1. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y calificaciones que se especifican en este apartado.
2. Este proceso incluirá la superación de un periodo de prácticas que comprenderá un curso selectivo. Para la realización de este periodo de prácticas, las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad convocante.
3. Fase de oposición:
La fase de oposición constará de un único ejercicio formado por dos partes obligatorias y de carácter eliminatorio, que se realizarán en la misma fecha de manera sucesiva. Este ejercicio tiene como finalidad comprobar que, las personas aspirantes poseen los conocimientos teórico y prácticos necesarios para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.
Para la realización del ejercicio las personas aspirantes deberán observar las medidas de protección recomendadas por las autoridades sanitarias y observar las medidas que pueda acordar el propio Tribunal en función del ejercicio y las circunstancias en que se lleven a cabo.
Desarrollo del ejercicio
El ejercicio consistirá en dos partes obligatorias y eliminatorias que se realizarán el mismo día de manera sucesiva con una duración total de tres horas para el personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, y de tres horas y cuarenta y cinco minutos para el resto de funcionarios y funcionarias.
Primera parte del ejercicio:
Se considera que el cuestionario de respuestas múltiples es la prueba más adecuada para evaluar los conocimientos teóricos básicos del temario del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, en su conjunto.
a) Personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias: consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas múltiples, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor, pudiendo preverse tres preguntas adicionales de reserva, correspondientes a las partes segunda y tercera del temario, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 100 preguntas anteriores. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las contestaciones en blanco no penalizarán.
Las preguntas versarán sobre la parte segunda y tercera del temario, siendo el tiempo de duración de esta primera parte del ejercicio de una hora y cuarenta minutos.
b) Resto de personal funcionario: consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 150 preguntas con cuatro respuestas múltiples, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor, pudiendo preverse tres preguntas adicionales de reserva, una por cada parte en que esta divido el temario, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las preguntas de la respectiva parte del temario. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las contestaciones en blanco no penalizarán.
Del número total de preguntas, 50 versarán sobre la parte primera del temario, y 100 preguntas versarán sobre la parte segunda y tercera del temario, siendo el tiempo de duración de esta primera parte del ejercicio de dos horas y treinta minutos.
c) La calificación de esta primera parte eliminatoria del ejercicio será de 0 a 50 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 25 puntos para realizar la corrección de la segunda parte del ejercicio.
La calificación de las personas aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria, siempre y cuando no sean restrictivas para las personas aspirantes.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3.14 del Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025, el Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a esta primera parte del ejercicio en el plazo máximo de dos días a contar desde su finalización. En el plazo de dos días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la plantilla, podrán presentarse alegaciones a través de la dirección de correo electrónico SGPIP-SSC@dgip.mir.es, que se entenderán contestadas mediante la publicación de la plantilla correctora definitiva. No se admitirán alegaciones fuera de plazo ni presentadas por cualquier otro medio distinto del indicado.
Las personas aspirantes que superaron la primera parte del ejercicio de la convocatoria anterior, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2023, con nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima (50 puntos) de aquella convocatoria y no superaron el proceso selectivo finalmente, quedan exentas de realizar la primera parte del ejercicio en la presente convocatoria, computándoseles una puntuación equivalente a la obtenida de acuerdo con las presentes bases. Se entiende por nota, la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.
No obstante, si las personas aspirantes optan por realizar la primera parte del ejercicio del que hubieran quedado exentas, quedará sin efecto el resultado obtenido en el mismo en la convocatoria inmediatamente anterior. En cualquiera de los dos casos, para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas.
Segunda parte del ejercicio:
Se considera que la realización de supuestos de carácter práctico es la prueba más adecuada para comprobar que las personas aspirantes poseen los conocimientos prácticos necesarios para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, así como la capacidad de aplicar la normativa y el conocimiento teórico a situaciones reales y concretas. Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal. Dicho supuesto expondrá una serie de hechos relacionados con la actividad de la Administración, planteando a continuación 6 preguntas relacionadas con las materias de la parte segunda y tercera del temario. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de 75 minutos.
