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INGRESO EN LA FUERZAS ARMADAS

TROPA Y MARINERÍA

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Tropa y Marinería

SISTEMA SELECTIVO

Acceso Directo

Se publica una convocatoria una vez al año, que puede estar compuesta por diferentes ciclos de plazas que podrán publicarse a lo largo del año de la convocatoria.

  • Dentro de las plazas ofertadas dentro de cada ciclo podrás elegir en función de la especialidad, nivel académico, nivel físico, destino y duración la plaza que mejor se adecúe a ti y tus necesidades.
  • La participación en el proceso de selección, se iniciará con la aceptación de la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas (modelo cita previa en apéndice 6).
  • La cita previa se podrá realizar de forma presencial en la Delegación de Defensa de la provincia de residencia del aspirante.
  • También podrá solicitarse en las unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa y de la Guardia Civil.
  • De igual forma, se podrá cursar a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • Asimismo, podrá presentarse ante el resto de los organismos a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
  • Cuando la solicitud de cita previa se presente en lugar distinto a la Delegación de Defensa, el candidato adelantará vía FAX, dentro del plazo de admisión de solicitudes, a los números facilitados en el apéndice 5.
  • Igualmente y siempre que esté disponible, la cita previa se podrá solicitar por vía telefónica en el núm. 902432100 / 913089798 o a través de la página WEB del Ministerio de Defensa http://www.reclutamiento.defensa.gob.es/como-ingresar/tropa-marineria/ingresar/

TITULACIÓN

El sistema de reclutamiento permite tu incorporación en un plazo muy breve de tiempo. Por eso es necesario que acredites los niveles de estudios o de la titulación exigida o sus equivalentes a efectos académicos, en su caso, para acceder a las distintas plazas.

Estos niveles pueden ser:

  • Nivel 3: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, título de Técnico o equivalentes.
  • Nivel 4: Primer Curso de Bachillerato aprobado en su totalidad o equivalentes a efectos académicos.
  • Músicos: Si optas a las plazas de la especialidad fundamental Música, deberás acreditar tener superados dos años de estudios de grado profesional en uno de los instrumentos para los que se ofertan plazas. Estos estudios deben haber sido realizados en un centro oficial u homologado.

REQUISITOS

Para participar en el proceso selectivo de Tropa y Marinería hay que cumplir los requisitos generales establecidos en el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación de las Fuerzas Armadas en su artículo 15.

  • Los más destacados son:
    • Tener la nacionalidad española. Ver excepciones en el apartado de Normativa Extranjeros
    • El día de incorporación al centro docente militar de formación correspondiente: cumplir o haber cumplido antes de esa fecha los 18 años de edad y no haber cumplido con anterioridad a ese día los 29.
    • Medir 155 cm en mujeres y 160 cm en hombres, y no superar 203 cm.
    • Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas, inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de las Fuerzas Armadas.
  • Documentación a presentar el día de las pruebas
    • Original y fotocopia, o fotocopia compulsada, por ambas caras, del documento nacional de identidad en vigor o, en su caso, fotocopia de la documentación que acredite su solicitud por extravío u otra circunstancia, sólo en el caso de que no hayas dado tu consentimiento para realizar la consulta en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad y la autorización telemática para la obtención del Certificado de Penados y rebeldes.
    • Si has realizado el servicio militar, original y fotocopia, o fotocopia compulsada, de la Cartilla Militar, Notificación de Pase a la Reserva del Servicio Militar o certificado del Área de Reclutamiento del que dependas con indicación del empleo alcanzado, de las recompensas obtenidas y del tiempo que has prestado servicio en las Fuerzas Armadas.
    • Si has participado en misiones fuera del territorio nacional durante un período de tiempo igual o superior a dos meses ininterrumpidos, original y fotocopia, o fotocopia compulsada, del certificado de la Unidad especificando la misión o misiones en las que has participado y su duración.
    • Original y fotocopia, o fotocopia compulsada, de los niveles de estudios o de la titulación exigida o sus equivalentes, en su caso, para cada plaza.
    • Original y fotocopia, o fotocopia compulsada, de los documentos acreditativos de los méritos generales, académicos o militares que se poseas antes de iniiar las pruebas, para ser valorados en el concurso, según baremo que puedes consultar en el apéndice correspondiente de la propia convocatoria.
    • Si tienes menos de 18 años, documento de autorización paterno/tutorial para la realización de las pruebas selectivas según modelo que puedes descargarte en esta misma página.

