si el organismo autónomo gestiona la cocina mediante la fórmula de taller productivo, «la provisión de víveres para elaborar los racionados se efectuará bajo la responsabilidad del citado organismo».
Artículo: 300.3 · Título XII · Régimen económico-administrativo. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 34Según lo dispuesto en el art. 237 del vigente Reglamento Penitenciario, la realización de una pluralidad de acciones u omisiones que infrinjan el mismo o semejante precepto en ejecución de un plan preconcebido, será sancionable:
- Como infracción continuada y se impondrá la sanción correspondiente a la infracción más grave en su límite máximo. · Respuesta correcta
- Se le impondrán las sanciones correspondientes a cada una de las acciones u omisiones realizadas.
- Se considerará una de las acciones u omisiones como medio necesario para la comisión de las restantes, y se aplicará la sanción correspondiente a la falta más grave en su límite medio.
- Se impondrá la correspondiente al triplo de la sanción más grave.
Ver la justificación
El artículo 237 del Reglamento Penitenciario considera infracción continuada «la realización de una pluralidad de acciones u omisiones que infrinjan el mismo o semejante precepto, en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión» y dispone que «se impondrá la sanción correspondiente a la infracción más grave en su límite máximo».
Artículo: 237 · Título X · Régimen disciplinario y recompensas. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 36El artículo 15 del Reglamento Penitenciario no regula como forma de ingreso en un Establecimiento Penitenciario la:
- Orden de detención de la Autoridad Judicial competente.
- Orden de detención del Ministerio Fiscal.
- Orden de detención de la Policía Judicial.
- Presentación voluntaria. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 15 del Reglamento Penitenciario regula el ingreso mediante orden judicial de detención, mandamiento de prisión o sentencia firme, así como las órdenes de detención de la Policía Judicial y del Ministerio Fiscal. La presentación voluntaria se regula en el artículo 16, no en el 15.
Artículos: 15, 16 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 38Respecto a liberados::los liberados Modelos de intervención -art. 20.1 vigente del Reglamento Penitenciario-, a fin de detectar las áreas carenciales y necesidades del interno y antes de pasar al Departamento que corresponda, liberados::los liberados detenidos y presos ocuparán una celda en el departamento de ingresos, donde serán entrevistados por:
- El Jurista y el Trabajador Social.
- El Psicólogo y el Trabajador Social.
- El Jefe de Servicios y el Trabajador Social.
- El Educador y el Trabajador Social. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 20.1 del Reglamento Penitenciario dispone que los detenidos y presos, en el departamento de ingresos, serán examinados por el Médico y «serán entrevistados por el Trabajador Social y por el Educador, a fin de detectar las áreas carenciales y necesidades del interno».
Artículo: 20.1 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 39Si ninguno de liberados::los liberados internos que deseen formar parte en las Comisiones creadas para la participación de actividades del establecimiento resultase elegido por más de un quince por ciento de liberados::los liberados internos de la unidad, ¿a quién corresponde la función del Sorteo para elegir a estos internos:
- A la Junta de Tratamiento.
- A la Comisión Disciplinaria.
- Al Consejo de Dirección. · Respuesta correcta
- Al Director del Establecimiento.
Ver la justificación
El artículo 58.1 del Reglamento Penitenciario dispone que, si ninguno de los internos resulta elegido por más de un quince por ciento de los internos de la unidad, «los Consejos de Dirección procederán a sortear entre los mismos para la designación de quienes hayan de colaborar en el desarrollo de las actividades».
Artículo: 58.1 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 41El reconocimiento médico a liberados::los liberados internos a su ingreso penitenciario se llevará a cabo:
- A la mayor brevedad posible.
- Durante las primeras veinticuatro horas a partir del ingreso. · Respuesta correcta
- Durante las primeras cuarenta y ocho horas a partir del ingreso.
- Durante las primeras setenta y dos horas a partir del ingreso.
Ver la justificación
El artículo 214.1 del Reglamento Penitenciario dispone que todos los internos, a su ingreso, serán examinados por un médico y que «el reconocimiento se llevará a cabo durante las primeras veinticuatro horas a partir del ingreso».
Artículo: 214.1 · Título IX · Prestaciones. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 45Los familiares o allegados que acudan a visitar a liberados::los liberados internos en las comunicaciones previstas en el artículo 45.3 del vigente Reglamento Penitenciario no podrán ser portadores de bolsos o paquetes, ni llevar consigo a menores cuando se trate de:
- Comunicaciones familiares.
- Comunicaciones de convivencia.