Una vez concluida esta segunda parte del ejercicio o llegada la hora de su finalización, cada persona aspirante lo firmará, introduciéndolo en un sobre que será cerrado y firmado por la persona interesada y por una persona miembro del Tribunal Calificador. La corrección de la segunda parte del ejercicio solo se realizará para las personas aspirantes que hayan superado la primera parte del mismo.
La lectura de la segunda parte del ejercicio solo se realizará por las personas aspirantes que hayan superado la primera parte del ejercicio. La lectura se realizará en sesión pública ante el Tribunal, que en este acto podrá realizar al aspirante cuantas preguntas considere necesarias, durante un tiempo máximo de 15 minutos. El Tribunal citará a las personas aspirantes en la sede o sedes que determine, y en el día y hora que se les indique con antelación suficiente, pudiendo hacer uso para la celebración de las sesiones del sistema de videoconferencia.
La calificación de esta segunda parte eliminatoria del ejercicio será de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo.
Las personas aspirantes que superen la primera parte del ejercicio con nota del 50 por ciento o superior de la calificación máxima que puede obtenerse (25 puntos o más) y no superen el proceso selectivo finalmente, quedarán exentas de realizar la primera parte del ejercicio en la convocatoria inmediatamente siguiente, computándoseles una puntuación equivalente a la obtenida, siempre y cuando, tanto el proceso selectivo como esta parte del ejercicio sea análogo en el contenido y en la forma de calificación al actual. Se entiende por nota, la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.
Las personas aspirantes que tengan la condición de personal funcionario de Organismos Internacionales estarán exentas de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Instrucciones para el desarrollo de los ejercicios y su incumplimiento: antes del inicio de cada ejercicio, se publicarán en la web las instrucciones que han de cumplir las personas aspirantes para su desarrollo y ejecución, así como de la prohibición de utilizar medios fraudulentos durante las mismas.
El incumplimiento de las instrucciones sobre desarrollo y ejecución de los ejercicios, o cuando la persona aspirante fuera sorprendida copiando o utilizando engaño, dispositivos electrónicos, otros medios no autorizados o cualesquiera otras maquinaciones fraudulentas, será causa inmediata de expulsión del examen y exclusión del aspirante del proceso selectivo, levantándose acta inmediata de tal incidente por los colaboradores y/o miembros del Tribunal, que será remitida, en su caso, a las autoridades correspondientes para la depuración de las responsabilidades en que hayan podido incurrir dichas personas.
La calificación final de la fase de oposición, para las personas aspirantes que superen las dos partes eliminatorias de las que consta el ejercicio, vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada una de las partes del ejercicio. El número de personas aprobadas en esta fase podrá ser superior al de plazas convocadas.
4. Fase de concurso:
En esta fase sólo se valorarán los méritos a las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán, los servicios prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública, a la fecha de finalización de presentación de instancias, en cuerpos del subgrupo C1 y grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1), así como el grado personal consolidado en la fecha de finalización de presentación de instancias, el trabajo desarrollado, según el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo titular en la fecha de finalización de presentación de instancias, las titulaciones, el ámbito funcional en que preste servicios la persona funcionaria, y la puntuación obtenida en la fase de oposición de la convocatoria anterior, correspondiente a la OEP 2023, hasta un máximo de 75 puntos.
La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:
- A) Servicios prestados y reconocidos como personal funcionario de carrera en el cuerpo o escala del subgrupo C1 o Grupo B. Será valorado con una puntuación de 1,00 punto, por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 25 puntos.
- B) Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 18 puntos:
- Grado 14: 12 puntos.
- Grados 15-16: 13 puntos.
- Grado 17: 14 puntos.
- Grados 18-19-20: 16 puntos.
- Grado 21: 17 puntos.
- Grados 22: 18 puntos.
- C) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo como personal funcionario del subgrupo C1 o grupo B, se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 14 puntos.