Normativa Extranjeros

  • Requisitos
    • Para acogerte a esta convocatoria debes ser ciudadano de alguno de los siguientes países: Argentina, Bolivia, Costa Rica, Colombia, Chile, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú (*), República Dominicana, Uruguay, Venezuela.
    • Debes tener en vigor la tarjeta de residencia temporal o permanente en España, como mínimo, hasta la fecha prevista para tu incorporación al Centro Docente Militar de Formación correspondiente.
    • Has de ser mayor de edad, según la ley de tu país, en la fecha de incorporación y como máximo 29 años el día de la incorporación.
    • Tienes que medir más de 1,55 m y menos de 2,03 m.
    • Carecer de antecedentes penales en España o en tu país anterior de residencia, por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español
    • Acreditar los niveles de estudios o de la titulación exigida o sus equivalentes a efectos académicos, en su caso, para las distintas plazas. Los títulos, diplomas o estudios tienen que estar homologados a los títulos españoles.
  • Documentación a presentar el día de las pruebas
    • Documento Nacional de Identidad. Original y fotocopia, NIE o pasaporte en vigor (sólo en el caso de que no hayas dado tu consentimiento para realizar la consulta en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad).
    • Certificado de Penados y Rebeldes (sólo en el caso de que no hayas dado tu consentimiento para realizar la certificación, comprobación o verificación de que se carece de antecedentes penales al Registro Central de Penados).
    • Original y fotocopia, o fotocopia compulsada, de la tarjeta de residencia temporal o de larga duración en España o de la tarjeta de familiar de residente comunitario en vigor, como mínimo, hasta la fecha prevista para tu incorporación al centro de formación correspondiente, sólo en el caso de que no hayas dado tu consentimiento para realizar la consulta en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
    • Documento acreditativo en el que figure la autorización expresa de la autoridad u organismo correspondiente para tu incorporación a Fuerzas Armadas extranjeras, en el caso de los nacionales de países cuya legislación interna así lo exija.
    • Original y fotocopia, o fotocopia compulsada, de los niveles de estudios o de la titulación exigida o sus equivalentes, en su caso, para cada plaza.
    • Original y fotocopia, o fotocopia compulsada, de los documentos acreditativos de los méritos generales, académicos o militares que se poseas antes de iniciar las pruebas, para ser valorados en el concurso, según baremo que puedes consultar en el apéndice correspondiente de la propia convocatoria.
    • Si tienes menos de 18 años, documento de autorización paterno/tutorial para la realización de las pruebas selectivas según modelo.
    • oda la documentación será válida para toda la convocatoria y no será necesario presentarla nuevamente si participas en más de un Ciclo de Selección, salvo que desees acreditar un baremo superior al que figura en tu expediente, o haya caducado el pasaporte o la Tarjeta de residencia temporal o de larga duración en España o la Tarjeta de familiar de residente comunitario.
  • Compromiso
    • Hasta 6 años. Una vez cumplidos, si has solicitado la nacionalidad española, tendrás la posibilidad de ampliarlo hasta un máximo de tres años. Cuando adquieras la nacionalidad española podrás firmar el compromiso de larga duración.

(*) Los ciudadanos de la República del Perú deberán aportar documentalmente la autorización expresa de la Autoridad u Organismo correspondiente, para la incorporación del interesado a las Fuerzas Armadas españolas, o el resguardo o acreditación de haberlo solicitado.

PROCESO SELECTIVO

1º Fase

El proceso de selección se realiza en el Centro de Selección correspondiente, según tu provincia de residencia.

  • Concurso
    • Consistirá en la valoración de tus méritos generales, académicos y militares mediante la correspondiente acreditación y de acuerdo con el baremo establecido en la propia convocatoria, lo que te otorgará una nota de concurso.
  • Oposición
    • Se realizará mediante test, preferentemente de aplicación informatizada individual. Las preguntas de test a aplicar ( 15 por factor) medirán los factores aptitudinales, verbal, numérico, espacial, mecánico, perceptivo, memoria y razonamiento abstracto, lo que permitirá, asignar a cada solicitante una puntuación única e idéntica para todas las plazas que solicite.
  • Notificación de la Primera Fase
    • Una vez finalizado el proceso firmareis la solicitud definitiva de plazas y se os comunicará la puntuación final obtenida en cada una de ellas, teniendo en cuenta vuestra nota de concurso y nota de oposición.

2º Fase

Durante esta fase se realizará, el reconocimiento médico y las pruebas de aptitud física, de acuerdo con lo establecido en la base 8.6 y 8.7 de la convocatoria.