- Comunicaciones íntimas. · Respuesta correcta
- No se recoge el siguiente supuesto en el mencionado artículo.
Ver la justificación
El artículo 45.3 del Reglamento Penitenciario dispone que los familiares o allegados que acudan a estas comunicaciones «no podrán ser portadores de bolsos o paquetes, ni llevar consigo a menores cuando se trate de comunicaciones íntimas».
Artículo: 45.3 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 53De acuerdo con el artículo 107 del Reglamento Penitenciario, el cual establece que todas las resoluciones de clasificación o progresión a tercer grado adoptadas por el Centro Directivo o por acuerdo unánime de la Junta de Tratamiento según lo previsto en el artículo 103.7, se notificarán a:
- El Juez de Vigilancia Penitenciaria.
- El Juez o Tribunal Sentenciador.
- La Central de Observación.
- El Ministerio Fiscal. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 107 del Reglamento Penitenciario dispone que todas las resoluciones de clasificación o progresión a tercer grado «se notificarán, junto con el informe de la Junta de Tratamiento, al Ministerio Fiscal dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de su adopción».
Artículo: 107 · Título IV · Separación y clasificación. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 54De conformidad con el artículo 196 del Reglamento Penitenciario cuando se trate de enfermos muy graves con padecimientos incurables y cuando liberados::los liberados servicios médicos del Centro consideren que concurren las condiciones para la concesión de la libertad condicional por esta causa, mediante la elaboración del oportuno informe médico, 10 pondrán en conocimiento de:
- El Director.
- La Coordinación de Sanidad Penitenciaria.
- La Subdirección General de Tratamiento y Gestión Penitenciaria.
- La Junta de Tratamiento. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 196.2 del Reglamento Penitenciario dispone que, cuando los servicios médicos consideren que concurren las condiciones para la libertad condicional por enfermedad muy grave con padecimientos incurables, «lo pondrán en conocimiento de la Junta de Tratamiento, mediante la elaboración del oportuno informe médico».
Artículo: 196.2 · Título VIII · Libertad condicional y beneficios. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 55¿Cuál de liberados::los liberados siguientes principios del Régimen Abierto se recoge en el art. 83.2 del Reglamento Penitenciario?
- Ausencia de las medidas de control, sin perjuicio del establecimiento de programas de seguimiento y evaluación de las actividades realizadas por liberados::los liberados internos dentro y fuera del Establecimiento.
- Responsabilidad, mediante la coacción de liberados::los liberados internos para la participación de las actividades.
- Integración social, proporcionando al interno, siempre que sea posible, información laboral a través de liberados::los liberados servicios generales de empleo de la comunidad para facilitar su integración plena y responsable en la vida familiar, social y laboral.
- Prevención para tratar de evitar la desestructuración familiar y social. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 83.2 del Reglamento Penitenciario recoge entre los principios del régimen abierto la «d) Prevención para tratar de evitar la desestructuración familiar y social». Las demás opciones alteran los principios de atenuación (no ausencia) de las medidas de control, autorresponsabilidad (no coacción) y normalización social.
Artículo: 83.2.d · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 65El artículo 195 del Reglamento Penitenciario recoge liberados::los liberados documentos que, en su caso, deberá contener el expediente de libertad condicional. Señale cuál de liberados::los liberados siguientes documentos no aparece entre liberados::los liberados mencionados en el artículo citado.
- Testimonio de sentencia o sentencias recaídas y de la correspondiente liquidación de condena.
- Certificación acreditativa de liberados::los liberados beneficios penitenciarios y de la clasificación en tercer grado.
- Informe pronóstico de integración social, emitido por el Jurista del Centro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67 de La Ley Orgánica General Penitenciaria. · Respuesta correcta
- Acta de compromiso de acogida por parte de su familia, persona allegada o instituciones sociales extra-penitenciarias.
Ver la justificación
Según el artículo 195.c) del Reglamento Penitenciario, el expediente de libertad condicional contiene el «informe pronóstico de integración social, emitido por la Junta de Tratamiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 67 de la Ley Orgánica General Penitenciaria», no por el Jurista.
Artículo: 195.c · Título VIII · Libertad condicional y beneficios. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 66En el artículo 308 del vigente Reglamento Penitenciario se determinan liberados::los liberados valores de las raciones alimenticias por día y plaza de interno, en una serie de categorías, que se fijarán:
- Anualmente. · Respuesta correcta
- Semestralmente.
- Cada cuatro años.
- Cada dos años.
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El artículo 308.1 del Reglamento Penitenciario dispone que «por resolución de la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios se fijarán anualmente los valores de las raciones alimenticias por día y plaza de interno».
