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El uniforme del funcionario de prisiones: qué prendas son y quién lo lleva

Las prendas una a una, el emblema, y qué puestos lo llevan y cuáles no.

Pablo Álvarez4 min de lectura

Uniforme negro doblado sobre un banco de vestuario en penumbra, con el cinturón al lado y las botas en el suelo

El uniforme de prisiones cambió hace poco y buena parte de lo que se encuentra por internet describe el anterior. La regulación vigente es de 2024 y son dos normas: la Orden INT/818/2024, de 30 de julio, que fija el marco, y la Instrucción 6/2024 de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que describe las prendas una a una.

Entre las dos derogaron la Orden de 1998 que había estado en vigor veintiséis años. Así que si ves un uniforme gris o un despiece que no coincide con lo de abajo, es el viejo.

Quién lleva uniforme y quién no

Esto sorprende a mucha gente que da por hecho que en una prisión va todo el mundo uniformado. No es así, y la diferencia la marca el área de destino.

Es obligatorio para quien ocupa puestos del área de vigilancia-servicio interior, del área mixta, de las unidades caninas, y de coordinación y gestión de producción. Es decir: jefaturas de servicios, encargadurías de departamento, servicio interior de vigilancia, especialistas y personal genérico de área mixta, y los expertos cinológicos.

Está exento el personal del área de oficinas y del de intervención-tratamiento, tanto funcionario como laboral, «por razón de las especiales funciones que tienen asignadas».

Es opcional para quien ocupa Dirección, Gerencia, Subdirección o Administración del establecimiento, según la actividad que vaya a desarrollar ese día.

Hay un matiz que conviene retener: el emblema de identificación con el número de carnet profesional y el cargo es obligatorio para todos, también para quien está exento de uniforme.

Las prendas, una a una

El uniforme común consta de estas prendas, todas en tejido técnico y con corte diferenciado de hombre y de mujer:

Prenda Color Detalle
Pantalón todo tiempo Negro Diseño ergonómico, cinturilla, 5 trabillas y 6 bolsillos: dos delanteros, dos traseros y dos laterales
Polo de manga corta Negro y navy Transfer en el pecho derecho y astracán en el izquierdo para la identificación
Polo de manga larga Negro y navy Igual que el de manga corta
Forro soft shell Negro y navy Cremallera invertida de dos cursores con tirador para abrirla con guantes puestos, y tres bolsillos
Chubasquero técnico Navy Costuras interiores termoselladas
Cinturón táctico Negro Hebilla de cierre rápido con el escudo de la SGIP en relieve
Bota de caña media-baja Negro Membrana impermeable y transpirable

Dos detalles de diseño que dicen bastante del trabajo: el tirador de la cremallera del soft shell existe para poder abrirla con guantes, y el chubasquero lleva las costuras termoselladas porque hay servicio a la intemperie.

El emblema y el transfer

En el pecho derecho va un transfer con el texto «Instituciones Penitenciarias» y la bandera de España.

En el pecho izquierdo, un astracán donde se fija la identificación con el número de carnet profesional y el cargo en genérico que se ocupa. Genérico quiere decir que indica la función, no el nombre.

El emblema del Cuerpo está descrito en la orden con precisión heráldica: una espada en posición vertical con la punta hacia abajo y, por detrás de su centro, una rueda dentada; orlando el conjunto, dos ramos enlazados en pie, de palma y roble, y como remate la corona real.

El uniforme de las unidades caninas

Quien desempeña el puesto de experto o experta cinológico tiene un uniforme propio, adaptado a la función. Las prendas son ligeras y ergonómicas, en tejido técnico bielástico repelente al pelo de perro:

  • Pantalón negro.
  • Cazadora y chaleco combinados: color principal navy oscuro, y negro en canesú delantero, trasero y costados.
  • Polos de manga corta y larga.
  • Mono de trabajo.

Quién lo paga

La Administración. Lo dice el artículo 1.3 de la orden: «El uniforme, los emblemas y los distintivos serán proporcionados por la Administración Penitenciaria». No se compra.

Y la dirección de cada centro —o la gerencia, en los hospitales psiquiátricos penitenciarios— es la responsable de velar por que quien deba vestirlo lo haga de manera adecuada.

Por qué se exige uniforme

La propia norma lo razona, y no es sólo estética: por identificación, apoyándose en el artículo 53.b) de la Ley 39/2015, que obliga a los empleados públicos a identificarse; y por seguridad y garantía en el puesto de trabajo.

Las fuentes

Las dos, para que las compruebes:

  • Orden INT/818/2024, de 30 de julio, por la que se actualiza la regulación del uniforme, los emblemas y los distintivos del personal de Instituciones Penitenciarias — texto consolidado en el BOE.
  • Instrucción 6/2024 de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que es la que describe las prendas.

Para seguir

Si la normativa del uniforme vuelve a cambiar, saldrá en las novedades del BOE.

Esta guía forma parte de la oposición de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

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