Si el número de aspirantes valorados en el concurso y oposición supera el doble de las plazas ofertadas, se publicará según calendario del apéndice 1 de la convocatoria, una selección previa con los candidatos que deban pasar esta segunda fase, según la base 8.5 de la convocatoria. Esta relación se hará pública en las Subdelegaciones de Defensa y en www.reclutamiento.defensa.gob.es. Los seleccionados serán citados por el Área de Reclutamiento de la provincia donde residan, para comunicarles la fecha y el Centro de Selección donde realizar el reconocimiento médico y las pruebas de aptitud física.

  • Reconocimiento Médico
    • Se realizará según el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros de formación aprobado por la Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre, modificada por la Orden PRE/528/2009, de 2 de marzo, e incluye la valoración de la prueba de personalidad.
    • En su caso también será de aplicación la Orden Ministerial 23/2011, normas para la valoración de la aptitud médica del personal de las Fuerzas Armadas con responsabilidad de vuelo.
    • La calificación del reconocimiento médico será de "Apto", o "No Apto".
    • Los que resulten "No Apto", causarán baja en el proceso de selección, siéndole notificada dicha calificación por el Gestor del Área de Reclutamiento donde lo haya realizado.
  • Las pruebas de aptitud física a superar son:
    • Salto de longitud sin carrera