Artículo: 308.1 · Título XII · Régimen económico-administrativo. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 71Los supuestos de cumplimiento sucesivo de sanciones de aislamiento en celda que superen en su conjunto liberados::los liberados 14 días:
- Deberán ser autorizadas por la autoridad administrativa.
- Deberán ser aprobadas por el Juez de Vigilancia Penitenciaria el exceso de liberados::los liberados que superen liberados::los liberados 14 días.
- Se pondrá en conocimiento del Juez de Vigilancia Penitenciaria, pero su cumplimiento será ejecutivo.
- Deberán ser aprobadas todas ellas por el Juez de Vigilancia Penitenciaria. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 236.3 del Reglamento Penitenciario dispone que, cuando en el cumplimiento sucesivo las sanciones de aislamiento superen en su conjunto los catorce días, «deberán ser aprobadas todas ellas por el Juez de Vigilancia Penitenciaria», conforme al artículo 76.2.d) de la LOGP.
Artículo: 236.3 · Título X · Régimen disciplinario y recompensas. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 79Los acuerdos de liberados::los liberados órganos colegiados, con excepción de liberados::los liberados adoptados por la Comisión Disciplinaria:
- Surten efectos sin requerir autorización del director si el acuerdo del órgano colegiado es adoptado por unanimidad.
- Siempre surten efectos tras su aprobación por el Director.
- Son eficaces tras su aprobación por el Director del Centro o en su caso por el Centro Directivo. · Respuesta correcta
- Solo surten efectos si son autorizados por el Centro Directivo.
Ver la justificación
El artículo 266.1 del Reglamento Penitenciario dispone que la eficacia de los acuerdos de los órganos colegiados, salvo los de la Comisión Disciplinaria, «quedará demorada hasta que se produzca la aprobación por el Director del Centro» y, si el Director los valora negativamente, se elevan al Centro Directivo, que resuelve.
Artículo: 266.1 · Título XI · Organización de los centros. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 81En relación a las personas autorizadas a comunicar con liberados::los liberados internos:
- No se procederá al control, pero si al registro puesto que ya cuentan con autorización para comunicar.
- Se procederá a su registro y control en todo caso.
- Se procederá a su registro y control, salvo en las visitas oficiales de las Autoridades. · Respuesta correcta
- No procederá registro ni control, puesto que ya cuentan con autorización para comunicar.
Ver la justificación
El artículo 69 del Reglamento Penitenciario dispone que «se procederá al registro y control de las personas autorizadas a comunicar con los internos, así como de quienes tengan acceso al interior de los Establecimientos para realizar algún trabajo o gestión dentro de los mismos, salvo en las visitas oficiales de las Autoridades».
Artículo: 69 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 83El traslado de un penado a un establecimiento de régimen cerrado mediando agresión física con arma de un interno podrá ser acordada por el Centro Directivo aunque no se haya producido resolución clasificatoria en primer grado, la cuál deberá efectuarse:
- A la mayor brevedad posible
- Dentro de las 24 horas siguientes
- Dentro de las 72 horas siguientes
- Dentro liberados::los liberados catorce días siguientes · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 95.3 del Reglamento Penitenciario permite al Centro Directivo acordar el traslado a régimen cerrado mediando agresión física con arma, aunque no se haya producido resolución clasificatoria en primer grado, «que, en todo caso, deberá efectuarse dentro de los catorce días siguientes».
Artículo: 95.3 · Título III · Régimen. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 86Si en la orden o mandamiento de ingreso se dispusiera la incomunicación del detenido o preso, por quien será atendido exclusivamente este interno?
- Por el Jefe de Centro y liberados::los liberados funcionarios que el Director designe.
- Por el Jefe de Servicios y liberados::los liberados funcionarios que el Director designe.
- Por liberados::los liberados funcionarios que el Director designe a propuesta del Educador y del Trabajador Social.
- Por liberados::los liberados funcionarios encargados del Departamento asignado. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 19.1 del Reglamento Penitenciario dispone que el incomunicado ocupará una celda individual en el departamento que el Director disponga, «será reconocido por el Médico y atendido exclusivamente por los funcionarios encargados de aquél».
Artículo: 19.1 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 87Cuando el economato, la cafetería o la cocina sean gestionados por el Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo mediante la fórmula de taller productivo, liberados::los liberados servicios auxiliares o mecánicos de liberados::los liberados mismos desempeñados por liberados::los liberados internos:
- Tendrán naturaleza de relación laboral especial penitenciaria. · Respuesta correcta
- No tendrán naturaleza de relación laboral especial penitenciaria.