- Nivel 14: 9 puntos.
- Niveles 15-16: 10 puntos.
- Nivel 17: 11 puntos.
- Niveles 18-19-20: 12 puntos.
- Nivel 21: 13 puntos.
- Nivel 22: 14 puntos.A las personas funcionarias en comisión de servicios, se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a las personas funcionarias en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo C1 o grupo B.A las personas funcionarias que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares con reserva de puesto de trabajo, se les valorará el nivel del puesto reservado, y a las personas funcionarias en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.
- D) Ámbito funcional: Por estar destinado en puestos de trabajo del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y de la Entidad Pública Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, 10 puntos.
- E) Títulos: Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 6 puntos.
- – Por estar en posesión de la Licenciatura o Grado en Derecho, Psicología, Pedagogía, Sociología, Administración y Dirección de Empresas, Económicas, Ciencias Empresariales, Educación Social o Grado en Criminología: 2 puntos por cada una de ellas, hasta un máximo de 4 puntos.
- – Por estar en posesión del título de Máster en Gestión Estratégica de la Administración Penitenciaria del Programa de Gestión, Intervención y Administración Penitenciaria de la UNED (y también la titulación de Máster Universitario del anterior Programa Modular en Dirección de Instituciones Penitenciarias de la UNED): 2 puntos. En ningún caso se valorará el título de Diploma de Experto Universitario que sirva para la obtención del título del citado Máster.
- – Por estar en posesión del Diploma de Experto Universitario del Programa de Gestión, Intervención y Administración Penitenciaria de la UNED (y también la titulación de Experto Universitario del anterior Programa Modular en Dirección de Instituciones Penitenciarias de la UNED):1 punto por cada uno de ellos, hasta un máximo de 2 puntos.
- F) Por tener superada la fase de oposición en la anterior convocatoria de promoción interna, correspondiente a la OEP 2023, para acceso a este Cuerpo, se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 2 puntos:
- – Por haber obtenido una puntuación entre 50 y 75 puntos: 1 punto.
- – Por haber obtenido una puntuación entre 76 y 100 puntos: 2 puntos.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo III de esta convocatoria y deberá ser cumplimentada por el Jefe/Jefa de la Unidad donde esté prestando servicios la persona funcionaria.
Finalizadas la fase de oposición y concurso, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
- Mayor puntuación obtenida servicios prestados.
- Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
- Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
- Mayor puntuación obtenida en el apartado del grado personal.
Si aplicados estos cuatro criterios continuara el empate, se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base específica 8.1.
5. Curso selectivo:
El curso selectivo se regulará por resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias y tendrá una duración inferior a tres meses. Se podrá impartir en una o en varias sedes y de manera que podrá ser presencial, por videoconferencia o de forma mixta. Las personas funcionarias deberán solicitar un permiso para la realización del mismo y una vez finalizado se incorporarán a los puestos de trabajo del Cuerpo de procedencia, hasta la fecha de su nombramiento como personal funcionario de carrera del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, en el «Boletín Oficial del Estado».
El curso selectivo, será calificado de «Apto/Apta» o «No Apto/No Apta», siendo necesario obtener la calificación de «Apto/Apta» para poder superar todo el proceso selectivo.
Las sesiones formativas programadas serán de carácter obligatorio, y para obtener la calificación de «Apto/Apta» deberá completar al menos el 80 % de las horas lectivas programadas.
En la resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias que regule esta fase, se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación, así como el programa, en el que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género y las materias objeto de evaluación.
No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
La calificación de «No Apto/No Apta» y/o la no incorporación para la realización del curso selectivo en la fecha y hora indicadas, llevarán aparejadas la exclusión del proceso y la pérdida de todos los derechos y expectativas de derechos derivados de la superación del proceso selectivo.
Las personas aspirantes, una vez finalizado y superado el Período de Prácticas, se reincorporarán a sus puestos de origen hasta la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de su nombramiento como personal funcionario de carrera en el nuevo cuerpo.