      Salto de Longitud sin Carrera

    • Abdominales

      Abdominales

    • Flexoextensiones de brazos

      Flexoextesiones de Brazos

    • Carreras progresivas 20m ida y vuelta

      Carreras Progresivas

EXCLUSIONES MÉDICAS

  • Parámetros biológicos, enfermedades y causas generales.
    • Parámetros biológicos:
      • Talla: En bipedestación: Inferior a 155cm en mujeres y 160cm en hombres, o superior a 203cm.
      • El índice de masa corporal (IMC): No sobrepasará 30 ni será inferior a 17. Se podrán aceptar IMC superiores a 30 si objetiva y claramente se deben no a un aumento de la grasa corporal, sino a un desarrollo muscular marcado, y no presenta patología ni factores de riesgo sobreañadidos. El IMC se obtiene con la fórmula siguiente: IMC = (peso en kg) / (talla en metros)2.
      • Alteraciones de la tensión arterial: Se valorará sin medicación y si fuera necesario se repetirá en ayunas y tras reposo horizontal de diez minutos. La tensión arterial será eliminatoria a partir de 140 mm Hg de sistólica y 90 de diastólica tras descartar en lo posible el componente emocional o de «bata blanca».
    • Enfermedades y causas generales:
      • Anomalías genéticas, congénitas o adquiridas que en opinión del asesor especialista puedan entorpecer en el momento del examen o, previsiblemente en el futuro, la eficacia en la ejecución de las misiones encomendadas o alterar la salud del examinado
      • Procesos endocrinometabólicos que produzcan alteraciones morfológicas o funcionales de importancia pronóstica o que requieran terapia sustitutiva continua y sean incompatibles con la profesión militar, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.
      • Procesos y enfermedades infecciosas y parasitarias que, por la presencia de trastornos funcionales, sean incompatibles con la profesión militar, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.
      • Procesos inmunoalérgicos, de importancia pronóstica y funcional, que incapaciten para la profesión militar.
      • Procesos reumáticos que originen trastornos funcionales.
      • Tumores malignos y lesiones precancerosas en cualquier localización y estadio, y los tumores benignos que por su tamaño o localización incapaciten para la profesión militar.
      • Intoxicaciones crónicas que determinen trastornos anatómicos o funcionales incompatibles con la profesión militar
      • Utilización de cualquier tipo de medicación o droga que pueda disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente incapaciten para la profesión militar, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.
  • Piel y tejido celular subcutáneo.
    • Dermatosis extensas y generalizadas de la piel o cuero cabelludo de tendencia crónica o recidivante, o aquellas que por su localización incapaciten para la profesión militar, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.
    • Dermopatías contagiosas.
    • Afecciones y cicatrices localizadas que afecten a la motilidad o impidan el uso del equipo reglamentario.
    • Úlceras inveteradas o con tendencia recidivante
  • Neurología y psiquiatría.
    • Neurología:
      • Anomalías congénitas o adquiridas del sistema nervioso central, periférico, de sus cubiertas membranosas y óseas, y del sistema vascular, que produzcan alteraciones motoras o sensitivas, que sean incompatibles con la profesión militar.
      • Enfermedades crónicas sistematizadas, difusas o en focos, y lesiones de cualquier parte del sistema nervioso central y periférico, o de las meninges, que originen trastornos motores o sensitivos
      • Lesiones traumáticas craneoencefálicas, vertebromedulares o de nervios periféricos y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales que incapaciten para la función militar.
      • Epilepsia en todas sus formas. Crisis de actividad comicial (como los llamados equivalentes epilépticos y otras) con hallazgos electroencefalográficos significativos.
      • Movimientos anormales uni o bilaterales, generalizados o no.
      • Síndromes neurológicos que cursen con afectación de las funciones corticales.
      • Enfermedades metabólicas, carenciales, por tóxicos, fármacos y drogas que produzcan alteraciones de los sistemas nerviosos central y periférico.
    • Psiquiatría:
      • Trastornos mentales orgánicos, incluidos los sintomáticos de una afección somática general.
      • Trastornos mentales y del comportamiento debidos al consumo de sustancias psicotropas o drogas, incluido el alcohol, así como la evidencia de abuso de las mismas o su detección analítica en el reconocimiento.
      • Esquizofrenia, trastorno esquizoafectivo, trastornos de ideas delirantes y otros trastornos psicóticos, incluidos los existentes en los antecedentes, así como los asintomáticos.
      • Trastornos del humor (afectivos), incluidos los existentes en los antecedentes, así como los asintomáticos
      • Trastornos de ansiedad, así como los secundarios a situaciones estresantes y somatomorfos incompatibles con la profesión militar o su adaptación a la misma.
      • Trastornos del comportamiento asociados a disfunciones fisiológicas y/o a factores somáticos incompatibles con la profesión militar o su adaptación a la misma.
      • Trastornos de la personalidad y del comportamiento del adulto, así como estructuras anómalas de la misma que sean incompatibles con la profesión militar o su adaptación a la misma.