- Tendrán naturaleza de relación laboral especial penitenciaria en el caso de cocina y economato, pero no en el de cafetería.
- Tendrán naturaleza de relación laboral especial penitenciaria en el caso de la cocina, pero no en el de economato y cafetería.
Ver la justificación
El artículo 305.2 del Reglamento Penitenciario dispone que, cuando economato, cafetería o cocina los gestione el organismo autónomo mediante taller productivo, «los servicios auxiliares o mecánicos de los mismos desempeñados por los internos tendrán la naturaleza de relación laboral especial penitenciaria».
Artículo: 305.2 · Título XII · Régimen económico-administrativo. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 90De acuerdo con el artículo 229 del Reglamento Penitenciario ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta?
- Los trabajadores sociales prestan sus servicios en el interior y en el exterior de Centro penitenciario indistintamente.
- Los trabajadores sociales atenderán las solicitudes que les formulen liberados::los liberados internos y liberados::los liberados:liberados: condicionales adscritos al Establecimiento.
- Los Trabajadores sociales atenderán las solicitudes que les formulen las familias de liberados::los liberados internos y de liberados::los liberados liberados condicionales.
- Los Trabajadores sociales atenderán las solicitudes que les formulen las familias de liberados::los liberados internos, pero no las que les formulen las familias de liberados::los liberados liberados condicionales. · Respuesta correcta
Ver la justificación
El artículo 229.2 del Reglamento Penitenciario dispone que los Trabajadores sociales atenderán las solicitudes de los internos, de los liberados condicionales adscritos «y las familias de unos y de otros». Por eso es incorrecta la D, que excluye a las familias de los liberados condicionales.
Artículo: 229.2 · Título IX · Prestaciones. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 98La lista actualizada de productos y precios de economato se deberá exponer a la población reclusa:
- En el economato central.
- Junto a la ventanilla del despacho donde se dispensen liberados::los liberados productos. · Respuesta correcta
- En la oficina de información de cada departamento.
- En liberados::los liberados tablones de anuncio del centro.
Ver la justificación
El artículo 302.2 del Reglamento Penitenciario dispone que «la lista actualizada de productos y precios de economato se deberá exponer a la población reclusa junto a la ventanilla del despacho donde se dispensen los mismos».
Artículo: 302.2 · Título XII · Régimen económico-administrativo. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 99El tiempo cumplido de una sanción posteriormente revocada o reducida como consecuencia de un recurso estimado total o parcialmente, podrá tenerse en cuenta para el cumplimiento de otras sanciones.
- En cualquier caso.
- Solo por decisión motivada de la Junta de Tratamiento.
- Cuando hubiesen sido impuestas por acciones u omisiones anteriores a la revocación o reducción, · Respuesta correcta
- Cuando hubiesen sido impuestas por acciones u omisiones posteriores a la revocación o reducción.
Ver la justificación
El artículo 257 del Reglamento Penitenciario dispone que el tiempo cumplido de una sanción posteriormente revocada o reducida «podrá tenerse en cuenta para el cumplimiento posterior de otras sanciones, siempre que éstas hubiesen sido impuestas por acciones u omisiones también anteriores a la mencionada revocación o reducción».
Artículo: 257 · Título X · Régimen disciplinario y recompensas. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla.
Pregunta 101Según lo dispuesto en el artículo 63 del vigente Reglamento Penitenciario, el Jefe de la guardia exterior del establecimiento penitenciario, una vez practicado el relevo:
- Deberá presentarse ante el Director del centro para informarle de las incidencias del servicio. · Respuesta correcta
- Deberá presentar informe ante su superior jerárquico.
- Solo informará al Director del centro si durante el servicio se produce algún hecho que por su importancia deba conocer éste.
- Remitirá informe de las incidencias acaecidas durante el servicio al centro Directivo.
Ver la justificación
El artículo 63.2 del Reglamento Penitenciario dispone que, «una vez practicado el relevo, el Jefe de la guardia exterior deberá presentarse al Director o funcionario que le sustituya para informarle de las incidencias del servicio».
Artículo: 63.2 · Título II · Organización general. Respuesta según la plantilla oficial definitiva.
Cuestionario transcrito por ACAIP (sin tildes en el original; se restituyen) con la plantilla sellada del Tribunal. La transcripción recoge 100 preguntas más 3 de reserva; su numeración coincide con la plantilla. Pregunta de reserva n.º 1 de la plantilla del Tribunal (respuesta A).
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