Cuerpo de Ayudantes

Requisitos para ser funcionario de prisiones en 2026

Los requisitos generales, la titulación de cada cuerpo y el cuadro de exclusiones médicas entero.

Pablo Álvarez6 min de lectura

Escritorio en penumbra con un formulario de solicitud, un sello y un bolígrafo amarillo bajo la luz de un flexo

Los requisitos de esta oposición son pocos y se leen en dos minutos. Lo que sorprende a la gente no son ellos: es el cuadro de exclusiones médicas, que va en un anexo al final de la convocatoria, no lo mira casi nadie antes de matricularse y es donde se cae gente que ya había estudiado un año.

Aquí están los dos: lo que se pide para presentarse y lo que se comprueba después.

Todo lo que viene está tomado de la convocatoria de 2026 —1.050 plazas del Cuerpo de Ayudantes, BOE-A-2026-13226—, base 3 y anexo III.

Los requisitos generales

Requisito Qué dice la convocatoria
Nacionalidad Sólo española. Esta oposición no está abierta a nacionales de la Unión Europea, por el anexo del Real Decreto 543/2001
Edad Tener cumplidos 16 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa. No hay edad máxima propia
Capacidad Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
Habilitación No haber sido separado por expediente disciplinario de ninguna Administración, ni estar inhabilitado, ni pertenecer ya al mismo cuerpo
Titulación Bachiller o Técnico, o estar en condiciones de obtenerlo (ver abajo)

La nacionalidad es el que más gente descarta sin saberlo: en la mayoría de oposiciones del Estado puede presentarse cualquier persona de la UE, y en ésta no.

La titulación, cuerpo por cuerpo

Cuerpo Subgrupo Titulación
Ayudantes de IIPP C1 Bachiller o Técnico
Cuerpo Especial de IIPP A2 Grado, Diplomatura universitaria, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica; también el Diploma Superior en Criminología en las condiciones de la Orden de 19 de noviembre de 1996

Dos precisiones que evitan un disgusto:

No hace falta tener el título en la mano. Basta con estar en condiciones de obtenerlo el día en que cierra el plazo de solicitudes, y eso se acredita con un certificado del centro que diga que están superadas todas las asignaturas y pagadas las tasas de expedición.

Si el título es extranjero, hay que tener ya la credencial de homologación o el certificado de equivalencia a la fecha de cierre del plazo. No vale estar tramitándola.

El requisito que sólo tiene esta oposición

Además de lo anterior, la convocatoria exige no haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, salvo que se haya obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.

No sale del Estatuto Básico del Empleado Público, sino del artículo noveno de la Ley 39/1970 de reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios, modificada por el Real Decreto-ley 20/2011. Tiene lógica: se trata de trabajar dentro de una prisión.

Fíjate en lo que dice y en lo que no. Habla de delito doloso, de pena privativa de libertad y de más de tres años. Una condena por imprudencia, una multa o una pena corta no entran en el supuesto.

El cuadro de exclusiones médicas

Aquí está lo que casi nadie mira a tiempo. El segundo ejercicio de la oposición no es un examen: son pruebas de aptitud médica, calificadas «apto» o «no apto», y hay que ser apto para seguir. Se hacen sobre el cuadro del anexo III.

Van agrupadas por sistemas. Éstas son las que más gente desconoce:

Visión. Es la que más excluye. No se considera apta a quien tenga una agudeza visual binocular sin gafas ni lentillas menor de 0,33, o menor de 0,2 en el ojo peor, o una agudeza binocular con gafas o lentillas menor de 0,8. Quedan fuera también el desprendimiento de retina, la retinosis pigmentaria, la diplopía, el estrabismo, el glaucoma, la hemianopsia, la subluxación del cristalino, la afaquia, la distrofia corneal con pérdida de agudeza, la queratitis crónica y la hemeralopía.

Índice de masa corporal. Excluye por los dos lados: IMC inferior a 18 y IMC superior a 34. Es un dato concreto y se puede comprobar hoy mismo.

Audición. Sordera completa de ambos oídos, o incompleta permanente que suponga en el oído peor una pérdida de más de 35 decibelios entre 1000 y 3000 hercios, o de 45 decibelios a 4000 hercios.

Aparato locomotor. Malformaciones o lesiones que limiten de forma permanente el movimiento de una articulación o la fuerza de manos, extremidades, tronco o cuello. Y, con nombre propio: escoliosis con limitación importante para la flexo-extensión y hernia discal.

Alteraciones psiquiátricas. Esquizofrenia, trastorno bipolar, depresión mayor, crisis de pánico o angustia, trastorno de estrés postraumático, alteraciones de la personalidad (paranoide, esquizoide, antisocial o límite) y trastornos afectivos o distimias.

Controles analíticos de sangre y orina. Dos cosas. El consumo de alcohol en grado de abuso cuando altere las transaminasas (GOT, GPT, GGT) junto con aumento del VCM. Y el consumo de sustancias tóxicas —opiáceos, cannabis, cocaína, anfetaminas, psicodislépticos, benzodiacepinas y otras— que sean detectables en el momento del reconocimiento.

Sobre esto último, un detalle que evita un susto: si estás en tratamiento médico con algo que pueda interferir en la analítica de drogas, tienes que llevar un informe médico oficial que lo justifique. Se pide expresamente.

El resto de sistemas, en resumen: cirrosis, enfermedad inflamatoria intestinal crónica y pancreatitis crónica en el digestivo; insuficiencia renal crónica; en el cardiovascular, insuficiencia cardiaca, haber padecido infarto o coronariopatía, fibrilación auricular, síndrome de preexcitación, valvulopatías y prótesis valvulares, aneurismas de grandes vasos e insuficiencias venosas con alteraciones tróficas; enfermedades pulmonares con repercusión respiratoria; y en el sistema nervioso central, Parkinson, temblores crónicos, epilepsia, esclerosis múltiple y ataxia.

Y una cláusula de cierre: el órgano de selección puede excluir por hemopatías graves, malformaciones congénitas u otras patologías que impidan el desempeño, previa propuesta del médico y de forma individualizada. También puede pedir las pruebas clínicas o analíticas que considere.

El cuadro está adaptado al Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, publicado por la Orden PCI/154/2019, que eliminó varias causas médicas de exclusión que arrastraban las convocatorias antiguas. Si manejas un cuadro anterior a esa fecha, va viejo.

Lo que NO se pide

Casi tan útil como lo anterior, porque circulan mitos:

  • No hay prueba física. El segundo ejercicio es médico, no deportivo. La palabra no aparece en la convocatoria.
  • No hay talla ni estatura mínima.
  • No hay psicotécnico ni entrevista personal.
  • No se exige carné de conducir.
  • No se dice nada sobre tatuajes. No es causa de exclusión.

Cuándo hay que cumplirlos

Todos los requisitos hay que poseerlos el día en que termina el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de carrera. No basta con cumplirlos el día del examen.

Y si lo que preparas es el Cuerpo Especial, la titulación tiene sus propias vueltas:

Para seguir

Los requisitos cambian de una convocatoria a otra: si se publica una nueva, aparecerá en las novedades del BOE, que se revisan cada mañana.

Esta guía forma parte de la oposición de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

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