      • Trastornos del desarrollo intelectual que limiten el funcionamiento conceptual, emocional, práctico o social, incompatibles con la profesión militar o su adaptación a la misma (tomando como referencia un cociente intelectual inferior a 90.
      • Trastornos del desarrollo psicológico, del comportamiento y de las emociones de comienzo habitual en la infancia y adolescencia que continúen en la edad adulta, incompatibles con la profesión militar o su adaptación a la misma.
  • Aparato digestivo.
    • Afecciones congénitas o adquiridas de los órganos de la boca o faringe que trastornen la deglución de modo permanente
    • Cualquier alteración de los maxilares y del aparato dentario en número, con grado o deformidad, que produzca una incorrecta implantación dentaria que pueda constituir un obstáculo en la masticación.
    • Sialorrea y fístulas salivares permanentes.
    • Afecciones del esófago que cursen con disfagia.
    • Afecciones de estómago, intestino y peritoneo con trastornos orgánicos o funcionales excepto la celiaquía.
    • Afecciones del recto y ano que ocasionen retención, incontinencia o cualquier otra alteración que incapacite para la función militar.
    • Afecciones del hígado, vías biliares y páncreas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales que incapaciten para la función militar.
    • Secuelas postquirúrgicas con trastornos funcionales incompatibles con la profesión militar.
    • Alteraciones de la pared abdominal incompatibles con la actividad física. Hernias de cualquier tipo y localización, aun las pequeñas y reducibles.
    • Fístulas perineales, incluida la sacrocoxígea.
    • Trastornos funcionales digestivos incompatibles con el servicio.
  • Aparato respiratorio.
    • Malformaciones y afecciones del aparato respiratorio, mediastino y caja torácica, que determinen alteraciones morfológicas o funcionales incompatibles con la profesión militar, entre ellas: Insuficiencia respiratoria, trastorno ventilatorio o disnea a medianos esfuerzos.
    • Enfermedades del intersticio, parénquima y circulación pulmonar que determinen alteraciones morfológicas o funcionales que incapaciten para la función militar.
    • Enfermedades obstructivas de las vías aéreas. Asma bronquial persistente.
    • Enfermedades infecciosas y parasitarias del aparato respiratorio y sus secuelas. Lesiones residuales tuberculosas que, por su tamaño, número o situación alteren la capacidad respiratoria o hagan presumible su reactivación.
    • Neoformaciones benignas y malignas del aparato respiratorio y sus secuelas. Nódulo pulmonar.
    • Enfermedades del mediastino. Enfermedades de la pleura, neumotórax y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales que incapaciten para la función militar.
    • Anomalías y disfunción diafragmática que determinen alteraciones morfológicas o funcionales que incapaciten para la función militar.
  • Cardiología y cirugía vascular.
    • Cardiología:
      • Alteraciones congénitas o adquiridas del corazón, mediastino, arterias o venas, o secuelas de las mismas, que alteren o puedan alterar en su evolución la normalidad funcional del aparato cardiocirculatorio.
      • Antecedentes de síncope recidivante (2 o más síncopes en el último año) o síncope debido a otras causas.
      • Enfermedades valvulares significativas, incluso las corregidas quirúrgicamente.
      • Síndrome de preexcitación y todos los trastornos del ritmo y la conducción de importancia clínica. Queda excluido de este epígrafe el síndrome de preexcitación tratado mediante procedimiento de ablación y sin recidivas en los seis meses siguientes al procedimiento.
      • Cardiopatía isquémica en cualquiera de sus manifestaciones.
      • Insuficiencia cardiaca de cualquier etiología.
      • Miocardiopatías. Enfermedades del pericardio en fase aguda, recidivantes o que presenten secuelas crónicas.
      • Portadores de marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares.
      • Enfermedades de los grandes vasos y fístulas arteriovenosas incluso tras corrección quirúrgica.
    • Cirugía vascular:
      • Arteriopatías periféricas que puedan producir trastornos funcionales incompatibles con la profesión militar.
      • Secuelas postflebíticas significativas, varices significativas. Linfedemas importantes.
  • Aparato locomotor.
    • Enfermedades, lesiones y anomalías de los huesos, músculos y articulaciones que incapaciten para la profesión militar. Secuelas de intervenciones quirúrgicas sobre huesos o articulaciones que alteren significativamente la biomecánica osteo-articular.
    • Ausencia o pérdida de parte de una extremidad que dificulte el normal uso de ella.
    • Inestabilidades, esguinces o luxaciones recidivantes de las principales articulaciones.
    • Seudoartrosis, anquilosis y rigideces que dificulten la normal biomecánica articular.
    • Infecciones del tejido óseo, articular o muscular y sus secuelas, que determinen alteraciones morfológicas o funcionales de carácter definitivo.
    • Cifosis superior a 45 grados o que siendo menores presenten acuñamientos vertebrales superiores al 25 % de la altura del cuerpo vertebral o alteraciones de los discos –incluida hernia de Schmörl– comprobadas radiológicamente.
    • Espondilolisis, espondilolistesis en cualquier grado, hiperlordosis acusada con sacro horizontal o cualquier otra anomalía de la charnela lumbosacra que pueda ocasionar trastornos funcionales.
    • Escoliosis superiores a 20 grados (medidos mediante el ángulo de Cobb), o que siendo menores presenten acuñamientos o rotaciones u otras alteraciones vertebrales manifiestas o alteraciones de los discos comprobadas mediante técnicas de imagen.
    • Atrofia o distrofia de miembro superior que produzca trastornos funcionales.
    • Pérdida de un dedo de la mano o parte del mismo, excepto la falta de una falange en uno solo de los dedos anular, medio o meñique.
    • Alteraciones anatómicas o funcionales que ocasionen la disminución evidente del poder de prensión de la mano, de la función de pinza u otros defectos funcionales de la misma.
    • Desviaciones de las articulaciones de cadera, rodilla o tobillo con dificultad para la marcha o el ejercicio.
    • Atrofia o distrofia de miembro inferior que produzca trastorno en la deambulación o alteraciones funcionales de muslo, pierna o pie.
    • Acortamiento de miembro inferior que exceda de 1,5 centímetros.
    • Secuelas de patología traumática o postquirúrgica de tobillo con limitación de la movilidad.
    • Alteraciones de la estructura anatomofuncional del pie que originen un pie doloroso, produzcan intolerancia para el uso habitual del calzado reglamentario y ocasionen trastornos funcionales que incapaciten para la marcha prolongada y el ejercicio físico.
    • Pérdida de dos dedos de un pie. Pérdida de un dedo y de su metatarsiano. Se exigirá la integridad del primer dedo.
  • Aparato de la visión.
    • Afecciones del globo ocular, conjuntivas, párpados, vías lagrimales, sistema motor ocular y cavidad orbitaria, que incapacite para la profesión militar.
    • Pérdida o atrofia de un globo ocular. Cuerpos extraños intraoculares. Cualquier tipo de cirugía intraocular.
    • Exoftalmos.
    • Glaucoma o sospecha de glaucoma.
    • Dacriocistitis aguda y crónica
    • Defectos y deformidades palpebrales que afecten la función palpebral implicando la visión o por exposición del globo ocular. Ptosis. Ectropion. Entropion. Blefaroespasmo.
    • Conjuntivitis crónicas. Pterigión de marcado desarrollo.
    • Escleritis y epiescleritis.
    • Queratitis. Herpes corneal. Leucomas corneales centrales y periféricos si producen deslumbramientos o defectos de la agudeza visual asimilables a los aplicables en el apartado H19 del presente cuadro. Estafilomas, distrofias y ectasias corneales congénitas y adquiridas. Queratocono. Transplante corneal y anillos intraestromales corneales.
    • Técnicas de corrección refractiva:
      • Para la Escala de Oficiales (especialidad fundamental de Vuelo) del Cuerpo General del Ejército del Aire: Alteración de la integridad anatómica de cualquiera de los globos oculares. Cualquier medida alejada de los parámetros normales de la morfología de la superficie corneal. No se permite ninguna cirugía refractiva o método óptico tanto extraocular como intraocular que modifique la potencia dióptrica de los ojos.
      • Para el resto de Cuerpos, Escalas y militares profesionales de tropa y marinería se deberá considerar este apartado en función del resultado de la cirugía refractiva corneal, y habiéndose realizado la cirugía al menos 90 días antes del reconocimiento. No se admitirán lentes fáquicas.
    • Uveítis. Iridociclitis.
    • Luxaciones, subluxaciones y ectopias del cristalino. Cataratas y opacidades que afecten a la visión. Afaquia. Pseudoafaquia.
    • Alteraciones vitreorretinianas degenerativas, inflamatorias, tumorales o traumáticas del fondo de ojo que produzcan trastornos funcionales o sean de mal pronóstico. Cualquier cirugía vitreorretiniana.
    • Neuritis óptica. Edema papilar. Atrofia óptica.
    • Diplopía. Nistagmus. Heterotropia superior a tres grados. Motilidad ocular extrínseca anormal. Para la Escala de Oficiales (especialidad fundamental de Vuelo), heterotropía en cualquier grado.
    • Forias: Escala de oficiales del Cuerpo General de la Armada, así como Escala de Oficiales (especialidad fundamental de Vuelo) del Cuerpo General del Ejército del Aire:
      • Endoforia superior a 8 dioptrías prismáticas.
      • Exoforia superior a 5 dioptrías prismáticas.
      • Hiperforia superior a 1 dioptría prismática.
    • Visión cromática.
      • Escala de oficiales del Cuerpo General de la Armada, así como Escala de Oficiales (especialidad fundamental de Vuelo) del Cuerpo General del Ejército del Aire: Se exigirá visión cromática normal.
      • Resto de Cuerpos, Escalas y militares profesionales de tropa y marinería: no se admitirán discromatopsias graves, determinadas mediante las tablas de Ishihara.
    • Defectos en el campo visual debido a enfermedades oculares, del sistema nervioso central o traumas.
    • Agudeza visual lejana: Las exigencias de agudeza visual y máximos defectos permitidos, pudiendo requerir cicloplegia para su evaluación, serán los siguientes:
      • Escala de oficiales (especialidad fundamental de Vuelo) del Cuerpo General del Ejército del Aire:
        • Agudeza visual mínima exigida sin corrección: 1 en ambos ojos. Máximos defectos permitidos en cualquier ojo:
          • Miopía: 0 dioptrías. Hipermetropía: + 2 dioptrías.
          • Astigmatismo: ± 0,75 dioptrías en cualquier meridiano.
      • Escala de oficiales del Cuerpo General de la Armada:
        • Agudeza visual mínima exigida con corrección: 1 en un ojo y 0,8 en el otro.
        • Máximos defectos permitidos en cualquier ojo:
          • Miopía: -2 dioptrías.
          • Hipermetropía: + 3 dioptrías.
          • Astigmatismo: ± 2 dioptrías con independencia del componente esférico.
      • Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra, Escala de suboficiales del Cuerpo General de la Armada, Cuerpo de Infantería de Marina y Cuerpo General (Escala de oficiales, especialidad fundamental de Defensa y Control Aéreo, y Escala de suboficiales) del Ejército del Aire:
        • Agudeza visual mínima exigida con corrección: 1 en un ojo y 0,8 en el otro.
        • Máximos defectos permitidos en cualquier ojo:
          • Miopía: -3 dioptrías.
          • Hipermetropía: + 3 dioptrías.
          • Astigmatismo: ± 2 dioptrías con independencia del componente esférico
      • Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, y Cuerpos de Intendencia e Ingenieros de los Ejércitos y de la Armada, y Militar profesional de tropa y marinería
        • Agudeza visual mínima exigida con o sin corrección: 1 en un ojo y 0,8 en el otro.
        • Máximos defectos permitidos en cualquier ojo:
          • Miopía: -4 dioptrías
          • Hipermetropía: + 4 dioptrías.
          • Astigmatismo: ± 2 dioptrías con independencia del componente esférico.
  • Otorrinolaringología.
    • Afecciones congénitas o adquiridas de la pirámide y fosas nasales, boca, faringe, laringe y oído, que perturben la función respiratoria, fonatoria o auditiva
    • Insuficiencia respiratoria nasal unilateral con datos de medición objetiva superior al 75 por 100, excepto para la Escala de Oficiales (especialidad fundamental de Vuelo) del Cuerpo General del Ejército del Aire para los que será excluyente una insuficiencia nasal unilateral superior al 50 por 100.
    • Rinitis alérgica, simple, atrófica o hipertrófica, que limite la actividad física. Anosmia y parosmia.
    • Perforaciones del tabique nasal, excepto las de origen traumático, mínimas y asintomáticas.
    • Sinusopatías comprobadas con datos objetivos.
    • Disfonías permanentes que dificulten la comunicación verbal.
    • Anomalías de la motilidad laríngea que provoquen trastornos ventilatorios permanentes.
    • Enfermedad recurrente del oído medio, así como las consecutivas a procesos obstructivos tubáricos.
    • Infiltración calcárea del tímpano, cuando se acompaña de rigidez del mismo o pérdida de agudeza auditiva de ese oído superior al 50 por 100.
    • Manifestaciones vertiginosas de cualquier etiología comprobadas con datos objetivos.
    • Afecciones del oído de importancia pronóstica o que perturben la función auditiva por debajo de los mínimos exigidos.
    • Hipoacusias:
      • Escala de oficiales del Cuerpo General de la Armada así como Escala de Oficiales (especialidad fundamental de Vuelo) del Cuerpo General del Ejército del Aire: descalifica una pérdida unilateral superior al 3 por 100 (Norma ISO/ANSI).
      • Resto de los Cuerpos, Escalas y militares profesionales de tropa y marinería: Descalifica una pérdida unilateral superior al 12 por 100 o bilateral superior al 7 por 100 (Norma ISO/ANSI).
    • Alteraciones anatómicas y fisiológicas que supongan un Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño (SAOS o SAHS) de grado moderado o severo.
  • Aparato urogenital.
    • Urología:
      • Afecciones o modificaciones congénitas o adquiridas que puedan alterar el normal ejercicio de la profesión militar.
      • Nefropatías y cistopatías que determinen alteraciones morfológicas o funcionales que incapaciten para la función militar.
      • Ausencia anatómica o funcional de un riñón.
      • Litiasis
      • Fístulas urinarias. Incontinencia o retención de orina.
      • Alteraciones analíticas de la orina, aunque no correspondan a una entidad patológica objetivable.
      • Epispadias. Hipospadias perineal, escrotal o peneano.
      • Orquitis y orquiepididimitis que determinen alteraciones morfológicas o funcionales que incapaciten para la función militar.
      • Hidrocele y varicocele esencial significativo.
      • Disgenesias, hipogenesias y agenesias gonadales y genitales.
    • Ginecología:
      • Afecciones o modificaciones congénitas o adquiridas del aparato genital femenino y mama que puedan alterar el normal ejercicio de la profesión militar.
      • Disgenesias, hipogenesias y agenesias gonadales y genitales.
      • Prolapsos genitales.
      • Infecciones genitales que determinen alteraciones morfológicas o funcionales que incapaciten para la función militar.
      • Endometriosis incapacitante.
      • Hipertrofia gigante de mama y otra patología mamaria incompatible con el servicio.
      • Varicosidades genitales significativas.
      • Fístulas rectovaginales y vesicovaginales.
  • Sangre y órganos hematopoyéticos.
    • Afecciones hematológicas que incapaciten para la profesión militar.
    • Anemias y leucopenias. Trombocitopenias.
    • Síndromes mieloproliferativos y mielodisplásicos.
    • Hemoblastosis. Leucosis
    • Linfomas. Mielomas.
    • Trastornos de la hemostasia y coagulación.
    • Hemoglobinopatías con repercusión funcional o importancia pronóstica.
    • Inmunodeficiencias incompatibles con la profesión militar, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente
    • Alteraciones analíticas significativas de la sangre aunque no respondan a una entidad nosológica objetivable.

RESUMEN DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Aquí te explicamos como se lleva a cabo todo el proceso de selección, desde cómo hacer tu solicitud de cita previa hasta el momento de incorporación al Centro Docente Militar de Formación correspondiente.

Publicación de la convocatoria

Debes esperar a la publicación de la convocatoria del proceso selectivo en el Boletín Oficial del Estado. La convocatoria puede constar de uno o varios ciclos de selección para ese año. En el caso de haber más de un ciclo, se marcará en que fechas se publicarán las siguientes plazas.

Solicita tu cita previa

Debes esperar a la publicación de la convocatoria del proceso selectivo en el Boletín Oficial del Estado. La convocatoria puede constar de uno o varios ciclos de selección para ese año. En el caso de haber más de un ciclo, se marcará en que fechas se publicarán las siguientes plazas.

Primera fase

En el Centro de Selección (CESEL) elegido realizarás la primera fase del proceso selectivo, que constará de:

  • Control de identidad.
  • Verificación de la cita previa asignada.
  • Entrega de la documentación que debes presentar.
  • Elección de las plazas a las que se quiera optar. En este momento, podrás elegir hasta un total de 15 plazas de entre las que se hayan ofertado para los Ejércitos y la Armada.
  • El personal del CESEL, procederá a realizar delante tuya, la grabación de los méritos aportados para obtener la puntuación de la nota de concurso.
  • Prueba de aptitud, en un ordenador, de donde saldrá la nota de oposición.
  • Entrevista personal en la que se te comunicará la puntuación final obtenida.
  • Después de todos estos pasos, te harán entrega de la Notificación Oficial de la puntuación final obtenida para cada plaza solicitada.

Ordenación y limitación de Aspirantes

En el Centro de Selección (CESEL) elegido realizarás la primera fase del proceso selectivo, que constará de:

  • Una vez que todos los Aspirantes hayan finalizado la fase anterior, la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar (DIGEREM), realizará la ordenación de todos los participantes por puntuación final obtenida y la limitación de Aspirantes para la segunda fase.

Segunda fase

Cuando se hace pública la limitación de aspirantes, en las Subdelegaciones de Defensa de cada provincia y en www.reclutamiento.defensa.gob.es da comienzo la segunda fase:

  • Se te asignará una nueva cita en el CESEL para la realización de esta nueva fase.
  • Control de identidad.
  • Prueba de personalidad en un ordenador.
  • Valoración de la prueba de personalidad por el personal de psicología del CESEL.
  • Reconocimiento médico para determinar la aptitud médica de acuerdo al cuadro de exclusiones que esté vigente en ese momento.
  • Pruebas de aptitud física:
    • Salto de longitud sin carrera.
    • Salto de longitud sin carrera.
    • Flexo-extensiones de brazos.
    • Prueba de resistencia cardio-respiratoria (carrera de ida y vuelta).
  • Tras la superación de las pruebas de esta fase, con la clasificación de apto en cada una de ellas, te harán entrega de la Notificación oficial con el resultado de las pruebas para cada una de las plazas solicitadas.

Asignación definitiva de plazas

Cuando todos los Aspirantes finalizan esta segunda fase, la Comisión Permanente de Selección, realizará la asignación definitiva de plazas en función de la nota y de la clasificación obtenidas por cada uno para cada una de las plazas. Esta nueva lista, será difundida de la misma manera que ya hemos comentado anteriormente en el punto 5.

Designación como Alumno

Si has obtenido plaza, entonces, ¡enhorabuena! Ahora sólo resta esperar la designación como Alumno del Centro de Formación que te corresponda por la plaza asignada. Deberás incorporarte al Centro de Formación, en la fecha y horas marcadas en la designación, para cursar el plan de estudios correspondiente.

Si no has obtenido plaza

Si no has obtenido plaza, ¡espera! Unos días después de la publicación de la asignación de plazas, se hará pública una nueva lista de igual manera que las anteriores. Es la relación complementaria de Aspirantes que habiendo sido declarados APTOS, no han obtenido plaza. Esta nueva lista, ordenada por plazas, contiene el orden en que seréis llamados para cubrir los huecos que se produzcan para la reposición de renuncias, de las no presentaciones en el correspondiente Centro de Formación y de las bajas que se pudieran producir en el mismo durante el periodo de orientación y adaptación a la vida militar. Si a lo largo de todo el proceso de selección te surge algún problema, deberás ponerte en contacto con la Subdelegación de Defensa que te corresponda. No obstante, si te pones en contacto con nosotros en los números de teléfono 902 43 21 00 o 91 308 97 98 estaremos encantados de atenderte de una manera totalmente personalizada y resolver tus dudas. Todas las novedades que se vayan produciendo a lo largo del proceso de selección, serán difundidas inmediatamente a través de las redes sociales, en https://www.facebook.com/reclutamientoES/ y de https://twitter.com/reclutamientoES, además de en https://reclutamientoes.wordpress.com/category/novedades/ por lo que te recomendamos que sigas en ellas, en el caso de que no lo hayas hecho aún.